25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán
Tucumán: tras un recurso de la Fiscalía, la Cámara suspendió el desalojo de una familia con un hijo menor de edad
Así lo dispuso la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, para evitar que la mujer y sus tres hijos sean desalojados de la vivienda adquirida por el Banco Nación a raíz de una ejecución hipotecaria.

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán resolvió suspender el trámite de la ejecución hipotecaria interpuesto por el Banco de la Nación Argentina contra Marta Isabel Soria e hizo lugar a la medida cautelar presentada por Alejandra Beatriz Tévez para dejar sin efecto la providencia en la que se la intimaba a desalojar el inmueble donde vivía con sus hijos, uno de los cuales es menor de edad. La resolución adoptada coincide con los lineamientos sobre protección de la minoridad postulados por el fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Gustavo Antonio Gómez.

El 29 de junio de 2015, la justicia santiagueña rechazó la medida cautelar interpuesta por la Sra. Tevez, contra la sentencia que ordenaba el desalojo del inmueble. El 30 de octubre de 2014, la defensa de Tevez interpuso acción de amparo contra el Banco de la Nación Argentina, para que suspenda el desalojo de la propiedad.

La resolución adoptada coincide con los lineamientos sobre protección de la minoridad postulados por el fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Gustavo Antonio Gómez.

En la presentación, la actora sostenía que antes de convertirse en adquirente de la propiedad, el Banco sabía que el inmueble ejecutado se encontraba, desde hacía 18 años, en posesión de la mujer y su familia, compuesta por tres hijos de 20, 17 y 11 años de edad. Asimismo, requería que se hiciera lugar a la medida de no innovar atento a la falta de recursos económicos para procurarse otra propiedad donde trasladarse.

Al resolver la cuestión, y en observancia a los distintos instrumentos internacionales incorporados a nuestra Constitución Nacional, los integrantes de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán sostuvieron que “aún cuando la propiedad fue adquirida mediante pública subasta por el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Santiago del Estero, ejecutante por incumplimiento del mutuo hipotecario en la causa ‘BNA c/ Marta Isabel Soria s/ ejecución hipotecaria’ (…) con lo cual no se puede calificar prima facie de arbitrario el desalojo, lo cierto es que se deja en total desamparo –por carencia de vivienda a la cual trasladarse- a una familia con un menor de edad, lo cual no pude ser ignorado a la luz de las disposiciones antes citadas”.

En tal sentido, el Tribunal de Alzada revocó el punto II de la resolución de fecha 29 de junio de 2015, hizo lugar a la medida cautelar interpuesta por Tevez y ordenó dejar sin efecto la orden de desalojo por el plazo de tres meses.