29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el 56% de los casos se otorgó la prisión durante el período de ejecución mientras que el resto fue durante la instancia de juicio
UFEP: el 2% de los detenidos en la zona metropolitana está bajo arresto domiciliario
La Unidad Fiscal de Ejecución Penal elaboró un informe en el que detalla la situación de las personas condenadas bajo la competencia de los fueros de Ejecución Penal y en lo Penal Económico. Según el relevamiento, hasta el 20 de septiembre de este año, de las 3007 personas detenidas bajo la supervisión de UFEP, sólo el 2% está en arresto domiciliario. De ese porcentaje, un 57% tiene pulsera electrónica.

La ley 24660 de ejecución de la pena privativa de la libertad prevé la prisión domiciliaria entre las “Alternativas para situaciones especiales” dentro de las “Modalidades Básicas de la Ejecución” de las condenas. Un juez puede disponer la detención domiciliaria si la persona está enferma y su permanencia en la cárcel le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia o si tiene una enfermedad incurable en período terminal.

También, si el detenido es discapacitado y la privación de la libertad dentro de la cárcel “es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel”. Si la persona es mayor de 70 años, es una mujer embarazada o es madre de un niño menor a cinco años podría acceder a la prisión domiciliaria. Con respecto a la edad, la UFEP considera que no configura “una concesión automática”.

Para realizar el informe, la Unidad generó su propia base de datos con las notificaciones recibidas, la vista de los legajos de los Juzgados Nacionales de Ejecución y la información requerida a los tribunales en lo Penal Económico. Cabe resaltar que no existía una base de datos única que permitiera extraer la información relacionada con las prisiones domiciliarias

Los datos

Según el informe de UFEP, en el 56% de los casos se otorgó la prisión durante el período de ejecución mientras que el resto fue durante la instancia de juicio. Se aclara, no obstante, que la detención domiciliaria representa para la justicia de ejecución sólo un 1% mientras que para Penal Económico representa un 5% de sus detenidos.

Con respecto a los motivos por los cuales se les concedió la detención, en el 40% fue porque eran madres de niños menores a cinco años o porque tenían un familiar discapacitado a su cargo. En el 30% se trató de personas enfermas que no podían permanecer detenidas dentro de la cárcel y sólo en un 2% de los casos se trató de enfermos incurables. Un 17% representa a mayores de 70 años y un 11% a detenidos con discapacidad.

El informe detalla el tipo de delito que cometieron las personas bajo prisión domiciliaria: el 48% fue condenado por un delito contra la propiedad. Un 25% cometió una infracción a la ley de estupefacientes mientras que un 13% atentó contra la vida de otra persona. Los delitos contra la integridad sexual y la seguridad pública representan un 7% de los casos cada uno.

En relación al monto de las penas, el 51% de las personas tiene condenas menores a cinco años. El 39% de los detenidos bajo prisión domiciliaria debe cumplir una pena que va de los cinco años y un mes a los 15 años. Las penas mayores a 15 años representan el 3% mientras que en un 7% se trata de condenas a prisión perpetua.

Un 55% de las personas bajo esta modalidad de detención son mujeres. Esto representa un 13% de las mujeres que están condenadas y cumplen sentencia en el ámbito metropolitano. En un 40% de los casos, se les otorgó la prisión domiciliaria por ser madres con hijos menores de cinco años. Los hombres bajo prisión domiciliaria son sólo el 1% de los 3007 detenidos hasta septiembre del 2016. El 26% está en su casa por enfermedad, el 15% por superar los 70 años y el 11% por tener alguna discapacidad.

Los extranjeros representan un 23% de las prisiones domiciliarias. Según la UFEP, Ello puede explicarse con sólo tener en cuenta que esta UFEP posee competencia respecto de los condenados a disposición de los Tribunales en lo Penal Económico, cuyo delito principal lo constituye el contrabando de estupefacientes.

Al 57% de los detenidos se les hace un seguimiento con pulsera electrónica. El informe indica que mediante una resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se creó el “Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica”. Entre sus objetivos se encuentra realizar acciones que contribuyan a mitigar el “impacto negativo de la privación de la libertad” y promuevan una “mayor integración de la persona con su núcleo familiar y la comunidad”. Para ello, deben articular con la autoridad judicial la implementación y desenvolvimiento del mecanismo.

En el 56% de los casos, las personas que estaban bajo prisión domiciliaria entraron en algunos de los regímenes liberatorios que prevé la ley de ejecución. El UFEP afirma, entonces, que la prisión domiciliaria ”puede ser pensada como una herramienta apta en pos de lograr un proceso de inserción social efectivo”.

Sólo en el 11% se quebrantó la domiciliaria otorgada. Para la Unidad, si bien no es un cifra que pueda ser pasada por alto, destacó que sólo 2 de las 6 personas que se fueron eran monitoreadas con pulsera electrónica.