25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El hecho sucedió en noviembre del año pasado
Flores: condenaron a prisión perpetua a un hombre por femicidio
Fue decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Nº1, en línea con lo solicitado por la fiscal Mónica Cuñarro. La defensa del acusado había planteado en su alegato que el homicidio podía haberse dado “bajo emoción violenta”.

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 condenó a un hombre a prisión perpetua por matar a su mujer dentro de su departamento en el barrio de Flores, tal como había solicitado la fiscal Mónica Cuñarro. Los jueces Alberto Huarte Petite, Martín Vázquez Acuña y Sergio Paduczak, en línea con la fiscalía, consideraron que el crimen se dio en un marco de violencia de género. Los fundamentos del fallo se conocerán el próximo 7 de noviembre.

El 15 de noviembre de 2015 cerca de las nueve de la mañana, Francisco Cardozo asesinó a su pareja Celia Rivas con un cuchillo de cocina. La agresión fue dentro del departamento donde ambos convivían juntos a sus hijos de 14 y 8 años, sobre la calle Pedernera 65, en Flores. Según el requerimiento de elevación a juicio realizado por la fiscal Estela Andrades, el hombre después se autoagredió en el cuello y se desmayó.

Cardozo fue condenado por el delito de “homicidio doblemente agravado por tratarse la víctima de una persona con la que el acusado mantenía una relación de pareja y por haber mediado violencia de género”. En la resolución, el juez Paduczak había considerado que correspondía privarlo de la patria potestad de sus hijos pero el resto del Tribunal no coincidió.

Alegato de la fiscalía

Cuñarro repasó al inicio de su exposición la imputación contra Cardozo. Recordó que el más chico de los hijos de la pareja observó el ataque y que fue él quién alertó a su hermano. El adolescente salió del departamento para buscar ayuda y se encontró con un barrendero, que llamó a la policía. Antes, el niño había intentado llamar al 911. Minutos después, los médicos constataron la muerte de la víctima en el lugar mientras que el imputado fue trasladado al Hospital Parmenio Piñero.

Con un plano del lugar, fotos de la víctima y un esquema de las heridas que recibió, la fiscal detalló cómo fue el ataque. De las cinco heridas, dos le perforaron la pleura, hicieron que colapse su pulmón derecho y le seccionaron la carótida. Esto le produjo una gran hemorragia interna y externa. Cuñarro citó el testimonio del médico que realizó la autopsia, quién aseguró que Celia murió en menos de cinco minutos. La víctima tenía también una lesión en la mano, que fue catalogada como “defensiva”, ya que se habría producido cuando la mujer intentó agarrar el cuchillo y detener la agresión.

La sexta herida fue encontrada en la boca de la víctima y está relacionada con la presión que hizo el acusado para que no gritara. Por el estudio de la ropa de la mujer y las lesiones, la fiscal explicó que al momento del ataque ambos se encontraban de pie y que probablemente Cardozo la tenía tomada del cuello por detrás.

Cuñarro repasó la declaración de la hermana de la víctima, quién contó los maltratos que sufrían Celia y sus hijos. Los chicos declararon en Cámara Gesell durante la instrucción de la causa. El mayor contó los golpes que recibían todos y una frase que le dijo su hermano más chico esa mañana de domingo: “el hijo de puta mató a mamá”. Según el licenciado del Cuerpo Médico Forense que estuvo a cargo de las entrevistas, ambos testimonios son verosímiles.

“Nunca pasó una nochebuena ni fin de año con su familia porque Cardozo se lo impedía”, afirmó la fiscal. “El acusado era celoso; controlador; la espiaba; le revisaba la cartera y el teléfono”, enumeró y luego agregó: “cuando ella se anotó en el gimnasio, él también lo hizo, sólo para controlarla”.

Al momento de sostener la acusación por femicidio, Cuñarro hizo hincapié en la existencia de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Belém do Pará”.

También destacó la ley 26.485, sancionada en 2009 en nuestro país, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. En base a ello, citó a varios diputados y senadores que hablaron durante el debate parlamentario de la ley y sostuvieron lo difícil que resultaba que los tribunales entendieran el femicidio como un delito autónomo.

Cuñarro mencionó la baja tasa de condenas por femicidio que hay en la Ciudad de Buenos Aires: sólo dos. “Hay que dejar de hablar de homicidios de mujeres: son femicidios, las matan por ser mujeres y nombrarlo de esa manera no sólo importa sino que construye”, recalcó.

“No cabe duda que la conducta de Cardozo es un femicidio y que la muerte de su esposa fue ejecutada por el género”, afirmó la fiscal. “La vida de su pareja nunca valió nada, siempre estuvo condicionada a sus pretensiones: cuando él quería la humillaba, la consideraba parte de su patrimonio”, recalcó. Para cerrar su alegato, consideró que la pena de prisión perpetua se ajustaba a las circunstancias del caso y a la gravedad de lo que hizo. “La protección social debe ser enérgica para que no haya ni una menos”, concluyó.

 Cuñarro mencionó la baja tasa de condenas por femicidio que hay en la Ciudad de Buenos Aires: sólo dos. “Hay que dejar de hablar de homicidios de mujeres: son femicidios, las matan por ser mujeres y nombrarlo de esa manera no sólo importa sino que construye”, recalcó.

Por su parte, la defensa pidió la absolución por duda. Luego, cuestionó las palabras de los niños y afirmó que no hubo violencia de género en la relación. Es por eso que le había solicitado a los jueces que, en caso de que condenen a Cardozo, tengan en cuenta que el hecho pudo haber sido cometido “bajo emoción violenta”. Según el informe mental que se le realizó, comprende sus actos y tiene “autonomía psíquica”. El abogado también pidió que apliquen las circunstancias extraordinarias de atenuación que prevé el Código Penal.