10 de octubre de 2024
10 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Su ex mujer lo denunció por agresión física y abuso sexual
Evitan el sobreseimiento de un imputado acusado de violencia de género
A partir de una intervención conjunta, la Fiscalía n° 3 ante la Cámara Criminal y Correccional y el Programa de Políticas de Género, lograron revertir el fallo que dictó el sobreseimiento de un imputado acusado de golpear, agredir y abusar a su ex pareja. Ahora la justicia lo llamará a indagatoria.

El pasado 14 de junio, Sandro Abraldes, fiscal a cargo de la Fiscalía n° 3 ante la Cámara Criminal y Correccional, convocó al Programa del Ministerio Público Fiscal sobre Políticas de Género para intervenir en una audiencia ante la Sala VI, por un caso de violencia contra la mujer en el ámbito doméstico, en el que se había sobreseído al imputado.

Se trata de un caso en el cual una mujer de 26 años, oriunda del Barrio Los Piletones, de Villa Soldati, denunció a su ex pareja por reiterados casos de abuso sexual y por haberla agredido física y verbalmente.

Respecto de las agresiones físicas, la víctima solo realizó acciones por las lesiones, dejando de lado los hechos de abuso.

En cuanto a las agresiones verbales, fueron identificados dos hechos por lo que el imputado debió presentarse a declarar.

Sin embargo, la víctima manifestó que no quería continuar con la causa penal y la jueza de instrucción decidió sobreseer al imputado, a pesar de los dichos de la mujer, el informe médico y el informe interdisciplinario de riesgo,

Esta resolución fue apelada por el MPF, argumentando la existencia de pruebas suficientes contra el acusado. Además, propusieron la citación de dos personas para que acrediten los hechos denunciados por la víctima.

Por otra parte, en relación a los dichos de la víctima sobre no continuar con la causa penal iniciada, el MPF señaló que si bien era relevante tomar en consideración los deseos de la víctima, desde un abordaje con perspectiva de género, se debe tomar en cuenta el contexto de las declaraciones.

En ese sentido, desde el Programa se hizo referencia a las características propias de la violencia cíclica a la que se encontraba sometida la víctima y se señaló que la voluntad que ella manifestó, debía ser comprendida dentro del marco de la tercera fase del ciclo de la violencia.

El MPF detalló que dicha argumentación se basa en las obligaciones que tiene el Estado Argentino de prevenir, sancionar e investigar la violencia contra la mujer y la relevancia que tiene llevar a juicio estos asuntos.

Finalmente, la Sala VI decidió revocar el sobreseimiento y ordenó la citación del imputado a prestar declaración indagatoria.