12 de julio de 2025
12 de julio de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Una investigación de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°7
Piden juicio oral para un chofer de aplicaciones acusado de abusar sexualmente de dos mujeres
Así lo reclamó el fiscal Leonel Gómez Barbella, quien valoró el testimonio de las dos denunciantes, una de ellas una mujer trans. Los ataques sucedieron entre diciembre de 2024 y marzo de este año en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En uno empleó un paño con solventes para marear a la damnificada. Las cámaras de seguridad, un control vehicular y el Tik Tok del imputado, fueron clave para identificarlo.

El fiscal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 7, Leonel Gómez Barbella, solicitó que un chofer de aplicaciones vaya a juicio oral acusado de haber abusado a dos mujeres entre diciembre de 2024 y marzo de 2025 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Según el requerimiento realizado por la fiscalía, Dayorlin Airam Brahwaitte Fuenmayor (43), de nacionalidad venezolana, es responsable de dos hechos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal y por resultar un grave daño en la salud física o mental de las víctimas, uno de ellos también agravado por tener conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave y haber existido contagio. Además, se le endilgó el suministro a título gratuito y ocasional de estupefacientes, agravado por haberse cometido subrepticiamente o con engaño y para facilitar o ejecutar otro delito.

De acuerdo a la investigación, que estuvo delegada en la fiscalía, el 28 de diciembre de 2024, cerca de las 23, una joven trans caminaba por la calle Urquiza, en el barrio de San Cristóbal, cuando Brahwaitte Fuenmayor, a bordo de un auto Fiat Siena, le preguntó si ofrecía servicios sexuales.

La joven respondió que no y continuó caminando hasta que, al llegar a la avenida San Juan, el imputado bajó del vehículo, le colocó un paño en su nariz que le produjo mareos y la obligó a ingresar al asiento trasero del auto mediante golpes para luego abusar sexualmente de ella. Tras una llamada de un vecino al 911 y la llegada de la policía, la víctima se arrojó del vehículo mientras el hombre huyó del lugar.

El segundo de los sucesos ocurrió el 21 de marzo de 2025. Brahwaitte Fuenmayor se presentó en una confitería del barrio de Monserrat, a la que ya había acudido antes con el objetivo de acercarse a una de las empleadas.

Alrededor de las 6 de la mañana, la joven terminó su turno laboral y el imputado se ofreció a llevarla a su casa pero ella le comunicó que se tomaría el colectivo. Cuando se encontraba en la parada de la calle Solís al 500, Brahwaitte Fuenmayor comenzó a llamarla y se acercó con su auto insistiéndole. Ante esto, la joven se subió al vehículo, un Chevrolet Prisma, del lado del acompañante y comenzaron el viaje hasta el domicilio, ubicado en el barrio de Barracas.

La fiscalía consideró que Brahwaitte Fuenmayor fue el autor de las agresiones sexuales, ya que “llevó adelante las acciones típicas, es decir, abusar sexualmente mediando acceso carnal de dos víctimas diferentes -a una de las cuales le aplicó material estupefaciente subrepticiamente para cometer el delito- y de una de ellas a sabiendas de transmitirle una enfermedad sexual”.

Según la acusación, cuando circulaban por la calle Tacuarí, el hombre frenó detrás de un container, apagó las luces, trabó las puertas y se abalanzó sobre la mujer, que intentó apartarlo hasta que finalmente el imputado le dijo que se siente en la parte de atrás para seguir con el viaje.

En ese momento, Brahwaitte Fuenmayor aprovechó para ponerse encima suyo, forzarla y abusar sexualmente de ella. La joven acudió días después al hospital tras una serie de síntomas que surgieron luego del ataque. Allí le confirmaron que había contraído una enfermedad de transmisión sexual.

La investigación para identificar al agresor

En el primero de los casos, la pesquisa se inició cuando un vecino escuchó gritos que provenían de la calle. Al asomarse, observó un auto estacionado que se movía mucho, como si estuvieran “intentando subir a alguien por la fuerza”, por lo que llamó al 911.

Al llegar los policías, intentaron identificar al conductor del vehículo, que rápidamente escapó del lugar. El vecino aportó una serie de videos donde se observa parte de la secuencia y un paño junto a un envase que habría utilizado el agresor para someter a la víctima.

De acuerdo con el peritaje realizado en la causa por el Área de Toxicología y Química Legal de la Policía de la Ciudad, se pudo establecer que el envase contenía “tolueno, butoxietanol, dimetilbutano, tert-butilmetilester, octano, oxileno, p-xileno, nonano, acetona, cumeno, mesitileno”, sustancias que pueden estar presentes en combustibles o disolventes. Los especialistas explicaron que son de venta libre y que el nivel de toxicidad para el humano depende de variables como el tiempo de inhalación, la cantidad, el peso de la persona y la edad.

A pedido de la fiscalía, la División Investigaciones Comunales 3 de la Policía de la Ciudad analizó las filmaciones captadas por el Centro Monitoreo Urbano y la División Anillo Digital, que identificó la patente del imputado. Si bien el auto se encuentra a nombre de otra persona, se pudo establecer que 16 días antes del hecho, el hombre fue demorado en un control vehicular y se identificó como el conductor del rodado.

Además, en la madrugada del 19 de enero de 2025, Brahwaitte Fuenmayor fue demorado por tener la póliza de seguro vencida y un dígito de la patente parcialmente obstruido, por lo que se le retuvo el auto. El imputado fue quien lo retiró de la seccional policial luego de regularizar la situación.

Dentro de la investigación, llevada adelante por el MPF se pudo ubicar su cuenta en la red social Tik Tok, donde encontraron fotos y videos utilizando el Fiat Siena. Además, se valoró el testimonio de la damnificada, que relató cómo había sido la agresión y brindó una serie de características físicas del hombre, que coincidieron con el perfil del acusado.

A pedido de la fiscalía, la División Investigaciones Comunales 3 de la Policía de la Ciudad analizó las filmaciones captadas por el Centro Monitoreo Urbano y la División Anillo Digital, que identificó la patente del imputado.

En el requerimiento, se mencionó el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) “Violencia contra personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex en América”. “Las personas lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersex pueden ser particularmente vulnerables a la violencia sexual. Una de las razones de esta vulnerabilidad se genera por el hecho de que las orientaciones sexuales e identidades de género diversas desafían las nociones tradicionalmente aceptadas del sexo, la sexualidad y el género. En consecuencia, la violencia sexual puede adquirir un significado particular al ser perpetrada contra personas LGBT, debido a que puede ser utilizada para sancionar y degradar a las víctimas por ser quienes son”, sostiene el trabajo.

“La CIDH también ha recibido información sobre violaciones y actos de violencia sexual cometidos contra personas intersex, ya que en el ‘imaginario social’ la violencia sexual busca ‘curar’ los cuerpos de personas intersex”, citó la fiscalía.

El segundo abuso

Con respecto a lo sucedido con la segunda de las víctimas, el MPF valoró su testimonio y consideró que había brindado un relato firme de todo lo sucedido. A ello le sumaron el testimonio de la pareja de la mujer y del encargado del comercio donde trabajaba, quienes relataron cómo se enteraron de los hechos.

La fiscalía destacó que el imputado no negó este hecho sino que sugirió que se había tratado de un encuentro sexual consentido. “Sin embargo, en ningún tramo de las constancias probatorias reunidas en el legajo se vislumbra un vestigio de aprobación”, remarcó el fiscal Gómez Barbella. “A las claras se exhibe que nunca existió un aval expreso en mantener relaciones sexuales, sino que, insistentemente fue clara en su firme negativa, sintiendo temor por gritar para pedir ayuda ya que supuso que sería peor debido a eventuales represalias del imputado”, agregó.

El MPF recordó varios fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre las agresiones sexuales. “A la Corte le resulta evidente que la violación sexual es un tipo particular de agresión que, en general, se caracteriza por producirse en ausencia de otras personas más allá de la víctima y el agresor o los agresores. Dada la naturaleza de esta forma de violencia, no se puede esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales y, por ello, la declaración de la víctima constituye una prueba fundamental sobre el hecho”, citó.

En base a la investigación realizada y las pruebas recolectadas, la fiscalía consideró que Brahwaitte Fuenmayor fue el autor de las agresiones sexuales, ya que “llevó adelante las acciones típicas, es decir, abusar sexualmente mediando acceso carnal de dos víctimas diferentes -a una de las cuales le aplicó material estupefaciente subrepticiamente para cometer el delito- y de una de ellas a sabiendas de transmitirle una enfermedad sexual”.