25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El veredicto se conocerá el próximo 5 de julio
Pidieron prisión perpetua para un hombre acusado por el femicidio de su esposa
“El imputado es un hombre que pretendía a cualquier costo imponer su voluntad, dominar a la víctima y convertirla en un objeto de su propiedad”, sostuvo la fiscalía durante su alegato. El femicidio ocurrió en noviembre de 2019 en el barrio porteño de Vélez Sarsfield.

La Fiscalía N° 15 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional solicitó hoy que se condene a prisión perpetua a Parminder Basra por el femicidio de su esposa, ocurrido en noviembre de 2019. Además, lo acusó de cometer dos episodios de amenazas contra su pareja y una situación de abuso sexual contra su cuñada. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº24 estableció que el veredicto se dará a conocer el próximo 1º de julio.

En su exposición, la fiscalía -a cargo de Ana Helena Díaz Cano y con la intervención del auxiliar fiscal Leandro D’Ascenzo- sostuvo que Basra debe ser condenado por los delitos de “abuso sexual simple, amenazas coactivas reiteradas en dos ocasiones y homicidio agravado por el vínculo y por su comisión contra una mujer por parte de un hombre y mediando violencia de género”.

Además de solicitar la prisión perpetua, la fiscalía pidió que, cuando el fallo quede firme, se lleve adelante la extracción del perfil genético del hombre para ser remitido al Banco de Datos Genéticos, de acuerdo a la ley 26.879 que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual. Además, requirió que se envié un oficio a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para que los tres hijos de María Lorenza Salinas puedan acceder a la reparación económica prevista en la “ley Brisa”.

“Prevenir, investigar y sancionar actos de violencia contra las mujeres es una obligación del Estado que debe dar respuesta frente a este tipo de casos”, marcó la fiscalía al comienzo de su alegato y recordó que, de acuerdo al registro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, durante 2020 hubo 251 víctimas directas de femicidio. Sostuvo entonces que esa parte de la violencia contra las mujeres es la que se ve con mayor claridad pero que existen también otras violencias más silenciosas pero igual de nocivas.

Mencionó entonces los actos de injusticia que se pueden cometer en los procesos penales y citó a la filósofa inglesa Miranda Fricker al mencionar el concepto de “injusticia testimonial”, que se refiere al menoscabo de la credibilidad de la víctima a raíz de prejuicios.

La fiscalía consideró que el imputado quiso imponerse sobre ambas víctimas y que se creyó con el derecho a decidir sobre sus vidas. Describió primero lo sucedido en 2017 cuando la cuñada de Basra acudió al domicilio donde vivían su hermana con el imputado y los tres hijos que tenían en común para cuidarlos. En esa ocasión, el hombre se acercó por detrás suyo mientras estaba en la cocina y la manoseó a la altura de su busto.

“Prevenir, investigar y sancionar actos de violencia contra las mujeres es una obligación del Estado que debe dar respuesta frente a este tipo de casos”, marcó la fiscalía.

Luego, pasó a relatar el contexto violento en el que vivía María Lorenza Salinas y que la llevó a denunciar en septiembre de 2019 lo que estaba sufriendo. El 26 de ese mes, el imputado amenazó a su esposa debido a que ella quería divorciarse. “Tu enfermedad mental me tiene cansado, te voy a matar”, le habría manifestado. Al día siguiente, después de otra discusión sobre el fin de la relación, él le dijo que esa noche volvería a dormir en una silla. En ese momento, el hijo mayor se puso a llorar y cuando María intentó irse del departamento con sus hijos, Basra la cruzó: “Andate vos, a mis hijos no te los llevas y si los venís a buscar te voy a matar”.

Ese mismo día la mujer se presentó en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema y relató este episodio y varias conductas violentas que había padecido. El 30 de septiembre de 2019, el Juzgado Nacional en lo Civil Nº30 dispuso la prohibición de acercamiento de Basra a una distancia menor a 200 metros del domicilio donde vivían y mantener cualquier tipo de contacto con su pareja.

En este contexto, la noche del 13 de noviembre de 2019 el acusado se presentó en el departamento de Avenida Rivadavia al 8800, en el barrio de Vélez Sarsfield, y comenzó una discusión con María. Ante el pedido de su hijo mayor para que no golpeara a su madre, Basra cerró la puerta y después estranguló a su esposa. Al día siguiente, cerca de las 11.30 de la mañana, el hombre llamó al 911 y comunicó que había matado a su pareja.

Las pruebas contra el acusado

Además de su confesión, la fiscalía enumeró los elementos que se recolectaron contra Basra y que demostraron su responsabilidad en los hechos. Recordó la declaración del policía que ingresó al departamento tras la llamada al 911 y el panorama que describió, además del diálogo que el efectivo mantuvo con los niños, que contaron que habían escuchado gritar a su madre.

Se consideró también lo manifestado por la hermana de María, que además de relatar el hecho de abuso y los distintos episodios de acoso que sufrió, fue la primera familiar en acercarse al departamento para contener a sus sobrinos. Los niños le dijeron que esa noche sus padres “estaban jugando” y que su papá “le había pintado de azul" la cara a su mamá. Eso coincidió con los detalles que dio el policía al respecto del estado en el que se encontraba el cuerpo de la víctima.

El representante del Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta también los testimonios de amigas de la víctima que expusieron sobre el contexto violento en el que vivía y el hallazgo de una nota manuscrita por parte del imputado donde pide perdón por lo que había hecho.

Para la fiscalía, de acuerdo a la ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, se debe tener particular consideración de las declaraciones que brindaron tanto María Salinas como su hermana. Recordó lo expresado por María ante la OVD, donde habló con claridad sobre las amenazas constantes que recibía y que su esposo era violento desde hacía tiempo a nivel psicológico.

Después, la fiscalía marcó que la joven hermana de María fue sumamente clara y que su relato dio cuenta del asedio, del acoso y de los actos de abuso sexual que sufrió. Indicó que dio detalles al respecto del episodio de violencia sexual ocurrido en 2017 y cómo fue cometido. Sostuvo entonces que ambas declaraciones se apoyan entre sí y que a esto se le suma el testimonio de vecinas y amigas que describieron también un contexto de violencia. “Los relatos de las hermanas se mostraron de modo lógico, aportaron detalles, tuvieron plena verosimilitud y hasta reprodujeron conversaciones”, se explicó.

La fiscalía destacó que durante 2020 hubo 251 víctimas directas de femicidio, de acuerdo al registro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Imponer su voluntad a cualquier costo”

Al momento de analizar la calificación que correspondía a los hechos, la acusación resaltó la vulneración de la libertad y la forma en que Basra avasalló a su cuñada, lo cual se complementó con una situación de acoso permanente en el tiempo.

Al analizar el contexto de violencia de género en que se enmarcó el femicidio, recordó el testimonio de una de las amigas de la víctima que contó que el acusado le dijo a María que “si no era de él, no sería de nadie”.

“El imputado es un hombre que pretendía a cualquier costo imponer su voluntad, dominar a la víctima y convertirla en un objeto de su propiedad”, describió el Ministerio Público Fiscal. Agregó que la situación de acoso, de abuso sexual y de asedio desplegada contra su cuñada demostraba también la forma en que buscaba imponer su voluntad sobre las mujeres.

Destacó después que Basra no permitía que María se acercara a sus hermanos y que incluso llegó a encerrarla para que no saliera. Mencionó el informe de riesgo elaborado por la OVD que dio cuenta del escenario de violencia de género y la separación que quería encarar la víctima y que no lograba efectivizar ya que el imputado no lo aceptaba.

En aquella denuncia ante la oficina dependiente de la Corte Suprema, María Salina describió un episodio donde el acusado le dijo que tenía “ganas de matarlos” en referencia a ella y los chicos. “Este es el escenario que estaba viviendo Salinas, la violencia que sufría y desde el Estado tenemos que hacernos cargo”, consideró la fiscalía.

Para concluir, marcó que Basra tenía pleno conocimiento de lo que había realizado y de la violencia que había desplegado antes de la muerte de su esposa. La acusación consideró como agravantes el prolongado contexto de violencia de género; la situación que sufrieron los niños; la superioridad física que tenía el acusado; haber actuado con el conocimiento de que no había nadie cerca para ayudar; y el sostenido asedio sufrido por la joven hermana de María.

Por su parte, la defensa planteó su objeción a las imputaciones por abuso sexual y por amenazas, y consideró que la jueza María Cecilia Maiza y los magistrados Marcelo Alvero y Javier Esteban de la Fuente debían declarar la inconstitucionalidad de la prisión perpetua.