27 de abril de 2024
27 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Documento elaborado por la Dirección General de Políticas de Género del MPF
Presentaron un estudio sobre el impacto del género en el proceso de selección de fiscales
La investigación analiza la situación de las mujeres que se postularon para ocupar espacios de mayor jerarquía y decisión en el Ministerio Público Fiscal durante el período 2000 –primera designación con el primer régimen de concurso de 1998- y 2016.

La Dirección General de Políticas de Género (DGPG), a cargo de Romina Pzellinsky, tiene entre sus principales funciones revisar las reglamentaciones y prácticas institucionales internas para adecuarlas a los estándares nacionales e internacionales sobre igualdad de género y respeto a la diversidad sexual e identidad de género, entre otros, y especialmente, en el campo concursal (Resolución PGN N° 427/16). En este marco, esta investigación desarrollada por la Dirección tuvo el objetivo de ofrecer un panorama acerca de los resultados que produjo el proceso de selección de fiscales por concurso -desde su inicio en el año 1999 y hasta el año 2016- sobre la situación de las mujeres que se postularon para ocupar los espacios de decisión y mayor jerarquía del Ministerio Público Fiscal. Se analizaron los 5 reglamentos de concursos aprobados durante ese período y aplicó la perspectiva de género como marco teórico, a fin de revisar cómo se configuran las jerarquías y principales lugares de poder del organismo y, en función de ello, examinar un conjunto de aspectos que involucran tanto el funcionamiento como los resultados del mecanismo de concursos.

Entre los principales hallazgos de la investigación se destaca lo siguiente:

  • Del total de fiscales del MPF designadas/os por concurso entre 2000 y 2016 (187 nombramientos), el 27% son mujeres (51)  y el 73% (136) son varones.
  • El porcentaje de mujeres inscriptas en los concursos no varió sustancialmente, con un promedio de participación del 26%. Los motivos pueden responder a factores de índole estructural vinculados, por ejemplo, a que las tareas de cuidado siguen recayendo principalmente sobre las mujeres como a ciertas restricciones institucionales.
  • Sobre los resultados de la evaluación del mérito entre postulantes ternadas/os en promedio, las mujeres se ubican un punto por encima (135 versus 134 puntos). Sin embargo, y aunque la brecha es poco significativa, al tomar por separado la evaluación de los antecedentes y la prueba de oposición se advierte que, mientras los varones superan por 3 puntos a sus pares mujeres en la calificación de los antecedentes, esta situación se invierte para la oposición, en la que son ellas quienes los superan por 4 puntos.
  • La participación femenina en ternas se ubica muy por encima de las designaciones efectivamente obtenidas por el grupo. Aunque en promedio las aspirantes mujeres quedan ternadas en un 59% de oportunidades, sus designaciones efectivas sólo llegan al 27%.Durante la mayor parte del período estudiado (de 2000 a 2012), el porcentaje de mujeres ternadas fluctúa entre el 50 y el 60% (mitad de las ternas o incluso un poco más de la mitad, cuenta con la presencia de mujeres). A partir del Régimen de 2013 la cantidad asciende significativamente al 83%. Aunque no es posible establecer una relación lineal entre la mayor presencia femenina en ternas y la mayor cantidad de designaciones (esencialmente porque la conformación de las ternas y la elección de la persona a designar transcurren y son dirimidos por distintos poderes del Estado), resulta notable que sea en este caso cuando las mujeres logran su mejor performance histórica y concentran el 43% de las designaciones.
  • La brecha de género más amplia queda consolidada durante la vigencia de los dos primeros reglamentos (83% de varones y 17% de mujeres en el de 1998; 81% y 19% en el de 2003). Con el régimen del año 2013 la brecha de género se reduce, aproximándose a una mayor paridad, con 13 mujeres designadas frente a 17 varones (43% de mujeres y 57% de varones).