20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con el pedido de la Fiscalía Federal n°2 de Tucumán y la UFEM
Tucumán: procesaron a un empleado judicial por abuso sexual simple
Lo dispuso el Juzgado Federal n°2 de esa jurisdicción. Según la investigación, el acusado se valió de su autoridad como jefe para cometer los abusos. Los representantes del Ministerio Público Fiscal valoraron los testimonios de las víctimas a la luz de los estándares internacionales en casos de violencia de género.

El Juzgado Federal n°2 de Tucumán dictó el procesamiento de un empleado judicial por abuso sexual simple, en línea con el requerimiento formulado por los fiscales Pablo Camuña,  titular de la Fiscalía Federal Nº 2 de Tucumán, y Mariela Labozzetta, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia Contra las Mujeres (UFEM) de la Procuración General de la Nación. Los representantes del Ministerio Público Fiscal habían solicitado la declaración indagatoria del imputado  -quien cumple funciones como  Jefe de Despacho de la Secretaría Electoral de Juzgado Federal N° 1 de Tucumán- por la presunta comisión del delito de abuso sexual simple contra dos empleadas. Las víctimas lo habían denunciado por tocamientos en zonas íntimas sin consentimiento.

Ante lo expuesto, el Juzgado Federal de Tucumán dispuso el procesamiento sin prisión preventiva.

Los representantes de Ministerio Público Fiscal consideraron que los elementos de prueba de cargo colectados fueron suficientes para indagar y procesar al imputado por el delito de abuso sexual simple (art. 119 del Código Penal), a partir de la solidez y coherencia que evidenciara el relato de las mujeres damnificadas, tanto en su contenido como al ensamblarse con los restantes testimonios recogidos de personas que trabajaron con el imputado.

Los fiscales destacaron que la prueba testimonial recabada evidenciaba la violencia de género en el ámbito laboral, caracterizada por un ambiente machista, de discriminación y descalificación hacia las mujeres. Estas circunstancias facilitaron el accionar impune del imputado durante mucho tiempo, quien se valió de su autoridad como jefe para abusar sexualmente de las víctimas.

Al entender del Tribunal, los hechos, ocurridos en 2013 y 2015, implicaron manifestaciones de violencia contra las mujeres en los términos de los artículos 1 y 2b de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; y de los art. 4 y 5 de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales (Ley N° 26.485).