La Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), a cargo de la fiscal Mariela Labozzetta, elaboró un nuevo informe sobre la evolución de las causas judiciales referidas a homicidios dolosos de mujeres cometidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante la última década. El análisis muestra cómo y en qué circunstancias las investigaciones identifican, prueban e incorporan los elementos que dan cuenta de violencia de género en la calificación jurídica de los casos.
Según el trabajo, entre 2015 y 2024 se produjeron en la Ciudad de Buenos Aires 200 homicidios dolosos de mujeres. El 62% fueron clasificados por UFEM como femicidios, a partir de un instrumento de medición que establece un sistema de indicadores para identificar elementos de violencia por motivos de género en los hechos y sus contextos. De este modo, la inclusión de un homicidio en la categoría de femicidio se realiza a través de la aplicación de estos indicadores, más allá de la calificación jurídica que se adopte en el trámite judicial.
Ese 62% está integrado por 118 investigaciones penales, de las cuales el 71% corresponde a femicidios íntimos, mientras que el 29% se produjo en contextos no íntimos.
En el informe se analizó el avance a juicio en 94 investigaciones penales, ya que 24 causas fueron finalizadas por sobreseimiento debido al fallecimiento o a problemas de salud mental de la persona imputada. El 76% de las investigaciones analizadas tuvo sentencia en primera instancia (71 sentencias), de las cuales el 93% fueron condenatorias (66 sentencias).

El informe observó de modo particular la aplicación del tipo penal de femicidio previsto en el artículo 80 inciso 11 del Código Penal. Aunque su incorporación al ordenamiento jurídico (a partir de 2012) es relativamente reciente, la serie histórica muestra una tendencia gradual hacia una mayor utilización de este agravante en las distintas instancias del proceso penal, luego de años de desarrollo jurisprudencial, la creación y difusión de protocolos de investigación y del fortalecimiento de las capacidades técnicas del sistema de justicia para abordar la violencia por motivos de género.
Entre las 66 sentencias condenatorias por hechos con elementos de violencia de género, el 53% incluyó la calificación jurídica por femicidio (según lo previsto en el artículo 80 inciso 11 del Código Penal). Esta calificación es más frecuente en las sentencias por femicidios íntimos (65%) y particularmente en casos con vínculo de pareja o expareja (71%). En otros contextos no íntimos, la aplicación es más acotada y representa el 22%.

El análisis histórico muestra, aún con oscilaciones, una tendencia de consolidación de la figura penal del femicidio. Este proceso resulta particularmente visible ante los femicidios íntimos. En este universo de casos, se pasó de un 54% de aplicación del agravante entre 2016 y 2017, al 83% registrado en las sentencias dictadas entre 2024 y 2025.

En el 76% de las sentencias, el autor fue condenado a prisión perpetua. La proporción excede la sola aplicación del agravante por femicidio. En la mayoría de los casos, la calificación incluyó alguna de las agravantes previstas para el homicidio: el vínculo entre la víctima y el agresor (inciso 1 del artículo 80), la violencia de género (inciso 11), la alevosía (inciso 2) y la comisión para ocultar otros delitos (inciso 7), entre otras. Según el informe, estas circunstancias concursan frecuentemente entre sí y es poco usual que el femicidio sea la única agravante incluida en la disposición sancionatoria.
De acuerdo con el trabajo realizado por UFEM, la calificación jurídica por femicidio es una marca simbólica relevante en el reconocimiento socio jurídico del impacto diferencial de la violencia hacia las mujeres dentro del universo más amplio de los homicidios dolosos. La asignación jurídica a los casos refleja un largo camino en la conformación de consenso social e institucional sobre la necesidad de hacer visible esta violencia y aportar a la multiagencial tarea de erradicar la violencia contra las mujeres.
El trabajo de la Unidad Fiscal Especializada
Desde su creación en 2015, la UFEM analiza la evolución de los homicidios dolosos de mujeres y, en particular, de aquellos clasificados como femicidios, consolidando una serie histórica rigurosa sobre los factores estructurales y la transformación de las dinámicas comisivas.
A la vez, certifica el avance de las investigaciones y observa de qué manera el sistema de justicia actúa ante estos hechos.
En 2012, el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.791, que reformó el Código Penal de la Nación. Junto a otras modificaciones, estableció la inclusión del inciso 11 al artículo 80, que agrava el homicidio y penaliza con prisión perpetua al varón que dé muerte a una mujer mediando violencia de género. Así, la legislación argentina introdujo la figura de femicidio con el objetivo de enviar un mensaje institucional sobre la inadmisibilidad social de estos crímenes, sumándose esta figura al repertorio de circunstancias agravantes para calificar distintos tipos de homicidios dolosos ya reconocidas en el ordenamiento jurídico.
La decisión legislativa se inscribió en un contexto global y regional en el que, en los últimos años, países de distintas latitudes, incluyendo 20 de América Latina, incorporaron a sus ordenamientos jurídicos el femicidio para afrontar las cifras de violencia contra las mujeres.
En este marco, y en base a los compromisos internacionales asumidos por el Estado, la investigación judicial de las muertes violentas de mujeres exige aplicar el estándar de debida diligencia reforzada. Para ello, la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres publicó en 2018 el Protocolo para la investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres. El documento, que adapta los estándares de la ONU a la realidad local, ha sido adoptado por varios Ministerios Públicos del país y constituye una herramienta de trabajo central para el establecimiento de la hipótesis o teoría del caso, la construcción de marcos analíticos y de elaboración de evidencia probatoria, así como el relevamiento e interpretación de los escenarios contextuales y sus dinámicas con perspectiva de género.