En el fuero nacional en lo Criminal y Correccional

Un informe de la UFIMAPP analizó la suspensión de juicio a prueba en 231 causas vinculadas con violencia de género

El estudio de la Unidad Fiscal de Medidas Alternativas al Proceso Penal del MPF relevó expedientes tramitados entre octubre de 2024 y septiembre de 2025 en la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional. El informe describe la proporción de casos dentro del total de suspensiones de juicio a prueba, el perfil de las personas imputadas, los delitos investigados y las reglas de conducta fijadas durante los períodos de supervisión.

La Unidad Fiscal de Medidas Alternativas al Proceso Penal (UFIMAPP) del Ministerio Público Fiscal de la Nación publicó un informe que analiza la aplicación de la suspensión de juicio a prueba (SJP) en 231 causas que, entre octubre de 2024 y septiembre de 2025, involucraron delitos cometidos en contextos de violencia de género en la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional.

El documento, elaborado por la fiscalía especializada dirigida por la fiscal María Ángeles Ramos, releva características de los casos, perfiles de las personas imputadas y modalidades de supervisión de las reglas de conducta.

El estudio reveló que esos 231 legajos vinculados con delitos en contextos de violencia de género, representan el 7,8% del total de expedientes con SJP tramitados en ese fuero durante el período analizado.

El relevamiento se realizó a partir del análisis de legajos judiciales y de distintas variables vinculadas con la población imputada, los delitos investigados, los vínculos entre las partes y el cumplimiento de las condiciones impuestas.

El perfil de los imputados

En cuanto a la población imputada, el informe señala que “las 231 personas con SJP por delitos cometidos en contexto de violencia de género en el período analizado son varones, en su mayoría de mediana edad (entre 33 y 42 años) de nacionalidad argentina, residentes en la CABA, trabajadores por cuenta propia no calificados, que han completado la educación básica obligatoria y que mantienen o han mantenido una relación de pareja con la presunta víctima”.

La población imputada en estos casos presenta un perfil etario distinto al observado en el universo general de personas que acceden a la SJP. Mientras que en el total de causas predominan las personas de entre 18 y 32 años (52%), en los expedientes vinculados con violencia de género el grupo más frecuente se ubica entre los 33 y 42 años, con un 45% de los casos. Otro dato destacado en el reporte es la cantidad de personas de 63 años o más, que comportan un 9,5 %.

En relación con el origen de las personas imputadas, el documento indica que el 77,9% nació en Argentina y el 22,1% en otros países. Además, se observaron niveles educativos más altos que en el promedio general de personas alcanzadas por este instituto, con mayor presencia de personas con estudios secundarios completos.

El análisis también muestra que en el 82,3% de los casos existía un vínculo previo entre la persona imputada y la presunta víctima. Dentro de ese universo, casi la mitad de los expedientes (48,1%) correspondía a relaciones de pareja o expareja, lo que permite dimensionar la centralidad de los vínculos afectivos en este tipo de casos. Solo el 10,4% de las presuntas víctimas no tenían vínculos previos con la persona imputada.

Los delitos

En cuanto a los delitos imputados, el informe señala que la mayor parte de los legajos se concentra en algunas categorías penales específicas. En particular, se identificaron los siguientes grupos de delitos:

  • Delitos contra la libertad (41,7%), con predominio de amenazas simples y agravadas.
  • Delitos contra la integridad sexual (35,7%), principalmente abuso sexual simple y agravado.
  • Delitos contra la administración pública (11,1%), especialmente atentado y resistencia a la autoridad.
  • Delitos contra las personas (7,3%), fundamentalmente lesiones leves y agravadas.
  • En menor proporción, delitos contra la propiedad y contra la seguridad pública.

Plazos y reglas de conducta

El informe también examina las condiciones impuestas al otorgar la suspensión del proceso. En el 56% de los casos, los plazos de supervisión fijados fueron iguales o menores a dos años. Entre las reglas de conducta más frecuentes se encuentra la obligación de fijar residencia, presente en el 99,6% de los legajos.

Otra de las medidas habituales fue la participación en programas o talleres. Según el relevamiento, el 79,6% de las resoluciones incluyó la obligación de asistir a cursos o dispositivos de intervención, muchos de ellos orientados específicamente al abordaje de la violencia de género y a la prevención de conductas violentas.

Dentro de esos dispositivos, los programas vinculados con la problemática de género constituyeron una de las intervenciones más extendidas. En el 78,8% de los casos se dispuso la participación en cursos o talleres de estas características, implementados por distintas instituciones públicas y organizaciones especializadas.

Legajos con plazo de supervisión concluido

El estudio también analizó los expedientes de las personas a quienes se les concedió el instituto de SJP desde el 1 de octubre de 2022 y cuyo período de supervisión concluyó entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.

En ese universo de 119 legajos, el 80% registró cumplimiento de las reglas de conducta impuestas, mientras que el 12% presentó incumplimientos y en un 7% aún no se había adoptado una resolución definitiva al momento del cierre del análisis.

Finalmente, la UFIMAPP concluye que el diagnóstico de este documento permite analizar y sistematizar información sobre la aplicación de la suspensión de juicio en casos de violencia de género y, con ello, “se busca medir su alcance, crear datos comparables y contribuir al diseño de propuestas concretas para mejorar el tratamiento judicial de esta problemática”.