14 de octubre de 2024
14 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con el dictamen de la Fiscalía n°4 del Trabajo
La justicia laboral hizo lugar a una medida cautelar y ordenó al Gobierno que convoque a la paritaria nacional docente
Lo dispuso la titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n°58 Dora Eva Temis, en el marco de una acción promovida por la Unión Docentes Argentinos (UDA).

La titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n°58, Dora Eva Temis, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el gremio Unión Docentes Argentinos (UDA) y, en consecuencia, ordenó al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación que convoque a la Comisión Negociadora de la paritaria nacional docente, espacio institucional del cual forma parte el mencionado sindicato. La resolución coincide en lo esencial con el dictamen de la Fiscalía n°4 de Trabajo, a cargo del fiscal Javier Fernández Madrid, quien había considerado que la acción peticionada resultaba formal y sustancialmente procedente.  “Desde el punto de vista adjetivo, la medida cautelar resulta inobjetable en el presente caso pues, me parece claro que la cuestión central que se vincula al salario de los docentes no admite demora en su tratamiento”, señaló el fiscal.

En esa línea, el representante del MPF sostuvo que la Ley de Educación 26.075 incluyó en su artículo 10 un convenio marco entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (hoy Ministerio de Educación y Deportes de la Nación) el Consejo Federal de Cultura y Educación y las entidades gremiales docentes con representación nacional –entre las que se encuentra UDA- referido a condiciones laborales, calendario educativo, salario mínimo docente y carrera docente. Indicó, además, que dicho convenio queda encuadrado en los términos del art. 14 bis de la Constitucional Nacional, que reconoce a los gremios la garantía de concertar convenios colectivos de trabajo y que, en el orden del derecho internacional del trabajo, se expresa en los Convenios 98 sobre Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva (1949) y 154 sobre la Negociación Colectiva (1981).

La titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Dora Eva Temis coincidió con el dictamen de la Fiscalía del Trabajo n°4. Evaluó, además, que existían los presupuestos para el dictado de la medida cautelar referidos a la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, por lo que dispuso un plazo de cinco días para que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad de la Nación convoque a la Comisión Negociadora, “tal cual lo prevé la normativa vigente y tal como se ha venido realizando en forma constante desde el año 2007”.