27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Hugo Pascarelli fue condenado a reclusión perpetua por crímenes cometidos en El Vesubio
Anularon la resolución que autorizaba a un represor a dar caminatas fuera de su domicilio
La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso presentado por el fiscal Martín Niklison. “Se advierten alternativas para cumplir las prescripciones médicas de los especialistas”, señalaron los jueces.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal anuló una resolución que autorizaba al militar condenado por delitos de lesa humanidad Hugo Ildebrando Pascarelli a realizar caminatas fuera de su domicilio. El pronunciamiento llegó luego del recurso presentado por el fiscal a cargo de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, Martín Niklison, contra lo dispuesto en octubre del año pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4.

El TOCF 4 había consentido que Pascarelli -condenado a prisión perpetua por delitos cometidos en el centro clandestino de detención El Vesubio- realice caminatas fuera de su domicilio una vez por semana dentro del lote de un barrio cerrado ubicado en Pilar, “por un plazo no mayor a cuatro horas”. Las otras limitaciones eran la prohibición del “tránsito a pie por los espacios de uso común y/o público de dicho predio” y que el traslado se hiciera “en un automóvil particular -que en ningún caso podrá ser conducido por el nombrado- sin detenerse en el trayecto por otros motivos”, acompañado por su esposa e hijo. En su recurso de casación, Niklison argumentó que la decisión incurrió en gravedad institucional al flexibilizarse las condiciones del cumplimiento del arresto domiciliario y que se omitieron los fundamentos para aprobarlo.

En ese sentido, el fiscal indicó que de los informes médicos realizados por el Hospital Militar Central y el Cuerpo Médico Forense no surgía que Pascarelli debiera hacer el ejercicio físico al aire libre durante cuatro horas. Por el contrario, al conceder el recurso y revocar el beneficio, los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos recordaron que los médicos consideraron apropiadas caminatas en cinta o actividad en bicicleta fija, lo que “por su naturaleza, se presentan aptas de ser realizadas en el interior del domicilio donde Pascarelli cumple su arresto”.

Por otra parte, el representante del Ministerio Público hizo hincapié en que actualmente el hombre goza de arresto domiciliario luego de un pedido efectuado por su defensa por cuestiones de salud, pero que anteriormente ya gozaba de dicha morigeración y había sido revocada por la misma sala por quebrantar el régimen y los riesgos procesales derivados de su conducta. Al respecto advirtió que deben extremarse los recaudos y analizarse con suma cautela, “más aún frente a los riesgos que entraña la pérdida de control continuo estatal de un condenado por crímenes de lesa humanidad, tanto de fuga como en la seguridad de terceros”.

La resolución de Casación

“Tal como postula la Fiscalía, consideramos que la medida dispuesta desnaturaliza el instituto del arresto domiciliario, y que en el presente caso se advierten alternativas para cumplir las prescripciones médicas de los especialistas”, señalaron los magistrados. Y agregaron: “La autorización a una persona que se encuentra cumpliendo una detención domiciliaria, para realizar actividad física en un predio ajeno a su domicilio, no se encuentra prevista por la normativa legal que regula la materia”.

Asimismo, advirtieron que la “responsabilidad internacional del Estado argentino no se agota con la obligación de investigar y juzgar a los responsables de los crímenes de lesa humanidad ocurridos en el país en el período histórico que relevan las presentes actuaciones, sino que se extiende también en el deber de sancionar a sus responsables, tal como surge de los precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. Por esos motivos, la Sala IV hizo lugar al recurso de casación y anuló la resolución del Tribunal Oral Federal N°4.

Caminatas similares

Semanas atrás, el juez federal de Tucumán Daniel Bejas dio curso al pedido del fiscal Pablo Camuña y dispuso el cese del arresto domiciliario, por haber violado las condiciones del beneficio, para el ex militar Jorge Gerónimo Capitán, procesado y rumbo a juicio oral por crímenes de lesa humanidad durante el Operativo Independencia en aquella provincia. El imputado tenía autorización para caminar por su propia manzana, pero fue fotografiado en distintas oportunidades hasta a 800 metros de su domicilio.