13 de octubre de 2024
13 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Por el MPF intervienen Pablo Camuña y Agustín Chit
Avanza en Tucumán el juicio por la desaparición del conscripto Ledo
El alegato del Ministerio Público Fiscal se prevé para el 28 de noviembre, en tanto que el veredicto se conocería al día siguiente. Casación debe resolver el rechazo del Tribunal al peritaje caligráfico de los imputados César Milani y Esteban Sanguinetti, quienes negaron su firma en las actas de deserción que -según la Fiscalía- encubrieron el secuestro y desaparición de Alberto Ledo.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán fijó para el próximo jueves 28 de noviembre la audiencia donde se desarrollarán los alegatos de las partes en el debate oral y público por la desaparición del conscripto Alberto Agapito Ledo, que tiene como imputados a los militares retirados Esteban Sanguinetti y César Santos Gerardo del Corazón del Jesús Milani, capitán y subteniente, respectivamente, del Batallón de Ingenieros 141 del Ejército Argentino de La Rioja en donde la víctima cumplía con el Servicio Militar Obligatorio en 1976.

Luego de los alegatos de la acusación pública, de las querellas representadas por la familia Ledo y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, además de las dos defensas públicas de los imputados Sanguinetti y Milani, se prevé que la lectura del veredicto tenga lugar el viernes 29 de noviembre.

Al momento de requerir la elevación a juicio de la causa el fiscal federal Carlos Brito consideró que Esteban Sanguinetti era partícipe de los delitos de privación ilegítima de la libertad y homicidio calificado, en concurso real, y César Santos Gerardo del Corazón de Jesús Milani autor del delito de encubrimiento en concurso ideal con falsedad ideológica, todo ello en perjuicio de Alberto Agapito Ledo, en el contexto de un plan sistemático de represión y del tipo del derecho internacional de desaparición forzada de personas.

El caso

Alberto Agapito Ledo, de 20 años de edad y estudiante de Historia en Tucumán, ingresó en febrero de 1976 al Batallón de Ingenieros de Construcciones 141 de La Rioja para efectuar el servicio militar obligatorio. En mayo de ese año, un grupo de ese Batallón -entre ellos Ledo- fue llevado a la Zona de Operaciones Tucumán a efectos de realizar acciones cívicas en la ciudad de Monteros.

De acuerdo a la acusación, en la madrugada del 17 de junio de 1976 fue sacado del campamento por el encargado de la Unidad, el capitán Esteban Sanguinetti, quien luego informó falsamente a los demás soldados que Ledo se había escapado del campamento. La víctima no regresó jamás.

El 22 de junio del mismo año Sanguinetti dispuso el inicio de las actuaciones por deserción, designando como oficial instructor al subteniente César Milani y al sargento ayudante Roberto Lotero (fallecido), quienes en el marco de dicho expediente concluyeron falsamente que Alberto Ledo había desertado y ordenaron su captura.

Según el fiscal de instrucción, Sanguinetti -en cumplimiento del plan sistemático de represión- habría formado parte de la cadena de mandos para lo cual intervino en la concreción de la orden de privación ilegítima de libertad de Ledo, mientras que el imputado Milani confeccionó el acta de investigación por deserción que, con numerosos datos incongruentes -tales como fechas y horarios en los cuales se habrían realizado las actuaciones-, encubrió la responsabilidad de Esteban Sangui­netti.

El debate

Durante el debate, el tribunal integrado por Gabriel Eduardo Casas, Carlos Jiménez Montilla y Enrique Lilljedhal rechazó la realización de un peritaje caligráfico de los imputados, quienes negaron su firma en las actas de deserción que encubrieron el secuestro y desaparición de Ledo, habiéndose recibido por primera vez documentación con firmas indubitadas del imputado Milani en la fecha de comisión de los hechos.

La Fiscalía de juicio impugnó esa decisión, que se encuentra ante la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal. En el recurso interpuesto el Ministerio Público Fiscal sostuvo que documentos remitidos por el Ministerio de Defensa de la Nación como prueba suplementaria ordenada por el Tribunal resultaba fundamental para poder cotejarlos con el acta de deserción que se encuentra agregada al expediente. En especial teniendo en cuenta que el imputado Milani negó la autoría de esa acta, puesto que afirmó que la firma inserta no le pertenecería.

La Fiscalía consideró que el tribunal debe cumplir con el fin del proceso y con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Nacional y determinar fehacientemente qué sucedió con el conscripto Alberto Agapito Ledo en su servicio militar obligatorio, durante la última dictadura militar.

Casación tiene hasta esta fecha para resolver este planteo, sin el cual podría tener que realizarse un nuevo juicio en caso de que el Máximo Tribunal penal considere necesaria su producción.