23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Interviene la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los DDHH durante el Terrorismo de Estado de Resistencia
Casación hizo lugar a un planteo del MPF y ordenó la incorporación del testimonio de una persona fallecida al debate
Así lo dispuso por unanimidad la Sala IV de la CFCP en relación a la declaración de un testigo -difunto- que brindó detalles respecto del homicidio del dirigente de las Ligas Agrarias Gómez Estigarribia. El testimonio había sido separado por el Tribunal Oral interviniente, pero Casación ordenó su incorporación al considerar que no se encontraba afectado el derecho de defensa en juicio.

En el marco de la causa denominada "Ligas Agrarias", donde deben juzgarse crímenes de lesa humanidad cometidos en el interior de la provincia del Chaco contra dirigentes y militantes del movimiento campesino, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió hacer hacer lugar al recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, anuló una resolución del Tribunal Oral de Resistencia que había dejado fuera del debate la declaración de un testigo -ya fallecido- quien había brindado precisiones sobre uno de los homicidios que conforman el objeto procesal de la causa.

En la etapa de admisión de prueba propuestas por las partes y previo al inicio del juicio oral, la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado de Resistencia, integrada por el fiscal general Carlos Amad, el fiscal federal Patricio Sabadini y los fiscales ad hoc Diego Vigay y Horacio Rodríguez, había propuesto la incorporación por lectura del testimonio de Leopoldo Jordán -fallecido-, quien brindó un relato importante sobre el homicidio del docente y dirigente de las Ligas Agrarias Raúl Eduardo Gómez Estigarribia.

La defensa se opuso a tal inclusión fundamentando que no estuvo presente en la declaración y que se violaba el derecho de defensa. Por su parte, la Fiscalía argumentó que la defensa había tenido oportunidad de analizar dicho testimonio cuando fueron indagados, procesados, y elevados a juicio sus representados y no lo planteó. Sostuvo, además, que el presente supuesto se encuentra específicamente previsto en el artículo 391, inc. 3 del C.P.P.N. y que los dichos del testigo en cuestión no constituían una prueba dirimente en el caso. Posteriormente, el presidente del Tribunal en lo Criminal Federal de Resistencia denegó la solicitud del MPF y ordenó la exclusión del juicio de dicha prueba, lo que motivó la interposición de un recurso de casación.

Finalmente, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal -ante una queja de la Fiscalía- ordenó por unanimidad la inclusión del testimonio al próximo debate oral. Los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos opinaron que el testimonio de Jordán  de manera taxativa encuadra como excepción razonable a la regla general de la oralidad" y que, a su vez, el testimonio cuestionado "no resulta dirimente ni central a los efectos de probar los hechos, sino que constituyen una prueba más de las ofrecidas por la acusación, la que junto con los otros elementos de cargo ofrecidos, deberá ser valorada por el Tribunal".

Concluyeron que si bien es cierto que la defensa no podrá ejercer su derecho a interrogar al testigo durante el debate, a esta altura del proceso no se observa que dicha circunstancia importe un irrazonable o arbitrario menoscabo de su derecho de defensa en juicio, ya que podrá ejercer acabadamente su ministerio durante el debate en donde cuenta con amplias posibilidades de cuestionar la verosimilitud de la prueba y su valoración".

El Testimonio 

En abril de 2012, Leopoldo Jordán, entonces de 80 años de edad, se presentó espontáneamente ante la Fiscalía Federal, al haberse enterado que se había abierto una investigación por el homicidio de Gómez Estigarribia. Relató entonces que el 12 de febrero de 1977 trasladó a Gómez Estigarribia hasta la localidad de Corzuela (en el departamento de General Belgrano, a unos 230 km de Resistencia) en su camioneta Ford ranchera para que éste concurriera a una cita con un conocido.

El testigo negó rotundamente la versión de que la víctima estuviera armada, aclarando que estaba totalmente desarmado e indefenso y que daba fe de ello, ya que llevaba ropa liviana y además pasaron un control policial en la ruta 16. Cuando vuelve a buscarlo lo detiene un operativo de fuerzas de seguridad -en su mayoría de la policía de la provincia de Chaco como así también del Ejército- , quienes lo llevan a la comisaría de Corzuela, donde llega una patota dirigida por Wenceslao Ceniquel, que comienza a interrogarlo. Luego lo llevaron a la Brigada de Investigaciones de Resistencia y después, por siete años, estuvo detenido en la U.7. , la U.9 de la Plata , Villa Devoto y Rawson.

El caso del homicidio de Gómez Estigarribia

Según la versión oficial  Raúl Eduardo Gómez Estigarrribia falleció en un supuesto enfrentamiento con fuerzas de seguridad y así quedó registrado en los sumarios policiales incorporados a un expediente de la justicia federal de la época. Sin embargo, la investigación reconstruyó que el dirigente de las Ligas Agrarias había sido ejecutado.

Gómez Estigarribia, dirigente rural y docente, era buscado intensamente desde 1975 por las Fuerzas Armadas, debido a su activa participación y militancia en las Ligas. El 12 de febrero de 1977 había organizado una reunión en una casa de la localidad de Corzuela, sobre la que tomó conocimiento el oficial de inteligencia del Ejército Bettolli, quien operaba en la zona en la persecución de la organización y montó un operativo para tenderle una emboscada.

Para ello, el Ejército y la Policía de Chaco habían dejado la luz prendida del exterior de la casa y se aseguraron de que Gómez Estigarribia no pudiera ingresar. Así quedó expuesto: fue atacado al llegar al lugar, con disparos de arma de fuego de todos los integrantes de la patota conjunta, lo que le provocó, según la autopsia policial, al menos tres heridas en el tórax, la pierna izquierda y una mano. Un testigo, que trasladó a Gómez Estigarribia, había asegurado que estaba desarmado, ya que habían viajado por la ruta y debían sortear los controles policiales sin correr riesgos. Sin embargo, a los familiares se les entregó un certificado de defunción del Registro Civil –adjuntado en el expediente judicial– que certificaba falsamente que el referente agrario había fallecido en un accidente en la ciudad de Resistencia.

El Equipo de Antropología Forense (EAAF) que examinó los restos óseos exhumados de Gómez Estigarribia aportó precisiones e indicios de  reconstrucción de cómo fue la mecánica de los hechos, de acuerdo a distintas heridas que impactaran en la estructura ósea  y que se integra y complementa con el resto del material probatorio.

Por el delito de homicidio calificado por alevosía y por el número de partícipes están imputados  el ex teniente coronel del Ejército Tadeo Betolli, y el agente Miguel Antonio González. Además, se imputa al ex comisario José Francisco Rodríguez Valiente por el delito de encubrimiento, es decir, por la acción -como secretario sumariante- de fraguar un supuesto enfrentamiento, similar a la mecánica utilizada en la Masacre de Margarita Belén.