28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Alegato de Marcelo García Berro y Guillermo Silva
Causa "Colegio Militar": los fiscales pidieron perpetua para seis ex militares y un ex gendarme
En el debate se juzgan los crímenes contra seis jóvenes que realizaban el Servicio Militar Obligatorio en Campo de Mayo y otras seis personas que fueron secuestradas y sometidas al mismo circuito represivo clandestino. Entre los acusados están los jerarcas Santiago Riveros y Benito Bignone. La Fiscalía acusó por homicidio en el caso de víctimas desaparecidas.

El fiscal general Marcelo García Berro y el fiscal ad hoc Guillermo Silva requirieron este viernes por la tarde al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de San Martín que condene a prisión perpetua a seis ex militares y a un ex gendarme por crímenes de lesa humanidad en la denominada causa "Colegio Militar", que tiene en su objeto el secuestro de seis soldados conscriptos -tres de ellos desaparecidos, por los cuales acusaron por homicidio- y hechos contra otras víctimas que también padecieron secuestros, robos y violaciones sexuales.

En la causa que involucra los casos de los conscriptos, los pedidos de prisión perpetua fueron para el ex comandante de Institutos Militares Santiago Omar Riveros; el ex director del Colegio Militar y segundo de Riveros, Reynaldo Benito Bignone; el civil de inteligencia del Batallón 601 Carlos Eduardo José Somoza; los ex teniente primero y jefes de compañía del Colegio Militar en 1976 y 1977, respectivamente, Alberto Federico Torres y Jorge Teodoro Alvarado, y el gendarme de la Agrupación Buenos Aires Hugo Miguel Castagno Monge, quien ejerció la jefatura del centro clandestino de detención El Campito, dentro de la Guarnición Militar de Campo de Mayo.

Los fiscales también pidieron la imposición de la pena de prisión perpetua para Mario Rubén Domínguez, alias Escorpio, un suboficial del Ejército que "formó parte de los grupos de tarea que realizaban operativos de secuestro o eliminación de personas" y que actuó en el centro clandestino de detención El Campito, por hechos que afectaron a otras seis víctimas en la causa conocida como "2948". Por uno de esos hechos también fue acusado Riveros.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal valoraron que, en el caso de las personas desaparecidas, debía condenarse a los acusados por el delito de homicidio: "Vamos a sostener, así como ya lo ha hecho el Tribunal en numerosas sentencias cuando ha tratado el punto, que las personas privadas de la libertad que permanecieron en el centro de detención Campo de Mayo y de las que a la fecha no se ha tenido noticias sobre su destino, han sido víctimas de homicidio".

En ese sentido, fundaron que esa tipificación es aplicable "no sólo porque han transcurrido más de cuatro décadas desde que ocurrieron los hechos y porque no ha surgido ningún indicio que indique que aún permanecen con vida, máxime si tenemos en cuenta que en el debate surgió claramente el trato inhumano, las aberrantes condiciones de vida, los métodos de tortura y testimonios sobre 'traslados' y 'vuelos de la muerte' implementados en y desde el centro clandestino de detención, pero fundamentalmente porque era una de las hipótesis del plan de lucha estructurado por el poder estatal".

Al fundar al agravante de alevosía señalaron que "el modo forzado de su desaparición, clandestina y simulada, más la referencias que ya se conocen respecto a las condiciones en que las víctimas permanecieron en el centro clandestino de detención, permiten afirmar que quienes los eliminaron lo hicieron con toda ventaja y sin ningún peligro".

En el debate se juzgan secuestros, torturas, desapariciones, abusos sexuales, allanamientos ilegales y robo.

Las acusaciones

García Berro y Silva formularon la acusación con lo siguientes alcances:

- Riveros como coautor de cuatro hechos de allanamiento ilegal; un caso de robo doblemente calificado por haber sido cometido con armas y en poblado y en banda; siete casos de privación ilegítima de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencia y amenazas, y de imposición de tormentos agravados; tres homicidios doblemente agravados; y un hecho de abuso sexual con acceso carnal agravado.

- Bignone como coautor de los delitos de allanamiento ilegal en tres oportunidades, privación ilegítima de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencia y amenazas e imposición de tormentos en seis hechos, y homicidio doblemente agravado en tres oportunidades

- Somoza como coautor en cinco casos de imposición de tormentos agravados y privación ilegítima de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencia y amenazas, y dos homicidios doblemente agravados.

- Castagno Monge como coautor en cinco casos de imposición de tormentos agravados y privación ilegítima de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencia y amenazas, y dos homicidios doblemente agravados.

- Torres como coautor de allanamiento ilegal en dos casos y privación ilegal de la libertad agravada en cuatro hechos y como partícipe necesario de imposición de tormentos en cuatro oportunidades y dos homicidios doblemente agravados. Fue acusado subsidiariamente en grado de partícipe necesario de todos los delitos. Los fiscales pidieron además que se lo absuelva por un caso de allanamiento ilegal.

- Alvarado como coautor -subsidiariamente, como partícipe necesario- de la privación ilegal de a la libertad agravada y el homicidio doblemente agravado en un hecho.

- Domínguez como coautor de allanamiento ilegal y robo doblemente agravado en dos casos, privación ilegal de la libertad agravada e imposición de tormentos agravados en seis casos, homicidio agravado en otros dos -uno de ellos, en grado de tentativa-, un hecho de abuso deshonesto y otro abuso sexual con acceso carnal agravado. Los fiscales solicitaron además que lo absuelvan de la imputación de allanamiento ilegal y de robo doblemente agravado en un caso.

Tres de los seis conscriptos víctimas de esta causa fueron declarados desertores por el mismo Ejército que los secuestró y desapareció.

Los conscriptos

En el proceso se juzgan los crímenes cometidos contra los entonces conscriptos Luis Daniel García, Luis Pablo Steimberg, Sergio Omar García, Hugo Néstor Carballo, Roberto Néstor Britos y Mario Vicente Molfino. Salvo este último, secuestrado en febrero de 1977, el resto fueron privados ilegalmente de su libertad en agosto de 1976.

Luis García, Steimberg y Molfino permanecen desaparecidos y, en su momento, el Ejército los declaró desertores del Servicio Militar Obligatorio. En tanto que Sergio García, Carballo y Britos recuperaron su libertad y fueron licenciados por el propio Bignone hasta que les dieron la baja del servicio.

Luis García fue secuestrado en la madrugada del 12 de agosto de 1976 en su casa de la Capital Federal y fue llevado al centro clandestino El Campito, en Campo de Mayo; dos días antes, Luis Steimberg fue interceptado cerca de su domicilio en Morón, y tuvo el mismo destino en su cautiverio.

Sergio García, en tanto, fue secuestrado en su casa de Caseros en una fecha cercana a la del resto. Antes de llevarlo, sus captores le ordenaron que se vistiera con el uniforme de soldado, tras lo cual lo trasladaron a la Dirección del Colegio Militar, de allí a la enfermería y finalmente a El Campito, donde fue sometido a tormentos con corriente eléctrica e interrogado acerca de Steimberg. Su periplo continuó nuevamente en la Dirección del Colegio. Cuando le sacaron la venda que cubría sus ojos, pudo ver a sus compañeros Britos y Carballo, quienes habían sido secuestrados en fechas cercanas y habían pasado por lo mismo. En ese contexto, el propio Bignone, rodeado de otros oficiales, entre ellos Alvarado y Torres, les dijo que "era una guerra sucia y que los inocentes pagaban por los culpables", citaron los fiscales el testimonio de un sobreviviente.

Bignone les dijo además que no podía darles la baja, sino una licencia hasta que el final de su servicio, cuestión que finalmente se cumplió.

Molfino, en tanto, fue secuestrado el 21 de febrero de 1977. Le ordenaron salir del Colegio a las 14:00 para comprar dos lapiceras y nunca más regresó.

La otra causa que se juzga en este proceso es la conocida como "causa 2948", que aborda los casos de seis víctimas de los crímenes en el ámbito del IV Cuerpo del Ejército, con sede en Campo de Mayo. Las víctimas son Iris Pereyra, Beatriz Castiglione, Eduardo Covarrubias, Juan José Fernandez, Diego Muniz Barreto y Marilú Obreque Valenzuela.

Los seis estuvieron secuestrados y fueron sometidos a tormentos. Muniz Barreto fue asesinado y Fernández sufrió la tentativa de homicidio en el mismo episodio. Pereyra y Obreque Valenzuela fue abusadas sexualmente. Y Pereyra, Covarrubias y Castiglioni sufrieron además el allanamiento ilegal de sus viviendas y el robo de objetos.