20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia
Chaco: comienza el juicio a un ex fiscal y un ex oficial penitenciario por crímenes de lesa humanidad
Están acusados de los delitos de privaciones ilegítimas de la libertad, imposición de tormentos e incumplimiento de los deberes de funcionario publico, perpetrados en perjuicio de siete víctimas. Se trata del ex fiscal Domingo Mazzoni y el ex oficial del Servicio Penitenciario y jefe de la Guardia de la U7 Pablo Casco.

El sexto juicio por crímenes de lesa humanidad en la provincia de Chaco, en el cual se juzgará a un ex fiscal y un oficial  penitenciario por su responsabilidad en crímenes perpetrados durante la última dictadura militar, comenzará el próximo jueves ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, integrado por Juan Manuel Iglesias, Eduardo Airel Belforte y Selva Angélica Spessot. En representación del Ministerio Público Fiscal actuarán el fiscal general Federico Carniel y los integrantes de la Unidad de Derechos Humanos de esa jurisdicción, Carlos Amad -también fiscal general-, Patricio Sabadini -fiscal federal- y Diego Vigay -fiscal ad-hoc-.

Los delitos a juzgarse incluyen un universo de siete víctimas, por los cuales se encuentran imputados el ex fiscal federal Domingo Mazzoni y el ex oficial  penitenciario y jefe de turno de la Unidad Penal 7, dependiente del Servicio Penitenciario Federal, Pablo Casco. También se encontraba acusado el juez federal Luis Ángel Córdoba, quien falleció antes del inicio del debate: se lo señalaba por ocho hechos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público, doblemente agravada por el empleo de violencia y por su duración mayor a un mes, además de nueve hechos de imposición de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político. También había estado procesado hasta su fallecimiento el ex fiscal federal Carlos Flores Leyes, por cinco casos de tormentos a ex detenidos políticos.

Mazzoni será juzgado por cinco hechos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público -doblemente agravada por el empleo de violencia y por su duración mayor a un mes- y cuatro hechos de imposición de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político. Se le suma el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en la forma de abuso de autoridad e incumplimiento de la obligación de promover la persecución penal y encubrimiento. A su vez, a Casco se le imputan torturas y tormentos agravados en dos casos, además de asociación ilícita.

El ex juez federal Luis Ángel Córdoba y el ex fiscal federal Carlos Flores Leyes estuvieron con procesamiento firme y fallecieron antes del inicio del debate .

El accionar de la dictadura en Chaco

En el requerimiento de elevación a juicio, el MPF enmarcó la estructura estatal represiva que funcionaba en la provincia y detalló que “la Policía del Chaco quedó en lo atinente a la denominada 'lucha antisubversiva' bajo la esfera de control operacional del comando Sub Zona 23 y del Jefe del área militar 233, con asiento en el Grupo de Apoyo 7 'La Liguria', en la ciudad de Resistencia”.

En esta estructura, los Centros Clandestinos de Detención (CCD) empleados para detener y torturar a los perseguidos políticos eran “de la Policía provincial, Brigada de Investigaciones y Alcaldía Policial”, según señaló el MPF. Sobre aquel esquema represivo se articulaba “el Poder Judicial Federal de la Jurisdicción en cabeza de sus funcionarios superiores como ser Juez Federal, Secretario, Fiscal Federal y también el Servicio Penitenciario Federal”.

El rol de los acusados

El 21 de mayo de 1974, Mazzoni fue designado secretario del Juzgado Federal de Primera Instancia y tres días después prestó juramento para hacerse cargo de sus funciones. Con la llegada del golpe, el 28 de junio de 1976 es nombrado -por decreto de la dictadura- fiscal federal ante el Juzgado Federal de 1° Instancia de Resistencia. Según desarrolló la acusación, Mazzoni y Córdoba “no llevaron a cabo de modo activo los tormentos ni las privaciones ilegítima de libertad, sino que por sus cargos de Fiscal y Juez Federal al momento de los hechos, revestían especiales deberes de protección frente a la libertad e integridad física de los detenidos al tomar conocimiento de los hechos denunciados y esta omisión debe serle imputada como si la hubiesen llevado de modo activo”. De esta manera, los funcionarios judiciales habrían incurrido en “múltiples omisiones de los deberes de promover persecución de los responsables de los delitos de lesa humanidad”, ya que les correspondía “promover la investigación de los graves hechos ilícitos de cuya posible existencia tomaron conocimiento en el marco de sus intervenciones en los expedientes analizados, y que incluían violaciones de domicilio, robos, torturas y privaciones ilegítimas de la libertad, entre otros”.

Según desarrolló la acusación, el ex fiscal Mazzoni habría incurrido en “múltiples omisiones de los deberes de promover persecución de los responsables de los delitos de lesa humanidad”.

"Existía al momento de la comisión de los hechos una división de tareas con la finalidad de llevar a cabo un plan sistemático de terrorismo de estado destinada a la ´lucha contra la subversión´”. En esa línea, los acusados Mazzoni y Casco habrían ofrecido “el aporte necesario para que el personal policial y/o militar pueda llevar adelante la ejecución de los delitos de tormento agravados, privación ilegítima de la libertad, desaparición forzada de personas, violaciones, sustracción de menores, violación de domicilio, que se demostró en la inacción de la Justicia Federal de Chaco, para llevar adelante una investigación en las distintas denuncias que llegaban a conocimiento de ambos, por parte de víctimas y de sus familiares, dando así un marco de impunidad”.

En relación a las imputaciones de Casco, el MPF le endilga, en función de la declaración testimonial de las víctimas, que su actuación fue “relevante” ya que “era obsesivamente cruel, un torturador. Siempre tenía excusas para pegar o sancionar a los detenidos”.  En junio de 1977,  durante su guardia, una de las víctimas “recibió una sanción de treinta días que la cumplió en un pabellón de castigo, allí lo tenían desnudo, lo obligaban a bañarse con agua helada dos veces por día, dándole  una ración mínima de comida”. Asimismo, otra de las víctimas de Casco, cuyos hechos son materia de debate en el juicio, “sufrió todo tipo de tormentos, tanto físicos como psíquicos”. Esta serie de prácticas violentas perpetradas contra las víctimas eran ejecutadas de forma sistemática e incluía “la disminución del racionamiento de la comida, la falta de ropa y abrigo necesarios para la estación del año que vivían, la quita y la prohibición de ingreso de elementos primordiales para evitar un asilamiento con la realidad extramuros, como ser libros, radio, diarios, las restricciones extremas al régimen de visitas de familiares”.