25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el fiscal coordinador de distrito Daniel Adler
Mar del Plata: el MPF recurrió a Casación tras la liberación del represor Alejandro Duret
El ex coronel había sido condenado a 15 años de cárcel por el secuestro, torturas y desaparición de Carlos Labolita. Días atrás, el TOF dispuso su liberación en base al artículo 7 de la derogada ley 24.390, conocida como la ley del "dos por uno". Desde el MPF consideraron "arbitraria" la aplicación de esa norma, por lo que solicitaron la anulación del fallo.

El fiscal general federal, Daniel Adler, interpuso un recurso ante la Cámara Nacional de Casación Penal frente a la excarcelación de Alejandro Guillermo Duret, quien había sido condenado a 15 años de prisión por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada cometida bajo violencia física sobre las personas, e imposición de tormentos agravados en virtud de tratarse de un perseguido político, de los que resultara víctima Carlos Alberto Labolita.

La resolución del Tribunal Oral Federal dispuso por mayoría –con los votos a favor de los jueces Nelson Jarazo y Alejandro Esmoris, y el voto en disidencia de Carlos Rozanski- la liberación de Duret el pasado 7 de abril por entender que debía hacerse lugar al planteo de la defensa, al considerar que "debía aplicarse al supuesto la norma más benigna, en el caso, la redacción originaria de la ley 24.390, la que dispuso expresamente la reforma del artículo 24 del Código Penal, ello por considerar que esta regla del 'dos por uno' integró la ley penal de fondo, y por ende, que debe ser aplicada de conformidad con lo prescripto por el artículo 3 del CP". Frente a ello, el fiscal general entendió que "el tribunal ha tomado su decisión de modo contrario a la ley".

"Para el supuesto en análisis no resulta de aplicación el artículo 7 de la ley 24.390, motivo por el cual considero que se ha extendido en forma arbitraria el alcance del principio de ley penal más benigna en forma retroactiva, conculcando de este modo el interés de la comunidad toda en que se haga efectiva la condena penal respecto de los graves delitos que aquí nos ocupan".

Más adelante, en su dictamen expresó: “Este Ministerio Público entiende, a contrario de la decisión recurrida, que no corresponde el empleo de la derogada ley 24.390 en base al referido principio de ley penal más benigna, y ello en razón de que los fundamentos que lo sustentan no se aplican al caso en análisis”. Reparó en que la cuestión no resultaba novedosa. “De hecho, llama la atención de esta parte acusadora que al momento de resolver se haya desconocido el reciente precedente de la Cámara Federal de Casación Penal caratulada “Mosqueda, Juan Eduardo y otros s/ recurso de casación”, con fecha 21 de diciembre de 2015, donde se anuló un fallo similar al que aquí se cuestiona".

Duret había sido detenido en el marco en estas actuaciones en diciembre de 2005, y permaneció en esa condición hasta el 3 de julio de 2009, tras el fallo absolutorio del debate oral y público que lo dejó en libertad. Sin embargo, tras el fallo de Casación, a principios de octubre de 2011 el Tribunal dispuso nuevamente su detención, y permaneció en el penal de Marcos Paz hasta el pasado 7 de abril.