Los fiscales Hernán Schapiro y Gerardo Fernández solicitaron 18 prisiones perpetuas, penas de 16 y 14 años para dos acusados y una absolución para los imputados por homicidio, privaciones ilegales de la libertad y tormentos que sufrieron 127 víctimas en 1977 en el centro clandestino de detención “La Cacha” y otros dos homicidios en la vía pública, cometidos noviembre de 1976.
En su alegato ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata, integrado por jueces Pablo Jantus, Pablo Vega y Carlos Rozanski, la Fiscalía reclamó perpetua para los miembros del Destacamento 101 de Inteligencia del Ejército Emilio Alberto Herrero Anzorena, Gustavo Adolfo Cacivio, Roberto Armando Balmaceda, Miguel Ángel Amigo, Anselmo Pedro Palavezzati, Carlos María Romero Pavón, Ricardo Armando Fernández, Jorge Héctor Di Pasquale y Carlos Del Señor Hidalgo Garzón, y para el personal civil de inteligencia (PCI) Raúl Ricardo Espinoza y Claudio Raúl Grande.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron la misma pena para el ex jefe de Inteligencia del Servicio Penitenciario Bonaerense Isaac Crespín Miranda; el ex guardia penitenciario Héctor Raúl Acuña; el ex ministro de Gobierno bonaerense, Jaime Lamont Smart; el ex director General de Investigaciones, Miguel Osvaldo Etchecolatz; el ex sub director General de Seguridad, Eduardo Gargano; el ex jefe de la Unidad Regional, Horacio Elizardo Luján, y el ex jefe del servicio de calle de esa unidad policial, Julio César Garachico.
En tanto que para el personal civil de inteligencia Rufino Batalla pidieron 14 años de prisión y para el ex jefe de la Armada en la zona, Juan Carlos Herzberg, 16 años, por hallarlos culpables de los delitos de privación ilegal de la libertad y tormentos.
Por otra parte, solicitaron la absolución del miembro del Destacamento 101 de Inteligencia del Ejército Luis Orlando Perea en relación con la privación ilegal de la libertad y los tormentos sufridos por 124 por las cuales fue requerida la elevación a juicio durante su permanencia en "La Cacha", así como por los homicidios de Olga Noemí Casado y Laura Carlotto, al considerar que durante el debate no se reunieron pruebas suficientes sobre su intervención en el plan criminal, dado que nadie lo vio en el centro clandestino y que tenía un cargo subalterno.
Los fiscales señalaron que “los hechos juzgados constituyeron violaciones graves a los derechos humanos que se sucedieron en el marco de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, en el que toda la sociedad se vio amenazada por el sistema de represión clandestina instaurado por la dictadura con el propósito de lograr un disciplinamiento social que facilitara la imposición de un modelo político, económico y cultural, y por tanto, en este sentido, configuran crímenes de lesa humanidad”. Y agregaron que “las violaciones a los derechos fundamentales persiguieron la eliminación de un grupo nacional, definido por los propios perpetradores que se tradujo en la práctica de actos genocidas contra un grupo particular de la población habitante en argentina”.
Por último Schapiro y Fernández afirmaron "que para el caso de que el Tribunal no hiciera lugar a este planteo, el de la calificación de genocidio, y para evitar cualquier objeción de la defensa, postulan la acusación alternativa por crímenes contra la humanidad”.