24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fue el primer civil en ser condenado por crímenes de lesa humanidad
Apelaron ante la Corte el fallo que le otorgó una jubilación de privilegio al represor Jaime Smart
En su apelación, el fiscal Gabriel De Vedia indicó que el beneficio fue más allá de los solicitado por el ex funcionario de la dictadura en su amparo, otorgándole una jubilación por un cargo de superior jerarquía, más las diferencias de dos años con sus correspondientes intereses. Actualmente, cumple una condena a prisión perpetua en la cárcel de Marcos Paz.

El fiscal general Gabriel de Vedia recurrió ante la Corte Suprema la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que le había otorgado al funcionario de la dictadura cívico-militar Jaime Smart una jubilación de privilegio en los términos de la ley 24.018, que establece el régimen de jubilaciones especiales a quienes hayan ocupado altos cargo en los Poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo de la Nación. Gracias a ese beneficio, incluso se le mejoró su haber previsional otorgado por su desempeño como fiscal de primera instancia, por el de juez de cámara.

Smart no integró cualquier Cámara Federal, sino que fue parte de la famosa Cámara Federal especializada en juzgar “delitos de la subversión”, también conocida como “Camarón”. Desde allí se detuvo a unas dos mil personas y hubo 700 condenados. Asimismo, Smart también cuenta con la característica de haber sido el primer civil condenado por delitos de lesa humanidad a la pena de prisión perpetua, debido a su actuación como ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires desde el 8 de abril de 1976 hasta septiembre de 1979.

La primera condena la recibió en la causa denominada “Circuito Camps”, en la que se juzgó el accionar en seis centros clandestinos de detención. Allí, el ex funcionario de la dictadura fue sentenciado por el homicidio del abogado Jorge Rubinstein y por la privación ilegítima de la libertad de 42 personas. Esto ocurrió en diciembre de 2012.

A la vez, en octubre del año pasado, volvió a ser condenado a prisión perpetua en el juicio conocido como “La Cacha”, en referencia a cómo se conocía uno de los primeros centros clandestinos de detención que funcionaron en La Plata durante la dictadura, en los cuerpos de Caballería e Infantería de la Policía provincial. Esa causa tuvo un objeto procesal de 197 víctimas de secuestros, tormentos y lesiones graves, la mayor parte de los cuales fueron concretados en el ámbito del centro clandestino y otros seis casos comprometieron a personal de las fuerzas estatales vinculados a ese lugar pero cometidos en la vía pública.

La justificación de la Cámara de Seguridad Social

El fallo que ahora benefició a Smart con una jubilación especial fue gracias a la mayoría integrada por los camaristas Luis R. Herrero y Emilio L. Fernández, mientras que Nora C. Dorado votó en disidencia.

En su apelación, el fiscal De Vedia indicó que “no sólo se lo beneficia [a Smart] en otorgarle una jubilación por un cargo de superior jerarquía más las diferencias correspondientes a dos años con más los intereses, sino que además, no trataron la cuestión principal que motivara el reclamo amparista de Jaime Lamont SMART, esto es, la suspensión del beneficio efectuada por el Consejo de la Magistratura de la Nación”.

En efecto, Smart había promovido un amparo contra el Consejo de la Magistratura de la Nación, con el objeto de que se ordenara al organismo denunciado que le abone la jubilación obtenida, así como también las prestaciones ya adeudadas, con sus intereses y se lo condene al pago de las costas. Esto se debió a lo que consideró “injustificada, ilegal y arbitraria negativa, desde hace más de 33 meses, a abonarle la jubilación que le otorgara la ANSeS, en abril de 2008”. Es decir, señaló el fiscal general, que Smart “solicitó solamente que se levante la suspensión del pago del beneficio, por el Consejo de la Magistratura”.

Sin embargo, el representante del MPF explicó que los camaristas omitieron tratar esa “cuestión principal planteada en la demanda”, por lo que “existe así, una violación al principio de congruencia”.

De Vedia también puntualizó que la resolución de los jueces Fernández y Herrero era nula ya que “modificaron la fecha de otorgamiento del beneficio de jubilación del actor, casi dos años más que lo afirmado y reconocido en la demanda de amparo”. Para esto, detalló que, en su escrito de inicio, Rest había expresado que: “De conformidad con lo establecido en el art. 43 de la Constitución Nacional, vengo a promover acción de amparo contra el Consejo de la Magistratura, con domicilio en Libertad 731, en razón de su injustificada, ilegal y arbitraria negativa, desde hace 33 meses, a abonarme la jubilación que me otorgara el ANSES en abril de 2008.”. Mientras que Fernández, en su voto, al que adhirió Herrero, “no obstante a lo afirmado por el actor, dijo en su parte pertinente”, que: “ello así, entiendo que corresponde hacer lugar a lo peticionado por el apelante actor y, en consecuencia, ordenar que la fecha inicial de pago se disponga desde el 21 de septiembre de 2006.”

Ese hecho, indicó el fiscal general, implica un “incumplimiento por parte del juzgador que hace caer la sentencia dictada de ese modo en totalmente arbitraria y nula, en el caso de autos por falta de fundamentación y apartamiento de las constancias de la causa (violación de la defensa en juicio y debido proceso), al omitirse el tratamiento de la cuestión esencial”.

Además, el representante del MPF pidió la nulidad de la Resolución de ANSeS por la cual se le otorgara a Smart el beneficio de jubilación (ley 24.018). También solicitó que se diera de baja esa jubilación especial, y subsidiariamente a ello, de no hacerse lugar a lo solicitado, planeó la suspensión del haber previsional del actor, por considerar que al estar detenido ha perdido el estado judicial que exige la ley 24.018.

De Vedia también recordó que desde el 6 de mayo de 2008, Rest cumplía detención domiciliaria, por la causa “Circuito Camps”. En la actualidad, el ex funcionario se encuentra detenido en el Complejo Penitenciario Federal II del Servicio Penitenciario Federal cumpliendo la condena a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad.