25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la fiscal federal María Ángeles Ramos
La Cámara Federal denegó la prisión domiciliaria a Cunha Ferré, implicado en los crímenes del centro clandestino “Sheraton"
Es en el marco de la investigación por los homicidios de Carlos Alberto Hobert y Graciela Maliandi, ocurridos durante un procedimiento ilegal el 17 de diciembre de 1976. El ex jefe del Grupo de Artillería N°1 “Brigadier General Iriarte”, actualmente alojado en el Hospital Penitenciario Central I en Ezeiza, será enjuiciado próximamente por los crímenes ocurridos en aquél centro clandestino.

Por mayoría, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal confirmó la decisión del titular del Juzgado Federal N°3, Daniel Rafecas, que rechazó la solicitud de arresto domiciliario presentada por la defensa de Manuel Antonio Luis Cunha Ferré, ex jefe de la Batería Comando y Servicio y ex oficial de Inteligencia en el Grupo de Artillería n° 1 “Brigadier General Iriarte”, procesado por crímenes de lesa humanidad en el centro clandestino de detención "Sheraton", que funcionó en la Subcomisaría de Villa Insuperable, La Matanza.

La decisión de los jueces se da en el marco de la investigación por el homicidio agravado -por el concurso premeditado de dos o más personas- de Carlos Alberto Hobert y Graciela María Maliandi, ocurridos el 17 de diciembre de 1976, durante un operativo ilegal en su vivienda de la localidad bonaerense de Villa Bosch. Esta investigación es un desprendimiento de un primer tramo por el cual el imputado comenzará próximamente a ser juzgado en un debate oral y público por los crímenes en "Sheraton".

La defensa había solicitado al juez Daniel Rafecas que le concediera la prisión domiciliaria a su asistido, en virtud de que éste había superado el límite de 70 años de edad previsto por el artículo 32° de la Ley 24.660, padecía problemas de salud y que el otorgamiento del beneficio no acarreaba riesgo procesal alguno.

Sin embargo, el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°3 rechazó la solicitud “al considerar que, más allá de su edad, su encarcelamiento en el complejo penitenciario no agrava su estado de salud ni genera un menoscabo ilegítimo a sus derechos, toda vez que sus constatadas patologías se encuentran debidamente tratadas y controladas en el Hospital Penitenciario Central I en Ezeiza donde se halla alojado”. Contra tal decisión, la defensa interpuso recurso de apelación.

El camarista Jorge Ballestero señaló que la defensa no justificó "de qué modo el mantenimiento de su detención en el establecimiento penitenciario podría traer aparejado un riesgo actual y concreto para la salud de Cunha Ferré o un menoscabo ilegítimo en sus derechos".

Oportunamente, la fiscal de la Unidad de Asistencia por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, María Ángeles Ramos, expresó oralmente los motivos por los que entendía que la decisión debía ser confirmada.

Al resolver la cuestión, los jueces de la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal, Jorge Ballestero y Eduardo Farah, confirmaron lo resuelto por el juez Rafecas y denegaron la prisión domiciliaria. Por su parte, su colega Leopoldo Bruglia votó en disidencia.

En su voto, el juez Ballestero consideró que “de los agravios expuestos por la defensa no se desprende, ni el suscripto logra advertir, de qué modo el mantenimiento de su detención en el establecimiento penitenciario podría traer aparejado un riesgo actual y concreto para la salud de Cunha Ferré o un menoscabo ilegítimo en sus derechos que justifique la adopción de la medida solicitada”.

En tal sentido, sostuvo que de las conclusiones vertidas por los facultativos del Cuerpo Médico Forense que examinaron al imputado se infiere que “la modificación de la detención a la modalidad domiciliaria no resulta procedente toda vez que es posible tratar adecuadamente los problemas de salud que padece el imputado en el establecimiento en el que actualmente se encuentra detenido”, ello porque “a pesar de las afecciones que padece se encuentra clínicamente compensado en su estado de salud física aparente, sin evidencia de patología aguda en evolución que constituya una urgencia”.

Para concluir, el magistrado señaló que “más allá del análisis acerca de si el cumplimiento del arresto provisorio en forma domiciliaria podría repercutir en un incremento de los peligros procesales oportunamente afirmados en razón de los alcances, rol y entidad de su intervención en los hechos, lo cierto es que la propia cuestión de fondo relativa a su estado de salud es la que no permite conceder lo peticionado”, en virtud de lo cual se confirmó la decisión del juez Rafecas y se instruyó a los profesionales del Cuerpo Médico para que completen y actualicen la base de información del expediente respecto al estado de salud del imputado, para así contar con un mejor panorama de la situación.

 

A juicio

Por otra parte, desde el próximo 3 de agosto, y con la intervención de la fiscal María Ángeles Ramos, el Tribunal Oral Federal N°1 de la Capital Federal juzgará a Cunha Ferre –junto a Rodolfo Enrique Godoy, Roberto Obdulio Godoy, Leopoldo Luis Baume y Juan Alfredo Battafarano- por los crímenes acontecidos en el centro clandestino de cetención “Sheraton”, que funcionó en entre diciembre de 1976 y abril de 1978 en la Subcomisaria de Villa Insuperable, sita en la intersección de las calles Tapalqué y Quintana de la localidad bonaerense de La Matanza.

En este proceso, Cunha Ferré se encuentra acusado por su intervención como Oficial de Inteligencia en la privación ilegal de la libertad de catorce personas y la aplicación de tormentos a siete de ellas, las cuales estuvieron cautivas en ese centro clandestino de detención, que operaba bajo la órbita del Primer Cuerpo del Ejército Argentino, Subzona 11, Área 114 a cargo del Grupo de Artillería Nº 1 de Ciudadela.