25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Luego de demoras en la conformación del tribunal
La Rioja: comienza el juicio por el homicidio del obispo Angelelli
Desde este lunes serán juzgados el ex general Luciano Benjamín Menéndez y el ex aviador Luis Fernando Estrella. En el debate también se juzgará la tentativa de homicidio del sacerdote que acompañaba al obispo cuando volcó el auto en el que viajaban. Fueron convocados 130 testigos.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Rioja comenzará a juzgar desde este lunes al ex comandante del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez (86 años), y al ex vice comodoro, Luis Fernando Estrella (82), acusados como autores mediatos del homicidio del obispo de esa provincia, Enrique Angelelli, y de la tentativa de homicidio de Arturo Pinto, el sacerdote que lo acompañaba cuando el 4 de agosto de 1976 volcó el auto en el que viajaban, en un episodio que, según las evidencias, fue un atentado.

Luego de demoras en la conformación definitiva del tribunal debido a la carencia de magistrados titulares, los jueces que tendrán a cargo este juicio son Juan Carlos Reynaga, de Catamarca, y Carlos Lascano, de Córdoba; y con la presidencia de José Camilo Quiroga Uriburu, de La Rioja.

En tanto, los fiscales intervinientes serán Horacio Salman y Darío Illanes.

El dictador Jorge Rafael Videla, el ex general Albano Eduardo Harguindeguy y el ex comisario Juan Carlos Romero también estaban acusados pero murieron antes de que comenzara este proceso.

Las audiencias se van a desarrollar todos los lunes. Para la primera jornada, está prevista la lectura del requerimiento de elevación a juicio y se espera que la defensa de los imputados plantee cuestiones preliminares que intenten frenar el debate, tras lo cual serán indagados Estrella y Menéndez.

El tribunal convocó para el debate a más de 130 testigos, pero como muchos ya declararon en la causa “Estrella”, en la que se juzgaron a los responsables de los homicidios de los sacerdotes Carlos Murias y Gabriel Longeville, ambos de la diócesis de Angelelli, es factible que se incorporen sus videos y que no tengan que testimoniar nuevamente.

Ese procedimiento está previsto en las llamadas “Reglas Prácticas de Casación” y su objeto es evitar la revictimización de los testigos que ya declararon sobre los mismos hechos en otro proceso.

De acuerdo con la acusación fiscal, el homicidio de Angelelli ocurrió el 4 de agosto de 1976 cuando el Obispo se trasladaba junto a Pinto desde desde Chamical con destino a la ciudad de La Rioja, al mando del utilitario Fiat 125 Multicarga. Ambos llevaban consigo una carpeta con información sobre el homicidio de los sacerdotes Carlos de Dios Murías y Gabriel Longueville, ocurrido días antes.

Cuando transitaban por el kilómetro 1056 fueron alcanzados a gran velocidad por un auto de color claro –presumiblemente, un Peugeot 404- conducido por personas que no han podido ser individualizadas en la investigación.

El vehículo claro alcanzó a la camioneta de Angelelli y Pinto por su izquierda y luego la encerró hacia la derecha con una maniobra intencionalmente brusca, que produjo una explosión y el vuelco del rodado, que trajo como resultado la muerte del obispo y las lesiones en Pinto.

Planificación y autoría mediata

En el requerimiento a la elevación a juicio, que será leído el lunes en la audiencia, los fiscales Darío llanes y Carlos Gonella dieron por probada la responsabilidad mediata de los imputados por el homicidio de Moseñor Angelelli.

Sostuvieron que “el Comandante en Jefe del Ejército Argentino y Presidente de la Junta Militar que de facto gobernó nuestro país, el entonces Teniente General Jorge Rafael Videla, dispuso un plan de acción que integraba el resto de las Fuerzas Armadas y de seguridad, policiales y penitenciarias provinciales, con la finalidad de eliminar, mediante la destrucción psíquica y física, a toda persona o grupo de personas que se opusiera -sea por la fuerza, sea por las ideas- al estilo de vida adecuado a los valores de la cultura occidental y cristiana que la dictadura cívico-militar decía defender”.

Además, los fiscales señalaron que “en el marco de este plan, el General Albano Harguindeguy, titular del Ministerio del Interior entre el 29 de marzo de 1976 y el 29 de abril de 1981, emitió directivas precisas para eliminar los grupos vinculados al Movimiento de Sacerdotes del Tercer Mundo”.

Y agregaron que “en la jurisdicción del III Cuerpo de Ejército, ese plan era delineado e implementado por su Comandante, el entonces General de División Luciano Benjamín Menéndez; del que dependía el Batallón de Ingenieros 141 que tenía su base en La Rioja, y se encontraba a cargo del Teniente Coronel Osvaldo Pérez Battaglia, ya fallecido”.

Además, los fiscales aseguraron que “el Ejército Argentino detentaba la responsabilidad primaria en la “lucha contra la subversión” y que de aquél Batallón dependía la Base Aérea Chamical “CELPA”, elemento orgánico de la Fuerza Aérea Argentina”.

En ese sentido, Gonella e Illanes indicaron que “el jefe del Escuadrón Tropas y del Departamento Aeródromo de dicho elemento era el vice Comodoro Luís Fernando Estrella, quien de acuerdo a su posición intermedia dentro de la estructura castrense, emitía al personal bajo su mando órdenes ilícitas en el marco de las operaciones destinadas a combatir la ‘subversión’”.

Y señalaron que el comisario Juan Carlos Romero, que se hallaba bajo las órdenes del jefe de Inteligencia y Operaciones del Batallón de Ingenieros 141, el lugar de retransmisión de las órdenes provenientes del III Cuerpo de Ejército en el marco de la “guerra anti-subversiva”, y se brindaba la infraestructura y recursos necesarios para llevarla a cabo.

De esta manera, los fiscales explicaron el contexto en que “se planificó, ordenó e instrumentó el atentado con la finalidad de eliminar al Obispo de La Rioja, Enrique Angelelli”, acusación que será puesta en debate a partir de este lunes.