29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Masacre de Capilla del Rosario
La fiscalía pidió perpetua para los tres militares imputados por catorce homicidios
Los fiscales Vehils Ruiz y Merep también solicitaron que los imputados cumplan la pena en "cárcel común" y que, una vez firme la sentencia, pierdan sus grados militares y la jubilacion. Los hechos, calificados por la fiscalía como crímenes de lesa humanidad, sucedieron en agosto de 1974. Mañana, el veredicto.

Los fiscales Rafael Vehils Ruiz y Javier Merep solicitaron que se condene a prisión perpetua al ex capitán del Ejército Carlos Eduardo del Valle Carrizo Salvadores, al ex subteniente Mario Nakagama y al ex teniente primero Jorge Exequiel Acosta, a quienes consideraron coautores del homicidio doblemente agravado de catorce integrantes del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) el 12 de agosto de 1974 en la localidad de Capilla del Rosario, hechos que calificaron como crímenes de lesa humanidad.

Vehils Ruiz y Merep alegaron esta mañana durante más de dos horas ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Catamarca, integrado por los jueces Juan Carlos Reynaga, Gabriel Eduardo Casas y Carlos Enrique Jiménez Montilla. Los fiscales señalaron que los imputados actuaron como coautores "en virtud de la división de tareas en el plan criminal común" que llevó a cabo la dictadura y señalaron que los homicidios estuvieron doblemente agravados por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas.

Los hechos ocurrieron el 12 de agosto de 1974, cuando personal del Ejército –entre los que se encontraban los tres imputados- fusiló en la lomada de Capilla del Rosario a catorce integrantes de la "Compañía de Monte Ramón Rosa Jiménez" del ERP. Los homicidios ocurrieron luego de que las víctimas hubieran sido capturadas tras el frustrado intento de toma del Regimiento 17 de Infantería Aerotransportada de Catamarca. 

Además, los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron para los tres imputados la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos y que cumplan la pena en una "cárcel comun", dado su "perfecto estado de salud" y porque "una condena como la solicitada puede alentar el intento de fuga".

Los fiscales también requirieron que "una vez que se encuentre firme la sentencia, se oficie al Estado Mayor General del Ejército para que retire los cargos militares que ostenten a la fecha y para que dejen de percibir el beneficio jubilatorio".

Lesa humanidad

Vehils Ruiz y Merep remarcaron que, si bien los hechos ocurrieron en 1974 y no en plena dictadura militar, se trata de crímenes de lesa humanidad, tanto para el derecho internacional como nacional. "El contexto histórico en el cual se desarrollaron los hechos, en el interregno constitucional entre 1973 y 1976, no es óbice para esa calificación", explicó a Fiscales Vehils Ruiz.

La fiscalía puso el acento en otros precedentes judiciales que calificaron como crímenes de lesa humanidad hechos anteriores al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, como la Masacre de Trelew, del 22 de agosto de 1972; el Operativo Independencia en Tucumán, de 1975; y las violaciones a los derechos humanos llevadas a cabo en el centro clandestino Protobanco, que funcionó desde 1974 en la Brigada Güemes de la Policía bonaerense, en Camino de Cintura y Riccheri.

La calificación de crímenes de lesa humanidad es el principal punto que, durante los alegatos, intenta atacar la defensa de los tres imputados, dado que es la clave para discutir la prescripción de los crímenes.

Tras los alegatos de la defensa, que concluirían en la tarde de hoy, el tribunal escucharía mañana las últimas palabras de los imputados, tras lo cual se retiraría a deliberar para dar a conocer el veredicto horas después.