25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervinieron la fiscala Laura Mazzaferri, el auxiliar fiscal Julio Darmandrail y la auxiliar fiscal Eugenia Montero
Mar del Plata: condenaron a tres ex militares a prisión perpetua y otro a dos años de prisión, y dispusieron su exoneración
Las penas máximas fueron para tres ex oficiales de inteligencia por los delitos de privaciones ilegales de la libertad, tormentos, homicidios y haber integrado una asociación ilícita. Otros tres acusados únicamente por integrar la misma asociación ilícita fueron absueltos por el tribunal.

Ocho meses después del inicio del debate y en consonancia con el pedido de penas presentado en el alegato fiscal, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata –integrado por los jueces Fernando Machado Pelloni y Héctor Sagretti y la jueza María Claudia Morgese Martín- condenó a prisión perpetua a los ex oficiales de inteligencia (“S2”, en la jerga castrense) de las planas mayores de los Grupos de Artillería Antiárea (GADA) 601 y 602 de esa ciudad, Carlos Alberto Suárez, Rubén Enrique Miguel Fernández y Carlos Víctor Milanese, por los delitos de privación ilegal de la libertad, tormentos y homicidios, y por haber integrado una asociación ilícita, este último delito con votos de la mayoría. En tanto, el teniente coronel retirado Emilio Guillermo Nani (también ex S2), recibió una pena de dos años de prisión por el único hecho que se tuvo por probado a su respecto en el debate, el allanamiento ilegal de domicilio en el marco de un operativo que comandó en la localidad de Necochea. Los cuatro ex militares, una vez que la sentencia quede firme, serán exonerados.

En el juicio se tuvieron por probados todos los hechos que habían sido sometidos a conocimiento del tribunal.

El tribunal entendió que no se había acreditado la hipótesis de acusación fiscal y, por lo tanto, dispuso la absolución respecto del ex S2 Enrique Horacio Capella, del ex suboficial de la Sección Inteligencia de la Agrupación de Artillería de Defensa Aérea (AADA) 601, Julio Efraín Irizarri, y del ex oficial del Grupo de Artillería Antiaéreo Mixto (GADA MIX) 602, Juan Ramón Goicoechea. La fiscalía –con el acompañamiento de la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, representada por la abogada Gloria León- los había acusado de haber sido miembros de una asociación ilícita y había pedido penas de siete años de prisión para Capella y de seis años de prisión para Irizarri y Goycochea.

En el juicio se dio por probado que Suárez, Fernández y Milanese fueron parte de la asociación ilícita que operó en Mar del Plata y la zona, a partir de su contribución y aporte en el Área Inteligencia de la Subzona 15.

La audiencia que dio por concluido el debate comenzó –como durante todo el juicio- en horario vespertino, cuando tuvo lugar la etapa de últimas palabras de los acusados, que optaron por no declarar. De esta manera, el presidente del TOF dispuso un cuarto intermedio y el tribunal pasó a deliberar de manera remota, dado que solo Machado Pelloni se encontraba en la sala de audiencia y sus colegas lo acompañaron desde la virtualidad durante la jornada. En la sala estuvieron presentes también la fiscala Laura Mazzaferri, la auxiliar fiscal María Eugenia Montero, el auxiliar fiscal Julio Darmandrail, y Romina Cavallo, secretaria de la Oficina de Derechos Humanos del MPF en Mar del Plata.

Los fundamentos del fallo se conocerán el 3 de diciembre. En el juicio se dio por probado que Suárez, Fernández y Milanese fueron parte de la asociación ilícita que operó en Mar del Plata y la zona, a partir de su contribución y aporte en el Área Inteligencia de la Subzona 15, de conformidad con la reglamentación que otorgaba a esta especialidad un rol clave en la definición de los blancos y la explotación de las fuentes de información, en sintonía con lo expresado por la fiscalía al momento de los alegatos.

Los y las sobrevivientes no pudieron estar presentes en la sala de audiencias por las medidas de prevención de contagio de COVID-19, como tampoco familiares, compañeros y compañeras de militancia, pero pudieron seguir la transmisión en vivo por el canal del Poder Judicial de la Nación.

Los casos juzgados

Los hechos que formaron parte de la acusación fueron descriptos con detalles por la fiscalía durante las jornadas de alegato. De las 131 víctimas que integran el objeto procesal de este debate denominado “Subzona 15 II” -por tratarse de un segundo tramo de la causa acumulada-, hubo 22 hechos que llegaron a instancia de juicio por primera vez, otros que ya habían tenido condena en la primera parte de este juicio acumulado, y hechos que ya cuentan con sentencia firme. Sin embargo, se juzgaba por primera vez el funcionamiento del área de inteligencia de la Subzona que funcionó en el ámbito de la Agrupación de Artillería de Defensa Aérea (AADA) 601 y que se denominó Comando de Operaciones e Inteligencia (COI), según la acusación fiscal.

La fiscala Mazzaferri destacó en su alegato que el patrón común en todos los casos fue la gráfica gravitación de la actividad de inteligencia que concentraba la Jefatura de la AADA 601.

La exposición de la acusación tuvo horas de relatos de historias truncas por desapariciones y asesinatos, de nombres y direcciones, de secuestros y torturas; se describieron los modos de actuar de los grupos de tarea –en sus particularidades y modus operandi en común-, los centros clandestinos por los que pasaron los detenidos y las detenidas, los operativos en medio de la noche en los que participaban varios autos con hombres armados, y los abusos y violaciones de las que fueron víctimas cuatro mujeres; una de ellas, una niña que entonces tenía 12 años. El patrón común en todos los casos fue la gráfica gravitación de la actividad de inteligencia que concentraba la Jefatura de la AADA 601, según destacó Mazzaferri al momento de la acusación en juicio.

Los ex miembros del Ejército, de acuerdo al alegato fiscal, “tuvieron una participación activa y decisiva en el plan sistemático de represión ilegal practicado durante la última dictadura militar, en razón de formar parte de las fuerzas conjuntas, integrando así una agrupación permanente que operó para cometer un sinnúmero de delitos mediante la implementación y ejecución de órdenes tendientes a combatir la subversión, sirviéndose para ello de la totalidad de la estructura del Estado”.

Mazzaferri había requerido, además, un cambio de calificación legal en relación con los cuatro hechos que incluyeron crímenes sexuales, conforme la advertencia realizada al momento de la audiencia preliminar, con el fin de visibilizar, desde una perspectiva de género, la comisión de esos delitos. Para ello, tuvo en cuenta que habían sido cometidos en el marco de las privaciones ilegales de la libertad y tormentos por los que se había formulado el requerimiento de elevación a juicio, pero esto fue rechazado por el tribunal al momento de dictar el veredicto.

Los jueces y la jueza decidieron dejar a disposición del Ministerio Público Fiscal los testimonios de lo actuado para que los presente en la instancia o por la vía que estime pertinente. La fiscala había citado a la jueza Ana María Figueroa en el caso “Mulhall” cuando sostuvo que calificar estos sucesos como parte de los tormentos “impide reflejar la especificidad de la agresión sufrida por las víctimas, agresiones que quedan englobadas en una descripción típica que no refleja cabalmente todo el contenido de injusto puesto de manifiesto en la acción”.