18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Estrategias dilatorias en el final del debate
Neuquén: el tribunal oral rechazó la recusación del fiscal en el juicio a 22 acusados
Un ex militar de inteligencia pidió el apartamiento del fiscal subrogante Walter Romero porque indicó que su designación no se ajustaba a la ley y porque pertenece al colectivo Justicia Legítima. El TOCF ratificó la actuación del representante del MPF por unanimidad.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén rechazó la recusación que interpuso la defensa de uno de los acusados y ratificó la intervención del fiscal Walter Romero en el juicio que se sigue a 22 ex miembros de fuerzas armadas y de seguridad que están siendo juzgados en esa capital por crímenes de lesa humanidad en la conocida como "Causa Castelli".

El fallo, firmado el 22 de junio pasado por los jueces Guido Otranto, Alejandro Silva y Marcos Aguerrido, no hizo lugar a la pretensión del ex militar de inteligencia Jorge Héctor Di Pasquale, quien había pedido el apartamiento del fiscal Romero -con el aval técnico de su defensora oficial-  en base a dos argumentos: que su designación como fiscal subrogante no se ajustaba a la ley y "la falta de objetividad en virtud de su pertenencia a la asociación Justicia Legítima", pues "ello lo convierte en integrante de una 'justicia militante' que lo priva de objetividad, imparcialidad e independencia".

En efecto, el acusado -que ya recibió dos condenas por crímenes de lesa humanidad en Neuquén y La Plata- señaló que en audiencias celebradas el 10 y 11 de diciembre pasado "el fiscal formuló sus acusaciones con una exagerada animadversión para con las fuerzas legales sacando de contexto los hechos relatados". Di Pasquale describió, así, la lectura del requerimiento de elevación a juicio en el inicio del proceso.

Al rechazar la recusación, el tribunal oral se pronunció en línea con la posición del propio fiscal. Indicó la "extemporaneidad" de la presentación de Di Pasquale motivada en hechos ocurridos en diciembre pasado y remarcó que la designación de Romero -fiscal federal de Azul- para actuar como fiscal subrogante en este juicio se ajusta al artículo 11 de la ley 22946, es decir, la ley orgánica del Ministerio Público Fiscal, y a las resoluciones PGN 13/98 y 35/98 sobre la materia.

"La designación de Romero como fiscal subrogante se revela como una medida tendiente a cumplir eficazmente las funciones asignadas al MPF, no advirtiéndose a partir de la lectura de las presentes actuaciones, elemento alguno que permita inferir ilegalidad en su nombramiento", indicaron los jueces.

Finalmente, en relación a la participación del fiscal en "Justicia Legítima", el tribunal indicó que "tal agravio encierra un juicio de valor por parte del imputado sin asidero jurídico". Remarcó que "exigirles neutralidad [a los fiscales] es desestimar su condición de parte", pues "su labor se imprime, esencialmente, en la búsqueda de la verdad con apego a los hechos y pruebas obrantes en la causa, ajustando su accionar a la normativa procesal aplicable y el respeto de los derechos fundamentales de los justiciables. En ese marco, entendemos que la objetividad del Dr. Romero para intervenir en la causa no se ha visto comprometida".

La causa

El juicio oral en el que está siendo juzgado Di Pasquale comenzó en diciembre pasado y es la consecuencia de la unificación de dos causas que abordan los crímenes perpetrados en la subzona militar 52, con sede en la Brigada de Infantería de Montaña VI de Neuquén. El debate está ingresando en su etapa final y, tras la feria judicial, comenzarían los alegatos.

Los hechos que integran el objeto del juicio son casos de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados y homicidios.

Las víctimas cuyos casos se tratan en el debate pasaron por los centros clandestinos de detención "La Escuelita", que funcionó en edificaciones ubicadas en terrenos del Comando de la VI Brigada de Infantería de Montaña; la comisaría 24° de Cipolletti (Río Negro), la Delegación Neuquén de la Policía Federal Argentina (PFA), la Unidad 9 del Servicio Penitenciario Federal en Neuquén, el Escuadrón 30 "Chos Malal" de la Gendarmería Nacional y la Escuela de Instrucción Andina del Ejército en Bariloche.