El Tribunal Oral Federal N°1 de San Martín impuso hoy prisión perpetua al exjefe de Personal del área militar 400, Luis Pacífico Britos, e impartió penas de 7 años de prisión para el exjefe de la Compañía Destino de la Escuela para Apoyo para el Combate “General Lemos”, Horacio Rafael Sánchez, y de 5 años y 6 meses de prisión para el excomisario de seccional de Villa Ballester, Carlos Caimi. Los tres fueron hallados culpables de distintos delitos de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 15 víctimas en el ámbito de aquella área militar, que tenía jurisdicción en los partidos de Zárate-Campana y dependía operacionalmente del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo.
Al dictar su veredicto, el tribunal integrado por el juez Daniel Gutiérrez y las juezas María Claudia Morgese Martín y Silvina Mayorga, declaró que los hechos juzgados constituían crímenes de lesa humanidad.
Además, ordenó "la reparación histórica de todos los legajos laborales y/o estudiantiles, según corresponda, en todos aquellos casos en los que se hayan aplicado respecto de las víctimas cesantías y/o suspensiones y/o despidos y/o expulsiones, o medidas análogas", en los términos de la Ley 27.656, de reparación histórica para víctimas del terrorismo de Estado.
En el juicio, que comenzó el 9 de octubre del año pasado, se juzgaron los delitos contra 15 víctimas entre los que se encuentran militantes de la organización Montoneros y del Partido Revolucionario de los Trabajadores–Ejército Revolucionario del Pueblo (PRT-ERP), entre ellos un soldado que estaba realizando la conscripción, y trabajadores de empresas metalúrgicas y petroleras de la zona norte del Gran Buenos Aires.
“El ataque central fue hacia la clase obrera”, sostuvo al iniciar el 3 de junio pasado su alegato la auxiliar fiscal Gabriela Sosti, quien intervino durante el debate en representación del Ministerio Público Fiscal.
Con respecto a los acusados, en otra de las jornadas de su alegato, dijo: “Estos sujetos estuvieron preparados para aniquilar y arrasaron con todo límite moral, ético, con el último registro de humanidad que pudieron alguna vez haber tenido. Fueron dueños de la vida y de la muerte, del dolor y la dignidad”.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 30 de septiembre próximo.
Detalle de las condenas
La audiencia, que se realizó de forma virtual, comenzó a las 10 con las últimas palabras de los imputados y retomó a las 12 con la lectura del veredicto, en el que tribunal detalló las penas impuestas.
En ese sentido, los jueces consideraron a Pacifico Britos como coautor de los delitos de allanamiento ilegal reiteradas en 9 oportunidades; privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencia y amenazas en 13 hechos; imposición de tormentos agravados por ser la víctima un perseguido político en 13 ocasiones y homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas en 11 hechos.
Por su parte, Caimi fue considerado partícipe primario del delito de allanamiento ilegal, privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional, agravada por el empleo de violencias y amenazas, imposición de tormentos por ser la víctima un perseguido político en perjuicio de una víctima. Asimismo, el tribunal lo absolvió con respecto a los hechos calificados como violación agravada por haberse ocasionado un grave daño en la salud de la víctima y por haber mediado el concurso de dos o más personas
Por último, Sánchez fue condenado por coautor de los delitos de privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional, agravada por el empleo de violencia y amenazas, imposición de tormentos agravado por ser la víctima un perseguido político en perjuicio del entonces conscripto Gerardo Morales, un perseguido político.