El fiscal a cargo de la Fiscalía Federal N°5, Leonel Gómez Barbella, solicitó la elevación a juicio de la causa en la que se acusa al ex comisario de la Policía Federal Argentina Juan Dib de haber entregado durante la última dictadura cívico-militar al hijo biológico de Frieda Elena Laschan Mellado y Ángel Omar Athanasiu a la pareja apropiadora.
El representante del Ministerio Público le pidió a la jueza María Romilda Servini de Cubría que decrete el cierre de la etapa de instrucción, para que luego se realice el debate oral y público. Para Gómez Barbella, Dib deberá responder como partícipe necesario de los delitos de retención y ocultación de un menor de diez años y la alteración de su estado civil, “en tanto su aporte devino indispensable para la consumación de los comportamientos cuestión por parte de sus autores (los apropiadores)”.
El caso
En el repaso de los hechos -que encontró acreditados a través de una veintena de elementos probatorios- la Fiscalía indicó que Frieda Elena Laschan Mellado y Ángel Omar Athanasiu Jara, ambos de nacionalidad chilena, estaban refugiados en la Argentina desde 1974, ya que eran perseguidos por la dictadura de su país por ser militantes políticos. El 15 de abril de 1976, fueron secuestrados junto a su bebé de seis meses por agentes del Ejército Argentino y otras fuerzas represivas. La pareja permanece desaparecida desde entonces, en tanto que como consecuencia de la investigación, el joven apropiado conoció su verdadera identidad en agosto de 2013.
“Tras dicha sustracción, (…) fue entregado por quien entonces se desempeñaba como comisario de la Delegación Rosario de la Policía Federal Argentina, Juan Dib, a Enrique Andrés López y a Carmen Clementina Saunier”, quienes posteriormente anotaron al niño en el “Registro del Estado Civil de la Provincia de Santa Fe como si fuese su hijo biológico, alterándole así su verdadera identidad y estado civil”, indicó Gómez Barbella.
Roles activos
La Fiscalía puntualizó que al momento de los hechos, López “se encontraba bajo las órdenes” de Dib. Según se desprende de sus legajos personales, ambos habían sido destinados a la ciudad santafesina con tan sólo un mes de diferencia: Dib en diciembre de 1975 y López en enero de 1976. Al respecto, precisó que “durante la última dictadura militar, el imputado Juan Dib se desempeñó activamente, tal como surge de la nómina de personal aportada por el Ministerio de Seguridad de la Nación, como Comisario de la Policía Federal Argentina, más precisamente en la Delegación Rosario de dicha fuerza (…)”. López, por su parte, fue ascendido a inspector en 1975 y en Rosario integró la denominada “Oficina Técnica”, destinada a tareas de inteligencia y persecución de militantes políticos.
De un informe realizado por el Grupo Especial de Relevamiento Documental -remitido por la Directora Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Seguridad de la Nación- “surge que personal de la Policía Federal Argentina perteneciente a la Delegación Rosario actuó de manera subordinada al Ejército Argentino en diez operativos de represión ilegal concatenados entre sí, de los cuales siete fueron ordenados y/o autorizados por el Comisario Juan Dib”. En ese sentido, se añade que el propio Dib destacó la participación de distintos integrantes de aquella oficina en los operativos comandados por los militares. Tras su paso por Rosario, “pasó a cumplir funciones en la Superintendencia de Seguridad Federal, organismo que tenía bajo su mando a los cuerpos de inteligencia utilizados por la Policía Federal para la represión ilegal”.
Gómez Barbella consideró que esas constancias constituyen “una fiel muestra” de que el acusado “conocía que se estaba llevando adelante un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, ataque en el cual incluso él tomó activa intervención, y que la conducta que desplegó” con relación a la víctima “se inscribía en ese contexto”. Tanto la mujer acusada, Carmen Clementina Saunier, como el joven apropiado relataron que quien lo entregó en la Delegación Rosario fue un comisario, que era oriundo de Buenos Aires y tenía dos hijos. “Todas estas circunstancias son coincidentes con las condiciones personales de Dib y su núcleo familiar”, indicó el fiscal. Por otra parte, destacó que “existen fuertes indicios de que Dib tuvo en su poder al niño en su propio seno familiar”, aunque ese tramo de la conducta no forma parte del proceso en cuestión.
“En definitiva, todas estas circunstancias refuerzan la hipótesis de que Juan Dib conocía que el niño que entregaba a su subordinado y su concubina era un niño previamente sustraído de la esfera de custodia de su familia biológica, como consecuencia de la represión ilegal y su desaparición forzada”, concluyó la fiscalía.
Apropiación sistemática
Por otra parte, el fiscal Leonel Gómez Barbella reseñó que “en el caso de los bebés y niños, importaba ‘rescatarlos’ de las manos de sus padres biológicos ‘subversivos’. Esta lógica interna que atravesó las operaciones de quienes llevaran adelante el gobierno de facto en lo específicamente vinculado con la apropiación de bebés y niños, supuso separarlos de sus vínculos filiales de origen, en el contexto del secuestro de sus progenitores, luego conducidos a los CCD [Centros Clandestinos de Detención], algunos nacidos en estos, pero constituyéndose dichos sucesos delictivos en el objeto de diversas causas penales”.
“En efecto, el plan de represión ilegal se complementó con la sistemática apropiación de los hijos de los detenidos, estos últimos, en la mayoría de los casos, aún hoy ‘desaparecidos’. Es decir, este ilícito y terrorista accionar, montado sobre la lucha contra la subversión, importó la desaparición de los padres de las criaturas y la consecuente negación en revelarles (a quienes ya son adultos de casi cuatro décadas), su origen biológico, el porqué de la separación y, finalmente, el destino de sus padres. Como consecuencia de ese plan, los niños de las personas desaparecidas por el terrorismo de Estado, fueron arrancados de su historia, fueron confinados a años de ‘no saber’ y, por lo tanto, a la construcción de una historia sobre la base de cimientos falseados de la realidad”, agregó el representante del Ministerio Público
La Fiscalía contó con la colaboración de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado, a cargo de Pablo Parenti. Por otra parte, cabe recordar que la causa penal que involucra al matrimonio apropiador ya fue elevada a juicio, luego de que se dictara la clausura parcial de la etapa de instrucción.