28 de abril de 2024
28 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de los fiscales Pablo Camuña y Carlos Brito
Tucumán: solicitan juicio oral para tres expolicías provinciales y para un exjuez federal por el asesinato de Isauro Arancibia
El gremialista docente fue asesinado junto a su hermano en la madrugada del 24 de marzo de 1976 durante un allanamiento en el que también murió un agente policial. Para los representantes del MPF no existen dudas de que los hechos del caso constituyen fusilamientos y no muertes en el marco de un “enfrentamiento”, como presentaron las defensas y remarcaron que el material probatorio demuestra que las muertes de los hermanos Arancibia fueron producto de una violenta balacera.

El titular de la Fiscalía Federal N° 1 de Tucumán, Carlos Brito, y el fiscal coordinador de la Oficina Tucumán de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad,  Pablo Camuña, solicitaron la semana pasada la elevación a juicio oral de la causa donde se investiga a tres expolicías provinciales y un exjuez federal por el asesinato del gremialista docente Isauro Arancibia y su hermano Arturo René.

La acusación alcanza a Mario Escalada, Jorge Ragonese y José Sánchez, tres agentes que participaron del operativo en el que murieron las dos víctimas, a los que los fiscales consideraron coautores de "violación de domicilio y homicidio calificado", ambos en concurso real con el delito de asociación ilícita. En el caso del exjuez federal Manilo Torcuato Martínez el requerimiento del MPF fue por "incumplimiento de los deberes a su cargo como juez federal de Tucumán actuando con abuso de autoridad, prevaricato y omisión de promover la persecución penal de los autores materiales de los homicidios, materializando así su participación secundaria en el homicidio doblemente agravado de los hermanos Arancibia y la violación del domicilio".

De acuerdo a la reconstrucción de los hechos, en la madrugada del 24 de marzo de 1976 los hermanos lsauro y Arturo René Arancibia arribaron a su domicilio de calle Congreso 295 de San Miguel de Tucumán, lugar de residencia del primero de ellos, y donde también funcionaba la sede de la Agremiación Tucumana de Educadores Provinciales (ATEP), de la cual eran dirigentes sindicales. A los pocos minutos de entrar al inmueble, llegaron al lugar tres móviles de la Brigada de Investigaciones de la policía provincial, cuyos integrantes se encargaron de derribar la puerta para ingresar al local de ATEP. Inmediatamente, se escuchó un fuerte tiroteo que duró escasos minutos y que culminó con el asesinato de los dos hermanos Arancibia, quienes presentaban numerosos impactos de bala. También murió en esa ocasión el policía provincial y miembro de la Brigada de Investigaciones Sergio Oscar Fagioli y resultó herido el policía Antonio Armando Peralta.

De esa comitiva policial participaron los imputados Escalada, Ragonese y Sánchez, de acuerdo al acta policial del día de los hechos. De acuerdo a la evidencia colectada, la investigación policial de entonces fraguó el procedimiento y su contraparte judicial llevada adelante por el exjuez federal Martínez sólo acogió esta versión policial, lo que llevó a que dicte resoluciones contrarias a la ley sin haberse realizado medidas conducentes a la verdad de lo sucedido y a la determinación, enjuiciamiento y sanción de sus autores. A la fecha de su asesinato, Isauro Arancibia era Secretario General de ATEP y ya antes había sido objeto de amenazas por parte de grupos paramilitares y parapoliciales, como la Alianza Anticomunista Argentina (AAA).

De igual manera, para el MPF no existen dudas de que los hechos del caso constituyen fusilamientos y no muertes en el marco de un “enfrentamiento”, como presenta la defensa. Para ello, remarcaron que el material probatorio demuestra que las muertes de los hermanos Arancibia fueron producto de una violenta balacera y no en términos de un “enfrentamiento”.

Para el Ministerio Público Fiscal, la participación de Escalada, Ragonese y Sánchez quedó probada con el acta del operativo policial incorporada a la causa, donde figuran sus nombres junto a los de los demás agentes que intervinieron en la violación de domicilio y el posterior asesinato de los hermanos Arancibia. En su requerimiento de elevación a juicio, los fiscales también destacaron que no hubo presencia ni actuación militar determinante en el lugar de los hechos, posición adoptada por la defensa de los acusados en un intento de eludir las responsabilidades penales del caso. De hecho, para los representantes del MPF “son numerosos los elementos de prueba que indican justamente lo contrario: la ausencia de las fuerzas militares en estos hechos criminales”.

En ese sentido, destacaron que en el acta cabecera del sumario policial realizado en aquel momento surge que a las 05.10 de la mañana del 24 de marzo de 1976  estaban en el lugar de los hechos el Jefe de Investigaciones y el segundo jefe Comisario Principal con personal de investigaciones, sin hacer ningún tipo de mención de presencia militar. En esa misma línea, también figura allí una comunicación realizada al por entonces juez Martínez, donde sólo se menciona como fuerzas intervinientes en estos hechos en forma exclusiva a policías.

De igual manera, para el MPF no existen dudas de que los hechos del caso constituyen fusilamientos y no muertes en el marco de un “enfrentamiento”, como presenta la defensa. Para ello, remarcaron que el material probatorio demuestra que las muertes de los hermanos Arancibia fueron producto de una violenta balacera y no en términos de un “enfrentamiento”. Los fiscales remarcaron que tampoco se le realizó la autopsia al cadáver del sargento Fagioli para saber qué tipo de arma produjo su deceso porque, de acuerdo al médico obrante, “no era necesario”, y que de las armas que figuran secuestradas en el procedimiento de entonces, no puede tenerse por probado siquiera que hayan existido dado que nunca fueron habidas. “Todo esto contribuye a sostener que las actuaciones policiales y judiciales de marzo de 1976 no fueron más que una máscara (procedimientos fraguados) para disfrazar la realidad de los fusilamientos realizados”, agregaron.

Sobre la responsabilidad penal del exjuez federal Manlio Martínez, los fiscales Camuña y Brito sostuvieron que debe analizarse desde su actuación judicial en el sumario policial e hicieron hincapié en que en ese documento se ofrece la versión de los sucesos de la sede de ATEP dada por los propios ejecutores de los asesinatos de los hermanos Arancibia con la teoría de un enfrentamiento. “A este ‘relato’ fáctico el ex juez federal imputado Martínez adscribió sin más con total conformidad. Pese a lo llamativo e improbable de la versión dada por entonces por la propia policía, la causa judicial iniciada por Manlio Martínez no tomó en ningún momento un rumbo orientado a determinar cómo sucedieron realmente los hechos y quiénes fueron los responsables de los homicidios violentos”, sostuvieron.

En un primer momento, el proceso había sido paralizado por una declaración prematura de falta de mérito por parte del juez interviniente. Ante ello, el MPF ahondó en la investigación y produjo una significativa cantidad de pruebas nuevas de gran complejidad y completitud. En esa línea, se recibieron cuatro declaraciones testimoniales y se adjuntaron a ellas 14 fotografías de la época e incluso un proyectil recolectado por uno de los testigos en la escena del crimen. Además, se realizaron autopsias por parte del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y el Equipo Argentino de Antropología Forense donde se determinó que la causa de muerte de ambas víctimas fueron lesiones por proyectiles de armas de fuego en cabeza, tórax, abdomen y miembros inferiores. También la Gendarmería Nacional Argentina peritó los proyectiles extraídos de los cuerpos de los hermanos Arancibia y del aportado por el testigo (concluyendo que son de calibre 9 mm y 11.25 mm y pertenecen a armas cortas o de mano, armas utilizadas por la policía de Tucumán). Finalmente se realizaron pericias caligráficas de las firmas insertas en el acta de la policía de Tucumán por parte del Laboratorio Científico y Pericias de la Agencia Regional Federal Tucumán de la Policía Federal Argentina de donde surgió, entre otras cuestiones, que las firmas de Escalada y Ragonese insertas en el acta policial cabeza de esta investigación les pertenecía a los respectivos imputados.