19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes y PROCUNAR
Casación anuló la decisión de la Cámara Federal de Corrientes que mantenía la situación de libertad de una mujer procesada por narcotráfico y ordenó el dictado de una nueva resolución
Así lo dispusieron los jueces de la Sala III, al hacer lugar al recurso interpuesto por los fiscales Carlos Schaefer y Diego Iglesias, contra la decisión de la Cámara Federal correntina que había mantenido la situación de libertad de la imputada.

El pasado 16 de diciembre, los jueces de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, hicieron lugar al recurso interpuesto conjuntamente por los  fiscales Carlos Schaefer y Diego Iglesias, respectivamente a cargo de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes y la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), contra la decisión de la Cámara Federal correntina que hizo lugar al recurso de la defensa de María Hilda Calabrese, para que ésta mantuviera su libertad bajo caución personal. En esa resolución, ordenó el apartamiento de los magistrados que la integran y  la desinsaculación de nuevos magistrados a los efectos de que se dicte una nueva resolución de acuerdo a los lineamientos trazados por ese Tribunal.

Calabrese está procesada como partícipe necesario, en orden a los delitos de transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de estupefacientes, agravado por la organización y cantidad de intervinientes en concurso real con el delito de asociación ilícita. La defensa de la mujer solicitó su excarcelación, la cual fue concedida, lo que motivó que los fiscales recurrieran tal decisión.

El 28 de diciembre de 2015, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la presentación de los representantes del Ministerio Público y ordenó el dictado de una nueva resolución. Sin embargo, la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes desoyó la decisión del Tribunal de Alzada y mantuvo la libertad de Calabrese, lo que motivó que los fiscales presentaran un nuevo recurso y, ante su rechazo, interpusieran el respectivo recurso de queja –a fin de que se ordene la detención de la mujer-.

En su presentación, Schaefer e Iglesias consideraron que la resolución de la Cámara correntina resultaba arbitraria por “no analizar la naturaleza y complejidad de los hechos que se le atribuyen a la imputada”, al tiempo que solicitó que se anulase la excarcelación de Calabrese y su inmediata detención.

En una nueva resolución, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Liliana Catucci, Juan Carlos Gemignani y Eduardo Riggi, concordaron hacer lugar al recurso interpuesto por Schaefer e Iglesias, anular la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes y reenviar las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento.

En su voto, al que adhirieron sus colegas Riggi y Catucci, el juez Gemignani sostuvo que “existen elementos a considerar que cuentan con la entidad suficiente para tener por configurados los peligros procesales que ameritan revocar la resolución cuestionada, con la finalidad de asegurar el normal desarrollo del proceso”. Agregó que debía considerarse que “la nombrada posee un importante patrimonio que la dota de suficiente solvencia económica como para entorpecer la causa, colaborar con quienes aún no han podido ser traídos al proceso y, eventualmente, fugarse de la Justicia” y concluyó que “la detención de la encausada no resulta irrazonable a los fines de garantizar el normal desarrollo y finalización del proceso que se le sigue, lo que torna arbitraria la decisión en examen”.

Por su parte, su colega Riggi opinó que “la decisión de la Cámara a quo que dispuso nuevamente la excarcelación de la acusada, quien se encuentra vinculada a gravísimos delitos relacionados con una organización delictiva presuntamente dedicada al comercio internacional de estupefacientes, no se ajusta a la ley aplicable”. Recordó que la Sala que integra ya había anulado, en diciembre de 2015, la excarcelación otorgada a Calabrese, “decisión que fue inexplicablemente desatendida por los integrantes de la Cámara a quo, lo que se les hace notar para que no se repita en lo sucesivo”.