20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de Corrientes participó en el juicio
Casación confirmó las penas de tres hombres condenados por transportar casi media tonelada de marihuana
Lo dispuso por mayoría la Sala IV, al rechazar el recurso interpuesto por la defensa de los tres implicados contra la sentencia del tribunal correntino, que el año pasado les impuso hasta ocho años de prisión.

En línea con el planteo del fiscal general Raúl Pleé, los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazaron el recurso interpuesto por la defensa de Néstor Iván Tauriani, Juan Rodrigo Dominato y Leonardo Manuel Oliva contra la condena impuesta por el Tribunal Oral Federal de Corrientes en orden al delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas.

El caso

En la madrugada del 7 de marzo de 2017, personal de la Gendarmería Nacional realizaba un control de rutina a la altura del kilómetro 1232 de la Ruta Nacional N°12, cuando apareció un Volkswagen Gol que era conducido por Tauriani–quien viajaba junto al hijo menor de edad de otro de los imputados-, que intentó evadir el retén a través de las calles de Villa Olivari. Sin embargo, fue detenido por personal del Escuadrón 47 en el control de Itaibate, donde se requisó el automóvil y se hallaron 306 paquetes de marihuana, que arrojaron un pesaje total de 249,289 kilogramos.

Por su parte, a la altura del kilómetro 173 de la Ruta Nacional N°118 se interceptó un Volkswagen Vento, en el que viajaba Leonardo Oliva, junto a su mujer y sus tres hijos  mientras que en el cruce de las Rutas 118 y 12 se detuvo otro Volkswagen Gol en el que circulaban Dominato, su pareja y sus dos hijos,  en cuyo interior fueron descubiertos 223 paquetes de marihuana por 203,249 kilos.

El juicio

Con intervención del titular de la Fiscalía General ante el TOF de Corrientes, Carlos Schaefer, en octubre de 2018 se realizó el debate oral y público en el que los jueces Víctor Alonso, Lucrecia Rojas de Badaró y Susana Beatriz Campos condenaron a uno de los hombres a seis años de prisión y a los dos restantes a ocho, y multa de $76.500 para todos ellos, como coautores penalmente responsables del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas. Además, dispusieron el decomiso de los tres vehículos utilizados en el ilícito y su puesta a disposición de la Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico del Ministerio de Seguridad de la Nación y la destrucción de los estupefacientes incautados.

En tal sentido -y en concordancia con la tesis de la fiscalía- concluyeron que los imputados viajaron expresamente desde Puerto Madryn (Chubut) hasta Misiones y Corrientes para buscar y transportar la droga que les fue incautada , y que los tres actuaron conjuntamente “más allá de que la sustancia tóxica era transportada en los vehículos que conducían Dominato y Tauriani”. Asimismo, puntualizaron que “Oliva era quien conocía la zona y los lugares de abastecimiento de la marihuana”.

Tras permanecer tres meses detenido en el Escuadrón N”47 “Ituzaingó” de la Gendarmería Nacional, Oliva se fugó junto a otro preso y permaneció prófugo cuatro meses hasta que fue aprehendido en Formosa cuando transportaba 600 kilos de marihuana.

La decisión de la Cámara Federal de Casación Penal

Contra dicho decisorio, la defensa de Dominato, Oliva y Tauriani interpuso recurso de casación por errónea aplicación de la ley sustantiva al calificar la conducta de sus asistidos, por arbitrariedad y errónea valoración de la prueba para sustentar la condena impuesta a Oliva, al tiempo que solicitó la atenuación de las penas impuestas a Dominato y Tauriani y su excarcelación.

En la audiencia celebrada ante la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en la que intervino el titular de la Fiscalía General N°4 Raúl Pleé -quien, en similares términos a los expuestos por Schaefer, propugnó el rechazo del recurso interpuesto-, los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, por mayoría, resolvieron rechazar el recurso de casación interpuesto y confirmar las condenas.

En su voto -al que adhirieron sus colegas- el camarista Hornos repasó los fundamentos de la sentencia del Tribunal Oral Federal de Corrientes y consideró que “la prueba ha sido valorada de acuerdo a las leyes de la lógica y a las reglas de la sana crítica, de la psicología y el sentido común; sin observarse errores o fisuras en el íter lógico-jurídico expresado por los jueces para fundamentar la materialidad del suceso incriminado, la autoría del imputado y la calificación legal escogida”.

Agregó que “las críticas introducidas por la defensa en este punto no resultan más que una mera discrepancia con la valoración efectuada por el ‘a quo’ [en referencia al tribunal oral] respecto del material probatorio reunido en la causa; y solo encuentran sustento en la versión alternativa de los hechos que la defensa ha sostenido a lo largo del debate, sin apoyatura en los elementos probatorios reunidos”.

En relación al pedido de atenuación de la pena impuesta a Dominato y Tauriani y la supresión del agravante del artículo 11, inciso “C” de la Ley 23.737, consideró su rechazo dado que las sanciones fijadas “no resultan en definitiva arbitrarias en tanto ha sido debidamente fundadas y proporcionales (…) y no han excedido los límites de culpabilidad ni el grado de injusto cometido por los encausados”.

Finalmente, sostuvo que no resultaba procedente la libertad pues la conducta desplegada, “aunado a la circunstancia de que las penas ya no resultan ser en expectativa, autoriza a considerar razonable la presunción del riesgo procesal de frustrar la aplicación de la ley penal que implicará la obtención de la libertad, en esta instancia del proceso, por parte de los imputados”.