29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el juicio intervino la Fiscalía General Nº3 ante los TOF porteños
Condenaron a ocho acusados a penas de entre tres y ocho años de prisión por comercialización de estupefaciente
Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal Nº1, que además ordenó el decomiso de varios bienes tal como lo había solicitado la representante del MPF en sus alegatos. Los acusados tenían como puntos de venta de la droga boliches del barrio de Palermo y fiestas electrónicas.

El Tribunal Oral Federal Nº1 condenó a penas de entre tres y ocho años y seis meses de prisión, a los ocho acusados por tráfico de estupefacientes. La fiscal general Gabriela Baigún, a cargo de la Fiscalía General Nº3 ante los Tribunales Orales Federales había requerido penas de hasta quince años de cárcel y, en tal sentido, adelantó que interpondrá recurso de casación por los montos de la sanción impuesta por los jueces.

En la sentencia los jueces también ordenaron, tal como lo había requerido la representante del MPF, el decomiso de varios vehículos, máquina para producir pastillas, máquina contadora de dinero, termoselladora, balanzas, celulares, armas de fuego, y dinero en efectivo. Al imputado Carlos De Lillo el tribunal le impuso la pena máxima de ocho años y seis meses de prisión, que unificada con una condena que ya tenía por contrabando, fue condenado a una pena única de doce años  y una multa de 18.000 pesos. A los restantes siete imputados las multas varían entre 12.000 y  15.000 pesos.

El tribunal condenó a los ocho acusados por el delito de tráfico de estupefaciente, salvo el caso de Carlos García Favano a quien se le impuso el delito de tenencia simple de estupefacientes de 230 pastillas de éxtasis.

La causa se inició en agosto de 2014, con una denuncia anónima realizada por un padre ante la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la Policía Federal Argentina, que daba cuenta que una mujer, de nombre Virginia, le habría vendido pastillas a un menor en el boliche “Mandarine” o “Crobar”, en el barrio de Palermo de la Capital Federal. Así se le dio intervención a la División Precursores Químicos y Drogas Emergentes de la mencionada superintendencia para que lleve a cabo las tareas investigativas.

La acusación de la fiscalía

En marzo de este año comenzó el debate oral y público y en julio la representante del MPF alegó en el caso. En esa oportunidad tuvo por probado que los imputados traficaban estupefacientes en distintas modalidades, preparación, comercialización, y almacenamiento, y que tenían como punto de venta boliches de Palermo y fiestas electrónicas. Además del pedido de penas, la fiscal general Baigún solicitó el decomiso de automóviles, dinero, una moto, un inmueble, una máquina que se utilizaba para la fabricación de pastillas y armas, entre otros elementos.

En este sentido, solicitó que se condene a los ocho imputados y requirió la pena única de quince años de prisión para Carlos Alberto De Lillo (unificada con la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº1 a 4 años y 7 meses de prisión, actuaciones en las que se encontraba prófugo al momento de ser detenido en el año 2015, oportunidad en la que oculto su verdadero nombre identificándose con datos falsos al momento de ser arrestado), por encontrarlo responsable del delito de tráfico de estupefacientes, en sus modalidades de preparación y comercialización, en concurso real con el delito de tenencia ilegítima de 12 documentos nacionales de identidad ajenos.

Así también, requirió se condene a Carlos Sebastián Agüero y Alan Santiago González Quintela a nueve años de prisión, por el delito de tráfico de estupefaciente en su modalidad de comercialización, a Carlos Damián García Favano a la pena de seis años por el delito de almacenamiento de estupefacientes y al resto de los imputados – Virginia Ovejero, Claudio Gonzalo Roch y Hugo Rubén Cesaroni - a siete años  por encontrarlos responsables del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercialización.

Por último, acusó a Sergio Gustavo González  por el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercialización y tenencia de dos armas de fuego, y solicitó la pena única de prisión perpetua, en virtud de la condena que se le impusiera en el marco de la causa 1085, en la que se juzgó el crimen de José Luis Cabezas.