25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el fiscal general subrogante Gabriel González Da Silva
Bahía Blanca: condenaron a penas de hasta 17 años de prisión a tres integrantes de una organización narcocriminal
El Tribunal Oral Federal los condenó por hechos de narcotráfico y acopio y tenenecia de armas en Bahía Blanca y Monte Hermoso. Otras dos personas fueron absueltas por el tráfico de drogas pero condenadas por tenencia de armas sin autorización, tal como lo solicitó la fiscalía. Una restante fue absuelta de la acusación de partícipe secundaria en hechos de narcocriminalidad.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó ayer a tres hombres a penas de 8, 7 y 17 años de prisión por integrar una organización narcocriminal que comercializó estupefacientes y acopió armas entre 2016 y 2018 en las ciudades de Bahía Blanca y Monte Hermoso.

Los jueces Sebastián Foglia, Ernesto Sebastián y Pablo Díaz Lacava -integrantes del TOF que dictó sentencia- además condenaron a un hombre y a una mujer a penas de 2 años y 6 meses de prisión y a un año de prisión por tenencia sin autorización de arma de guerra y tenencia sin autorización de arma de uso civil, respectivamente, y los absolvieron de la acusación relacionada con el tráfico de drogas, tal como había solicitado el fiscal general subrogante Gabriel González Da Silva. El tribunal también dispuso la absolución de otra mujer, que había sido acusada por la fiscalía como partícipe secundaria en el tráfico de estupefacientes.

Finalmente, los jueces dispusieron el decomiso de los bienes incautados en los procedimientos.

La investigación

De acuerdo con la acusación, Walter Oscar Ledesma era quien obtenía la droga y la guardaba en distintos inmuebles de la ciudad portuaria y Monte Hermoso. Además era quien daba las instrucciones más importantes, suministraba vehículos a otros miembros de la organización y otros recursos -como armas- y financiaba la adquisición de los estupefacientes con fondos propios.

Por otra parte, Ledesma le distribuía los estupefacientes a Andrés Sáez y Rubén Kraser –sus personas de confianza- que las hacían llegar a distintos vendedores que operaban en Bahía Blanca. La organización también estaba integrada por Nadia Cordova Arcuri, Damián Rapezza y Gisela Kraser.

Así, en el marco de una serie de allanamientos practicados en 2018, se encontró un paquete de cocaína compacta con un peso de 1 kilo y 32 gramos y una bolsa de nylon de 10 gramos de igual sustancia, junto a una pistola Bersa, en un inmueble de Monte Hermoso, que estaba a nombre de Ledesma. En un galpón que éste alquilaba en Bahía Blanca, también se halló una bolsa con cocaína en polvo con un peso de 513 gramos y siete paquetes rectangulares con cocaína compacta de alrededor de 1 kilo cada uno.

El tribunal dispuso el decomiso de los bienes incautados en los procedimientos, la destrucción del estupefaciente y la entrega a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) de las armas y cargadores secuestrados.

Los procedimientos se efectuaron además en los domicilios de Sáez y Kraser. Al primero se le incautaron siete bolsitas de cocaína con un peso total de 9,1 gramos y 6,7 gramos de marihuana, mientras que al segundo se le descubrió una bolsa con cocaína con un peso de 143,2 gramos y 4,2 gramos de marihuana en un domicilio que tiene en Bahía Blanca, y 20,3 gramos de marihuana en otro domicilio, ubicado en Monte Hermoso.

El juicio

En su alegato, el fiscal general González Da Silva había solicitado una condena unificada de 22 años de prisión para Walter Ledesma, a quien señaló como el líder de la banda y organizador del comercio de estupefacientes agravado, al tiempo que le imputó el acopio de armas de fuego y la tenencia de un arma de guerra.

También para Andrés Abelardo Sáez y Rubén Kraser –quienes distribuían y comercializaban la droga que les proveía Ledesma- pidió una condena unificada de 14 años y seis meses de prisión para el primero, y de 9 años para el segundo, al tiempo que solicitó que se le imponga a Nadia Cordova Arcuri la pena de tres años de prisión de ejecución condicional  y la observancia de las reglas de conducta, en carácter de partícipe secundaria de tráfico de drogas.

Finalmente, solicitó condenas por tenencia de armas y la absolución por tráfico de estupefacientes para las dos personas restantes: a Damián Rapezza, quien se encontraba en prisión preventiva, se le solicitó la excarcelación debido a que la pena que pidió el fiscal es de tres años de prisión, periodo que ya había cumplido intramuros. Mientras que para Gisela Celeste Kraser pidió la condena de un año y seis meses de prisión, y de dos años de cumplimiento de reglas de conducta.

Las condenas

Si bien se apartó parcialmente de los pedidos efectuados por el fiscal en su alegato en lo que hace al monto de las penas y parte de las calificaciones legales contenidas en la acusación, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó a Ledesma a la pena unificada de 17 años de prisión, multa, accesorias legales y costas como autor de los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por la intervención de tres personas organizadas para cometerlo; acopio de armas de fuego sin autorización legal y encubrimiento por haber recibido o adquirido cosas que provenían de un delito (respecto de dos armas con la numeración suprimida).

A su turno, a Sáez se le revocó la condena condicional que tenía y se le impuso una pena unificada de 8 años de prisión, multa y accesorias legales por el mismo delito imputado a Ledesma, mientras que Rubén Kraser recibió 7 años de prisión, multa y accesorias legales por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada y tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legal.

A Damián Esteban Rapezza se lo condenó por tenencia de arma de guerra a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional y la observancia de las reglas de conducta consistentes en fijar residencia y someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de la Ejecución. En tanto, Gisela Kraser recibió un año de prisión de ejecución condicional, multa de 3 mil pesos y la obligación de cumplir con reglas de conducta, en orden al delito de tenencia de arma de fuego de uso civil. Rapezza y Kraser fueron absuelto y absuelta junto a Córdova Arcuri de la imputación que les cabía por tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercio agravado, ya que la fiscalía no los acusó en la instancia de juicio.

Finalmente, el TOF de Bahía Blanca dispuso hacer lugar al decomiso de los bienes incautados en los procedimientos, la destrucción del estupefaciente y la entrega a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) de las armas y cargadores secuestrados. Asimismo, fijó fecha para el 15 de noviembre, a las 13.30 para dar a conocer los fundamentos de la sentencia.