25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino Fiscalía General N°2 ante los TOF de Córdoba
Condenas de hasta 10 años y seis meses de prisión para tres hombres por narcotráfico
Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal N°2 de Córdoba. Los imputados fueron sorprendidos cuando trasladaban 683.522,56 kilogramos de marihuana desde Paraná hacia la ciudad de Córdoba.

Con la intervención del titular de la Fiscalía General N°2 ante el TOF de Córdoba, Carlos Gonella, el Tribunal Oral Federal de dicha jurisdicción condenó Gabriel Osvaldo Ludueña, Daniel Ernesto Irrazábal y Carlos Antonio Salinas, a penas de entre 7 años y 10 años y seis meses de prisión en orden al delito de organización y transporte de estupefacientes agravado. Además, se dispuso el decomiso de los vehículos secuestrados y la destrucción de la marihuana incautada.

Los hechos

La pesquisa se inició a raíz de una denuncia anónima, recibida el 9 de noviembre de 2016. Así, la Fiscalía Federal N°2 de Córdoba –a cargo de Gustavo Vidal Lascano- encomendó tareas investigativas a la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la Policía Federal Argentina y, en el marco de una intervención telefónica se tomó conocimiento de que, en febrero de 2017, Ludueña recibiría un cargamento proveniente de la ciudad Paraná.

Asimismo, el 9 de febrero de 2017, Ludueña adquirió una camioneta BMW X3, en la que se trasportaría el estupefaciente desde el litoral hasta su domicilio, en el barrio Urca de la capital cordobesa. También, de las intervenciones telefónicas, surgen comunicaciones del imputado en las que fijaba el precio de venta de la droga.

El 25 de febrero de 2017, personal de la División Antidrogas de la PFA se constituyó en Paraná, a fin de interceptar a los imputados. Mientras efectuaban tareas de vigilancia, los oficiales vieron cuando el Renault Sandero, conducido por Irrazábal -que oficiaba de “abrecaminos”- ingresaba al puente subfluvial, seguido por la camioneta BMW –que manejaba Salinas-, un Peugeot 207 y un Volkswagen Gol. Al advertir la presencia de controles, los imputados intentaron evadirlos, produciéndose una persecución.

Así, Salinas detuvo la camioneta a metros del arroyo “La Santiagueña”, se arrojó al lecho del mismo, donde fue detenido por personal policial. En el interior del vehículo se encontraron 62 panes rectangulares con marihuana en su interior, la cual arrojó un pesaje total de 683.522,56 kilogramos. Por su parte, Irrazábal también fue detenido, aunque los conductores del Peugeot 207 y de Volkswagen Gol pudieron escapar.

En paralelo, se dispuso el allanamiento de la vivienda de Ludueña, en el barrio Urca de la ciudad de Córdoba, donde fue aprehendido.

En su requerimiento de elevación a juicio, el fiscal federal Gustavo Vidal Lascano señaló que “Ludueña, en su calidad de organizador del transporte de estupefacientes estaba a la espera de un cargamento de droga”, que fue “Carlos Antonio Salinas quien transportó la carga ilícita”, mientras que Daniel Ernesto Irrazábal hizo de “abre caminos” del vehículo conducido por Salinas.

Agregó que las pruebas recabadas “permiten avizorar una organización donde Ludueña habría tomado decisiones y ejercido roles fácilmente identificables como el líder de la banda, y los dos imputados restantes llevaban a cabo las órdenes impartidas por el primero, existiendo una clara división de actividades, ya sea la negociación para la compra de la sustancia ilícita, la venta y disposición del estupefaciente, el transporte, el abre caminos avisando de retenes policiales…”, por lo que requirió que se enjuiciara a Ludueña como autor del delito de organización de transporte de estupefacientes, mientras que Salinas e Irrazábal debían serlo como autor y partícipe secundario, respectivamente, del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de personas intervinientes.

El juicio

En su alegato, el fiscal general Gonella mantuvo la acusación efectuada por su colega de la instancia anterior. Así, requirió que Ludueña fuera condenado a nueve años y seis meses de prisión como autor del delito de organizador de transporte de estupefacientes. En relación a Irrazábal y Salinas, pidió sendas penas de seis años de prisión, y cuatro años y seis meses de prisión, como cómplices secundarios, en orden al delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de personas intervinientes.

Al analizar las pruebas reproducidas en el debate, el Tribunal Oral Federal N°2 de Córdoba, condenó a Gabriel Osvaldo Ludueña a la pena de diez años y medio de prisión y multa de $300.000 –equivalente a 100 unidades fijas-, accesorias legales y costas como autor del delito de organización de transporte de estupefacientes.

Por su parte, Daniel Ernesto Irrazábal y Carlos Antonio Salinas fueron condenados como participes necesarios de transporte de estupefacientes agravado por el número de personas intervinientes, a las respectivas penas de 8 años y 7 años de prisión, multa de $210.000 –setenta unidades fijas-, accesorias legales y costas, al tiempo que se declaró reincidente a éste último.

Asimismo, el TOF N°2 de Córdoba dispuso el decomiso de los elementos secuestrados con relación a los hechos, la destrucción del estupefaciente incautado y difirió la lectura de los fundamentos de la sentencia para el próximo 13 de diciembre de 2019, a las 12:00 hs.