26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
La Corte Suprema dispuso que intervenga la justicia federal, en línea con un dictamen de la Procuración General de la Nación
El MPF continuará interviniendo de manera coordinada en las investigaciones sobre la banda liderada por “Dumbo”
En la investigación interviene la Fiscalía Federal N°12 con colaboración de la PROCUNAR. Se le atribuye el fraccionamiento y comercialización de cocaína, pasta base y marihuana, junto a otros delitos vinculados, valiéndose de personas que le brindan seguridad, equipos de comunicación y “marcadores”.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), en conformidad con un dictamen de la Procuración General de la Nación, determinó ayer que es el fuero federal el que debe continuar llevando adelante la investigación que alcanza a la organización narcocriminal presuntamente liderada por Raúl Martín Maylli Rivera, apodado “Dumbo”, que opera en los barrios Padre Mugica de Villa Lugano, Bermejo y 1-11-14. Fue al resolver un conflicto de competencia en el que el fuero de excepción y el Penal, Contravencional y de Faltas porteño, luego de advertir su conexidad, reclamaban mutuamente su inhibición y la unificación de dos procesos para seguir a cargo de la pesquisa.

En la investigación interviene el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, a cargo de Julián Ercolini, y la Fiscalía N°12 del fuero, a cargo de María Alejandra Mángano, con colaboración de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR). El Ministerio Público Fiscal solicitó la detención del organizador del grupo criminal el 20 de mayo, y posteriormente se incorporaron expedientes de hechos relacionados con la actividad de la banda y relacionaron con esos sucesos a más de 20 personas. En ese sentido, el miércoles se concretaron ocho detenciones en el marco de los procedimientos de registro y allanamiento de casi medio centenar de domicilios.

Antes de la resolución de la Corte Suprema dictaminó el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal. El representante del MPF recordó, el 11 de junio, que la Ley n° 26.052 “modificó sustancialmente la competencia material para algunas de las conductas típicas contenidas en la Ley n° 23.737 –de estupefacientes-, al asignar su conocimiento a la justicia local, siempre que las provincias adhieran a ese régimen legal, lo que de ningún modo importa desconocer el carácter prioritario de la jurisdicción federal en la materia”. “En este sentido –continuó- el artículo 3 de esa ley -antes y después de su modificación por la Ley n° 27.502- establece inequívoca y expresamente que conocerá la justicia federal cuando -como ocurre en el sub examine- la causa tuviera conexidad subjetiva y/u objetiva con otra sustanciada en dicho fuero”.

Casal también advirtió que “la gran cantidad de sustancias estupefacientes secuestradas, y la forma en que estaban acondicionadas, no permiten afirmar que estuvieran destinadas a la venta para su consumo inmediato por lo que también considero que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la ley 26.052, debe ser la justicia de excepción la que conozca en estas actuaciones”. A ello se le suma “el gran número de municiones halladas”, que podría “configurar el delito de acopio, de exclusiva competencia federal", y que la magistrada local “reconoció expresamente” la vinculación de otras figuras penales de naturaleza ordinaria con las infracciones a la Ley n° 23.737, “sin que el juez federal haya efectuado reparo alguno en tal sentido al insistir en la inhibitoria respecto de toda la causa”.

Por esos motivos, el procurador interino había opinado que correspondía declarar la competencia de la justicia federal. La Corte compartió esa postura y, en un breve fallo, resolvió ayer que “resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 11, al que se le remitirán”. La CSJN, al resolver, tuvo en cuenta que la justicia federal inició sus actuaciones en noviembre de 2018 y cuenta con “amplio caudal probatorio”, según había indicado el Juzgado Federal al trabarse el conflicto de competencia.

Qué se investiga

Ya en mayo los fiscales habían destacado en su pedido que los informes provistos por la Policía Federal Argentina, la Policía de la Ciudad y el Cuerpo de Investigaciones Judiciales del MPF de la CABA daban cuenta de que “la organización funcionó desde fines de 2019 hasta la actualidad principalmente en el barrio Padre Mugica -muy especialmente en inmediaciones de la Platea 11 (…)”, en tanto que el fraccionamiento y la comercialización de marihuana, pasta base y cocaína se realizaría en el contiguo asentamiento Bermejo. También se marcó el “rol preponderante que ‘DUMBO’ ocupa en la estructura criminal y lo muestran impartiendo directivas al resto de los integrantes, tanto respecto a la comercialización, como al dinero producido y la seguridad otorgada por los ‘marcadores’ a esta actividad".

Al momento de formular las imputaciones, se sostuvo que para realizar esas actividades “la organización llevó adelante otras acciones de corte delictivo (tales como el abuso de armas y almacenamiento y uso permanente de armamento y municiones), con el claro objetivo de mantener la hegemonía territorial de la zona en que se produciría la mayor parte del emprendimiento criminal en cuestión. Además con el fin de mantener el control del lugar, la organización se valía del aporte de ‘marcadores’ (algunos de ellos menores de edad) en diferentes sectores cercanos y lejanos a los puntos de venta de material ilícito, quienes utilizaban equipos de comunicación para alertar sobre las personas que ingresan al barrio y la presencia de fuerzas de seguridad. Asimismo los integrantes de la banda se manejaban con custodios -fuertemente armados- quienes les brindan seguridad dentro del barrio. Como parte del control ejercido por la organización en la zona empleaban tachos de basura, heladeras y/o sillones colocados en las calles para impedir el ingreso de vehículos”.