25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El fiscal Snopek desistió de la acusación, asistido por la Procunar
Jujuy: absuelven a tres acusados e investigarán a la policía por plantar droga
Durante el debate oral se probó la inocencia de una pareja y de su cuñado y que agentes de la Brigada de Narcotráfico de la localidad de San Pedro habrían plantado la droga en un procedimiento realizado en un kiosco. En aquél operativo, también fueron detenidas otras personas y una de ellas denunció golpes y amenazas por parte de los policías para que no hablara. Ahora, la investigación recaerá sobre los policías.

Una pareja y su cuñado fueron absueltos por el Tribunal Oral Federal de Jujuy, al finalizar el 31 de octubre el juicio realizado contra esa familia por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Dado que el fiscal Franciso Snopek, asistido por los miembros de la Procunar, desistió de la acusación, los jueces Santiago Díaz, Fátima Ruíz López y Daniel Morín no sólo absolvieron a Enrique Sotelo, su esposa María Fernanda Cayón y su cuñado Cristian Sebastián Gómez, sino que ordenaron dejar las actuaciones a disposición de la Fiscalía para que se realicen las investigaciones sobre el rol de los efectivos de la Brigada de Narcotráfico de San Pedro, que estuvo a cargo de la investigación preliminar y el procedimiento por el que fue detenida y juzgada la familia.

Denuncia en la Procunar

El 10 de mayo de este año se acercaron a la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) el abogado del colectivo “La Ciega” de La Plata, Sebastián Montiel, el integrante del Movimiento 24 de marzo Nunca Más", Pablo Juárez y el testigo Diego Constancio, quienes transmitieron la problemática que están viviendo los vecinos de localidad de San Pedro de la provincia de Jujuy, a raíz de una serie de hechos de violencia en los que se encontraría involucrado personal policial de la Brigada de Narcotráfico de San Pedro.

Entre otros casos, mencionaron el de “Quique” Sotelo, quien para entonces se encontraba detenido por comercio de estupefacientes y próximo a ir a juicio oral.

Al respecto, Diego Constancio relató que fue testigo del accionar policial -específicamente de lo que hizo el policía Facundo Simón Quiroga-  durante el allanamiento que se realizó el 3 de agosto de 2012 en el kiosco de Sotelo. Relató que vio al policía “colocar una bolsita entre los cajones de bebidas”, sobre la cual se determinó luego que contenía 2 gramos de pasta base de cocaína, fraccionados en 44 envoltorios.

En base a este procedimiento, producto de las tareas de investigación preliminar realizadas por el mismo Quiroga, el Juzgado Federal de Jujuy  dictó el procesamiento con prisión preventiva no sólo de Sotelo, sino también de su esposa María Fernanda Cayón y su cuñado, Cristian Sebastián Gómez, imputándoles el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Constancio también contó que, ese mismo día, junto a otros seis amigos que estaban en la puerta del kiosco cuando se realizó el operativo, fueron detenidos por averiguación de antecedentes y conducidos a la Brigada de Narcotráfico de San Pedro.

Esa noche lo sacaron de su celda y lo llevaron a un baño, donde el policía Facundo Quiroga y otros camaradas le dieron una golpiza “para que no dijera nada”, denunció. Tras ser liberado volvió a recibir amenazas, en las que le advertían que no contara lo que había visto “o le pasaría lo mismo que a Sotelo”; incluso le dijeron que podrían hacerlo desaparecer.

Trabajo coordinado con la fiscalía antes y durante el juicio

Ante estas circunstancias, la Procunar tomó contacto con el fiscal general ante el Tribunal Oral Federal de Jujuy, Francisco Santiago Snopek, quien inmediatamente puso a disposición la causa “Sotelo” (nro. 39/13), con quien los funcionarios y funcionarias de la Procuraduría mantuvieron reuniones de trabajo sobre la causa.

El 9, 16, 24 y 31 de octubre fueron los días en que tuvieron lugar las audiencias de debate ante el TOF de Jujuy, integrado por Santiago Díaz, Fátima Ruíz López y Daniel Morín. Junto al fiscal Snopek asistieron Silvana Zolorsa, Dalila Seoane y Sylvia García Espínola, integrantes de la Procunar.

Luego de escuchar a los testigos ofrecidos por las partes y de realizar una inspección ocular en el kiosco donde se llevó a cabo el allanamiento, el Tribunal convocó a José Daniel Llanos, subcomisario jefe de la Brigada de Narcotráfico de San Pedro, quien había ordenado la investigación policial preliminar sobre Sotelo y sus allegados. Para esa tarea designó al cabo Quiroga, pero además dirigió personalmente el allanamiento efectuado en el kiosco.

El relato brindado por el subcomisario no corroboró en absoluto lo que figuraba en el sumario, y ante preguntas específicas reconoció que no pudieron acreditar lo que allí se consignó de forma genérica.

Alegato del fiscal y absolución

Al momento de formular su alegato, el  fiscal Snopek decidió no sostener la acusación contra los imputados. Para ello tuvo en cuenta los testimonios que hacían hincapié en que el procedimiento “había sido armado”, así como la falta de pruebas de cargo, pues las afirmaciones asentadas por el personal policial en el sumario presentado a la justicia no se condecían con lo manifestado por ellos en la etapa de debate.

Las declaraciones testimoniales de los policías en la instrucción apuntaban a la existencia de una supuesta organización criminal a nivel regional que integraban Sotelo y sus coimputados con otros conocidos narcotraficantes, mediante la que se facilitaba la obtención de estupefacientes y su acopio, fraccionamiento y distribución, y se brindaba seguridad a la cadena de distribución, reclutando narco-adictos que hacían de “satélites” y conformaban “anillos de alertas” o establecían perímetros y puestos de vigilancias en los domicilios dedicados a la venta de droga, a cambio de dosis de estupefacientes.

Sin embargo, nada de esto fue acreditado durante el debate, como tampoco lo fue la modalidad -también denunciada- de cambiar chips o usar mensajes codificados para eludir el control policial o realizar un delivery de droga.

Ni las fotos, los videos, las declaraciones del personal policial que participó de la investigación preliminar o la del jefe de la Brigada corroboraron las hipótesis sostenidas a lo largo del sumario.

Incluso, dos testigos reconocieron su firma en las declaraciones brindadas en sede policial, pero ninguno ratificó su contenido ni el lugar donde figuraba que habían sido obtenidas. La única prueba que vinculaba a los imputados al proceso era el hallazgo de la pasta base de cocaína durante el allanamiento.

Ante la evidencia de las serias irregularidades previas a la presentación del sumario en la justicia, Snopek le solicitó a los magistrados que además se extrajeran testimonios ante la posible comisión de delitos tales como falsedad ideológica, abuso de autoridad y apremios ilegales por parte del personal policial que participó en la investigación preliminar y en el allanamiento al kiosco de Sotelo.

El Tribunal consideró que el pedido fiscal se encontraba fundado, por lo que por aplicación de la doctrina del fallo “Mostaccio” -sin acusación no hay condena- de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, decidió absolver a todos los acusados, dispuso su inmediata libertad y ordenó dejar las actuaciones a disposición de la fiscalía para que se realicen las investigaciones que se consideren pertinentes.