25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la fiscal Gloria André
Mendoza: comenzó el juicio a seis personas por contrabando de marihuana
De acuerdo a la acusación fiscal, la organización ingresó a la provincia un cargamento de 60 kilos de cannabis que luego cruzó a Chile para comercializarlo. En 2018, Casación había intervenido en la causa luego de un recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal donde se había cuestionado la absolución de los imputados que había decretado el Tribunal Oral Federal de la provincia.

Ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza comenzó el juicio a seis personas por contrabando de marihuana. Los imputados están acusados de integrar una organización que en 2015 ingresó a la provincia un cargamento de sesenta kilogramos de cannabis que luego trasladó a Chile para su comercialización. En el juicio interviene la fiscal Gloria André. Cabe recordar que en 2018, la Sala II de la Cámara de Casación Federal de Casación Penal intervino en la causa e hizo lugar a un recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, que había cuestionado que el Tribunal (con otra integración) dictara la absolución de todos los acusados. 

De acuerdo a la acusación fiscal, entre el 13 y 14 de junio de 2015, Mercedes de Jesús Godoy y el fallecido Hernán Salinas  transportaron desde la provincia de Misiones a Mendoza sesenta kilos de marihuana, una maniobra en la que Rodolfo Araujo fue el encargado de organizar el transporte del estupefaciente. En un segundo eslabón, Oscar Acosta y José Luis Galván fueron señalados de haber coordinado la maniobra mediante la que se concretó la exportación del material a Chile, que fue secuestrado en el país trasandino entre el 20 y el 22 de junio de ese mismo año. Por último, se le atribuye a Ana María Oviedo haber colaborado con Acosta para la colocación de la mercancía fuera del país eludiendo el control aduanero; y a Alejandro González el trasladar ciento cincuenta y seis mil pesos producto de esta maniobra. 

La investigación comenzó con una presentación de la Dirección de Lucha contra el Narcotráfico de la Policía de Mendoza a partir de un pedido de asistencia internacional solicitado por la Justicia de la República de Chile, luego de que se conociese información de que una persona identificada como “Miki” (luego señalado como Galván) planeaba trasladar doscientos kilos de marihuana desde Mendoza. Luego de que se secuestrase en el país vecino un cargamento de 60 kilos de cannabis, la policía chilena estableció que el material había sido entregado por “Miki” junto a Acosta, y que ambos habrían quedado registrados en el sistema de cámaras de seguridad de Maipú.

Tras la intervención de diversas líneas telefónicas se estableció que el material habría sido entregado a Acosta por Salinas bajo la disposición de Araujo, residente en la provincia de Buenos Aires y que voló a Mendoza para organizar la operación junto a Acosta y la mujer de este, Ana Oviedo. Luego de ampliar las pesquisas, que permititeron también señalar la presunta participación de González y Galván, se allanaron los domicilios de los acusados, donde se incautó dinero en efectivo tanto en divisa local como extranjera, y diversos teléfonos celulares, entre ellos varios con tarjetas SIM pertenecientes a las investigadas en la causa. 

El recurso de Casación

Los acusados fueron elevados a juicio en 2017  y al año siguiente fueron absueltos por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza al considerar que existían dudas sobre su responsabilidad criminal. Ante ese veredicto, el Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de Casación en el que sostuvo que el abordaje de los hechos, la valoración de la prueba y la responsabilidad penal reprochada a los imputados se realizó sin tomar registro de que se estaba ante “una organización delictiva dedicada al tráfico ilícito de estupefaciente a nivel internacional, en la que cada uno de los intervinientes cumplió un rol o función determinante”. También, cuestionó que el tribunal ponderó la necesidad de contar con una serie de circunstancias concretas (el lugar específico de donde salió la droga, por cuál ruta se transportó, qué paradas se realizaron) , que “ni doctrinaria ni jurisprudencialmente se exigen para tener por probado el transporte de estupefacientes”. 

Con un voto dividido, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal al considerar que el Tribunal realizó “una justipreciación recortada y antojadiza de la prueba, contraria a las reglas fijadas por nuestro Máximo Tribunal”. Para los jueces, la sentencia no contó “con fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, lo que determina su descalificación como acto jurisdiccional válido, en tanto no constituye derivación razonada de prueba y las circunstancias del caso bajo análisis, con apego a las reglas de la lógica y la experiencia”. Por este motivo, resolvió hacer lugar al recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y ordenó que el juicio se realice ante un tribunal con una nueva composición.