16 de abril de 2024
16 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la fiscal general María Gloria André
Mendoza: penas de entre tres y trece años de prisión para siete integrantes de una banda que comercializaba estupefacientes
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Mendoza difundió los fundamentos de las condenas impuestas, en línea con el pedido de la fiscalía, a los integrantes de “La Familia”, una organización que vendía drogas bajo la modalidad de envío a domicilio, en la localidad de mendocina de Godoy Cruz.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Mendoza difundió los fundamentos de la sentencia por las que condenó, a penas de entre 3 y 13 años de prisión -tal como lo solicitara la fiscal general María Gloria André- a siete integrantes de la organización narcocriminal “La Familia”, que comercializaba de estupefacientes bajo la modalidad de envío a domicilio en la localidad mendocina de Godoy Cruz y que, al momento de ser desarticulada, tenía en su poder se más de quince kilos de marihuana, seis de cocaína y quinientas dosis de LSD.

El pasado 18 de octubre, los jueces Héctor Cortés, Julio Nacif y Pablo Salinas, condenaron a Leandro Damián Morales y su pareja Lorena Stefanía Moyano, a las penas de 13 años de prisión y multa de 141 unidades fijas, por considerarlos autores penalmente responsables de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercio de estupefacientes, en calidad de autores, en concurso real con simple tenencia de arma de uso civil sin autorización.

Por su parte, a Neri Alberto Navarría, Edouard Pierre Jules Sebastien Funck Segovia, Mirtha Liliana Jofre y Sergio Edgardo Rayes Figueroa recibieron una pena de a seis años de prisión y multa de 67,5 unidades fiscales por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercio de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas de forma organizada. Finalmente, Anabel Daniela Muñoz fue sentenciada a tres años de prisión en suspenso por considerarla partícipe secundaria penalmente responsable del mismo delito.

El tribunal también ordenó el decomiso de cuatro automóviles y una motocicleta incautados durante los allanamientos y utilizados para la comercialización de estupefacientes, como también dos motos Kawasaki sin dominio colocado, que fueron encontradas en la vivienda de Morales y Moyano.

Los hechos

La investigación comenzó el 23 de agosto de 2019 a partir de una nota de la Delegación Mendoza de la Policía Federal en la que se informó que, a raíz de tareas de inteligencia, se tomó conocimiento de un grupo de personas que se dedicaban a comercializar estupefacientes en el departamento de Godoy Cruz.

Con la información recopilada, se dispusieron distintas intervenciones telefónicas, que evidenciaron el rol y actividad de cada uno de los condenados, dentro de la banda: Morales era jefe de la organización y quien proveía la droga a Navarria, Funck Segovia, Rayes Figueroa y a su pareja, Anabel Muñoz, quienes la comercializaban bajo la modalidad de “delivery”, o en sus domicilios o cercanías, previo acuerdo con los compradores. Posteriormente, se identificó a la pareja de Morales, Lorena Moyano, quien dirigía la organización con él, y a la madre de éste, Mirtá Jofré, quien colaboraba en la comercialización de la droga.

De las escuchas telefónicas también surgió que Morales y Moyano convivían en un domicilio en Godoy Cruz donde Navarria, Funck Segovia y Rayes iban a abastecerse, y que Morales usaba tres automóviles distintos para trasladarse. Por su parte, Jofre -quien vivía en Luján de Cuyo- colaboraba en el funcionamiento de la organización al estar en contacto con algunos de los “deliverys” y también comercializaba estupefacientes con personas que concurrían a las inmediaciones del domicilio de su hijo.

Con el avance de la investigación, también se comprobó que Navarria repartía estupefacientes en auto propio, pero que luego comenzó a utilizar un automóvil prestado, a cuyo dueño le entregaba parte de la ganancia obtenida. Su relación de afinidad con Morales se comprobó luego que, en otra escucha, surgiera que éste le habría pagado a un abogado la suma de cincuenta mil pesos para solucionar un conflicto que Navarria tenía con su pareja.

Funck Segovia, operaba como un repartidor: tomaba contacto con el comprador, coordinaba un punto de encuentro y una vez en el lugar llevaba a cabo la transacción. Por su parte, Muñoz y Rayes Figueroa también vendían drogas en la vivienda que habitaban: la mujer atendía a los compradores que se acercaban al lugar, mientras que su pareja se ocupaba de los envíos a domicilio.

Los operativos

En virtud de las pruebas colectadas durante la investigación, el 12 de diciembre de 2019, se ordenaron una serie allanamientos simultáneos en las viviendas de todas las personas investigadas.

Sin embargo, horas antes de ello, personal de la Delegación Mendoza de la Policía Federal observó a Funck Segovia dirigirse en un automóvil por las calles de Godoy Cruz, por lo que se procedió a su seguimiento. Así, se pudo observar que se llegó hasta un punto donde luego arribó una camioneta, de la cual bajó una persona que, tras una conversación, realizó con él un intercambio de estupefacientes. Tras un breve seguimiento, se logró interceptar a la camioneta y se hizo descender a sus ocupantes y, tras una requisa, a uno de ellos se le incautó un envoltorio con marihuana.

Luego de este hecho, se continuó con el seguimiento del auto en el que se desplazaba Funck Segovia, hasta que pudo ser interceptado en Godoy Cruz. Luego de hacerlo bajar del vehículo, se halló en su interior un frasco de plástico con doce envoltorios con cocaína, otro envase igual con otros dieciocho paquetes y tres bolsas plásticas con cuatro trozos de marihuana y dos pastillas de sildenafil, escondidas debajo del asiento del conductor. También se incautaron un teléfono celular, y una gran cantidad de dinero en efectivo, mientras que en su domicilio encontraron dinero en efectivo de diversa denominación, dos teléfonos celulares y documentación personal,

En el procedimiento efectuado en la casa de Rayes Figueroa y Muñoz, se incautaron diez envoltorios con cocaína, dinero en efectivo en divisa local y extranjera, y cuatro teléfonos celulares, mientras que al hombre se le incautaron 11 envoltorios de papel glasé con cocaína -con un peso total de 8,4 gramos- dinero en efectivo, un teléfono celular y el automóvil en el que se trasladaba.

En el domicilio de Jofre en Luján de Cuyo, en el ambiente principal se incautaron una balanza de precisión con restos de marihuana, un frasco con semillas, y tres frascos de vidrio con dinero en pesos argentinos, chilenos y dólares en billetes de distinta denominación. En otro espacio de la casa encontraron más dinero en efectivo y 116 envoltorios de cocaína escondidos en distintos lugares, que arrojaron un peso total de 102 gramos. También secuestraron tres computadoras personales, una netbook y dos teléfonos celulares.

El operativo realizado en la vivienda compartida por Morales y Moyano fue donde se incautó la mayor cantidad de drogas. En el interior de la casa se hallaron quince kilos de marihuana, seis de cocaína, quinientas dosis de LSD, vehículos de alta gama, y más de dos millones y medio de pesos producto de las ganancias obtenidas. También hallaron quince cartuchos de escopeta, municiones de diversos calibres, un revólver calibre 22, una pistola Taurus calibre 38 y otra de marca Bersa, todas ellas sin ningún tipo de autorización de uso.

Del mismo domicilio también se incautó un sellador de plástico, una máquina de contar billetes, tres teléfonos celulares, bobinas plásticas, sustancias de corte, balanzas digitales y una prensa hidráulica.

Las coautorías

Si bien las defensas solicitaron que Navarria, Funck Segovia, Jofre y Rayes Figueroa fueran condenados como partícipes secundarios, el tribunal ratificó la decisión de juzgarlos como coautores. Al respecto, los jueces manifestaron: "cuando hablamos de coautoría no es necesario que todas las partes efectúen la acción típica del delito, sino que cada uno de los imputados reúnen por sí mismos las características propias del autor del hecho en relación a que cada uno tenía el dominio del hecho en su tarea, y han obrado con dolo en la intención de llevarlo a cabo. Cada uno se ocupa de su tarea dentro de la organización que por sí misma o conjuntamente con las demás producen el resultado típico".

Los magistrados agregaron que "la intervención de cada uno de ellos fue fundamental, no solo para que la organización encabezada por Morales y Moyano funcionara, sino también para que funcionara dentro de los parámetros que lo hacía. La importancia, o mejor dicho gravedad, de esta organización es que su manera de funcionar generaba que su alcance territorial fuera enorme, como así también el de afectación al bien jurídico protegido. Todo ello, como así también las ganancias que la organización generaba, no hubiera sido posible sin la intervención de los coimputados".