13 de octubre de 2024
13 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
En el juicio intervino la Fiscalía General N°2 ante el TOCF
Mendoza: penas de hasta nueve años de prisión para los integrantes de una banda que transportaba drogas en encomiendas
La organización recibía marihuana desde Corrientes y era liderada por una mujer de nacionalidad peruana. Distribuían y comercializaban la droga en otras provincias con la intervención de terceras personas que transportaban el cargamento en micros de larga distancia.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Mendoza impuso hoy condenas de hasta nueve años de prisión para los integrantes de una banda que traficaba drogas a través de encomiendas desde la provincia de Corrientes, para su distribución y comercialización en las provincias de Mendoza, San Juan y Córdoba. Los jueces hicieron lugar de manera parcial al pedido de penas solicitado por la titular de la Fiscalía General N° 2 ante el TOCF, Gloria André, quien había requerido una condena mayor -de 12 años y 6 meses de prisión- para la mujer que lideraba la organización. También se decretó la absolución de uno de los imputados por beneficio de la duda, tal como lo pidió el MPF en su alegato.  

El debate oral y público comenzó el 30 de junio, y el juicio se realizó con modalidad semi presencial, es decir, con participación de las partes en la sala de audiencias y a través de medios remotos. El tribunal estuvo integrado por los magistrados Pablo Salinas, Héctor Cortés y Julio Nacif. Los fundamentos de la sentencia se conocerán la semana próxima. 

Tal como lo demostró el Ministerio Público Fiscal en el debate, en el juicio se comprobó que Leisy Maricruz Asmat Vázquez, de nacionalidad peruana, organizaba y financiaba el transporte de la droga, mediante encomiendas enviadas desde Corrientes, mientras que Federico Infantes Villanueva, Jeyson Miguel Seminario Naves (también peruanos), Ricardo José Martínez Cardoza, Fernando Ampuero Oliva, Gastón Jonathan Emmanuel Díaz Castro y Facundo Gabriel Ramírez Escobar intervenían en su transporte con la realización de distintas tareas.

En su rol de organizadora, Asmat Vázquez reclutaba a las personas que luego figuraban como destinatarias de los paquetes, como también a quienes giraban el dinero a Corrientes a través de un sistema de cobranzas. Una vez recibido el material, coordinaba sus traslados a otras provincias, valiéndose de terceros que transportaban el material en micros de larga distancia. Facundo Ramírez Escobar coordinaba las encomiendas, mientras que Díaz Castro y Ampuero Oliva eran los encargados de recibirlas. Por último, Seminario Naves e Infantes Villanueva remitían dinero a Asmat Vázquez y trasladaban estupefacientes para ella en el vehículo de Ricardo Martínez Cardoza, quien coordinaba los viajes y la distribución del material.

Las penas 

El tribunal condenó a Asmat Vázquez a nueve años de prisión por considerarla organizadora y financista del delito de transporte de estupefacientes, en concurso real con dos hechos de suministro de estupefacientes en grado de tentativa. Además, se declaró su reincidencia al contar con una condena anterior. Facundo Gabriel Ramírez Escobar fue sentenciado a siete años de prisión como coautor del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada, mientras que Ricardo Martínez Cardoza y Jeyson Seminario Naves recibieron penas de seis años y seis meses de prisión y seis años de prisión, respectivamente, por la misma figura.

Para Jorge Ampuero Oliva y Gastón Díaz Castro, las penas fueron de seis años de prisión al considerarlos partícipes primarios de comercio y transporte de estupefacientes, respectivamente, en ambos casos agravado por la intervención de tres o más personas. Por último, Federico Infantes Villanueva fue condenado a tres años de prisión, al ser encontrado partícipe secundario del delito de transporte de estupefacientes agravado por la participación de tres o más personas

Por último, en sintonía con lo solicitado por el MPF, el tribunal absolvió a Carlos Roque Ramírez por falta de mérito, y ordenó el decomiso del dinero secuestrado en los allanamientos realizados durante la investigación, como también la destrucción del material estupefaciente incautado en los mismos operativos.