Interviene el fiscal federal Marcos Romero

Orán: juzgarán a dos choferes por el intento de contrabando a Bolivia de 35 toneladas de un precursor químico empleado para refinar cocaína

La sustancia que quisieron sacar del país, con documentación adulterada, es acetato de etilo. Esta incluida en la lista de Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE). La carga fue valuada en más de 167 millones de pesos. Están involucradas empresas de Bolivia, Uruguay y Panamá. La decisión se tomó tras una audiencia de control de acusación y la fiscalía prevé pedir penas de 9 años y 2 meses de prisión.

En el marco de una compleja investigación realizada por la Sede Fiscal Descentralizada Orán, dos choferes de camión serán sometidos a juicio oral por el intento de contrabando agravado a Bolivia de 35.144 kilos de acetato de etilo, un precursor químico que puede ser utilizado para producir clorhidrato de cocaína. Los acusados fueron detenidos en marzo pasado cuando intentaban sacar la carga del país por el paso internacional de Aguas Blancas con documentación adulterada.

La investigación está a cargo del titular de la sede descentralizada, el fiscal federal Marcos Romero, con la intervención de la auxiliar fiscal Alejandra Morales Barberá y el investigador Francisco Mena.

La imputación presentada por la fiscalía fue admitida durante una audiencia de control de acusación realizada el miércoles pasado ante el juez Guillermo Elías, de la Sala II del Tribunal de Revisión, en la que además se resolvió que el caso avance a la etapa de juicio oral.

La acusación de la fiscalía incluyó una estimación de pedido de pena de 9 años y 2 meses de prisión para los acusados, identificados por sus iniciales como J.C.N.G. y C.P.G. y de nacionalidad boliviana.

Ambos fueron acusados como coautores del delito de contrabando agravado de precursores químicos mediante el empleo de un documento adulterado, en grado de tentativa. Además, la fiscalía les atribuyó el ingreso de precursores químicos a zona de frontera sin la debida autorización, en concurso ideal.

La sustancia secuestrada, valuada en 167.608.459 pesos, había ingresado al país desde Uruguay y tenía como destino final Bolivia. De acuerdo con la investigación, el traslado se desarrolló en el marco de una operatoria comercial que involucró a empresas de Uruguay, Bolivia y Panamá.

El traslado de la sustancia

Según expuso el fiscal durante la audiencia, la maniobra comenzó el 13 de marzo pasado, cuando los dos camiones Volvo ingresaron al país por el paso internacional de Gualeguaychú, procedentes de Fray Bentos, Uruguay. Transportaban 35.144 kilos de acetato de etilo en un total de 191 tambores, distribuidos 95 en un camión y 96 en el otro.

La documentación establecía que la carga debía salir del país por el paso internacional de Salvador Mazza y continuar hacia Bolivia, con destino final en la ciudad de Cochabamba. Sin embargo, el 16 de marzo, tras circular por el norte y litoral argentino, los vehículos llegaron al paso internacional de Aguas Blancas, donde fueron sometidos a un control.

Peritos de Gendarmería preparan el equipo para analizar la sustancia transportada en los tambores. Foto: Gendarmería Nacional

La documentación comercial consignaba como primera empresa transportista a Melinor S.A., de Uruguay, y posteriormente a la firma Cooperativa Tarija del Sur SRL. La adquirente de la mercadería era Southpac Corporation, una entidad con domicilio en Panamá, aunque la sustancia tenía como destino final a Corporación Mathiesen S.A., radicada en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.

El acetato de etilo se encuentra incluido en la lista de precursores químicos sometidos a un régimen especial de fiscalización por parte del Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE).

Documentación adulterada

Al momento del control, los choferes presentaron la documentación comercial y los permisos tramitados ante el RENPRE, entre ellos una autorización de tránsito internacional y el itinerario de la carga.

A partir del cotejo realizado con el organismo de control, se determinó que la autorización presentada no se correspondía con la emitida por el RENPRE. También se estableció que los dominios de los dos camiones utilizados no habían sido autorizados para esa operación y que el recorrido realizado no coincidía con el aprobado, que establecía como punto de egreso el paso internacional de Salvador Mazza.

Ante esas irregularidades, se dispuso la detención de los choferes y el secuestro de los vehículos y de la carga.

Un peritaje realizado por la División Laboratorio Químico de la Policía Federal Argentina confirmó que la sustancia transportada era acetato de etilo, un solvente utilizado en procesos de refinamiento para la obtención de clorhidrato de cocaína.

El test orientativo sobre la muestra tomada en el control reveló que los tambores contenían acetato de etilo. Foto: Gendarmería Nacional

La investigación también determinó que, con el propósito de mostrar y otorgar una apariencia de legalidad a la operación, la autorización de tránsito internacional había sido adulterada mediante un documento confeccionado con el formato del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en el que se incorporaron los dominios de los camiones utilizados.

Los planteos en la audiencia de control

Durante la audiencia, las defensas solicitaron el sobreseimiento de los acusados por considerar que la conducta atribuida resultaba atípica. Entre otros argumentos, sostuvieron que los choferes no habían actuado con dolo y que, eventualmente, podría tratarse de una conducta culposa.

El fiscal rechazó ese planteo y sostuvo que los acusados conocían las exigencias para el transporte de este tipo de sustancias debido a su experiencia en la actividad. También señaló que las irregularidades detectadas no podían atribuirse a un error del organismo de control y destacó que el itinerario efectivamente realizado tampoco coincidía con el autorizado.

A ello sumó información obtenida de los teléfonos celulares secuestrados. Según explicó, de los mensajes extraídos surgieron conversaciones en las que los acusados hacían referencia al eventual pago de sobornos a autoridades de control. También mencionó un diálogo en el que uno de ellos le comunicaba a un familiar que la salida del país se realizaría por Aguas Blancas y no por Salvador Mazza.

En razón de ello, la fiscalía pidió el rechazo del sobreseimiento de los imputados y que el caso avance a juicio. La querella de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), representada por los abogados Rubén Melleresky y Pedro Parra, adhirió a la posición del MPF.

Finalmente, el juez Elías rechazó los pedidos de sobreseimiento y consideró que la hipótesis de la fiscalía cuenta con mérito suficiente para ser debatida en un juicio oral ante un tribunal colegiado.

Durante la audiencia también se avanzó en el tratamiento de la prueba ofrecida por las partes, sin que se plantearan objeciones que impidieran su incorporación al juicio.