03 de diciembre de 2024
03 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía Federal N°2 de Rosario y la PROCUNAR
Punta Stage: Por pedido de los fiscales, indagarán a los organizadores de la fiesta en la que murieron dos jóvenes
Los fiscales Gambacorta e Iglesias habían requerido que también declaren los responsables del predio donde se realizó el evento y funcionarios municipales y policiales encargados del control estatal, aunque el juez Vera Barros rechazó tal solicitud.

Los fiscales Mario Gambacorta y Diego Iglesias -titulares de la Fiscalía Federal N°2 de Rosario y de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), respectivamente- le solicitaron al juez federal Carlos Vera Barros, que indague a siete personas en orden a los sucesos ocurridos el 1° de enero pasado, durante la fiesta electrónica realizada en la localidad santafesina de Arroyo Seco, donde fallecieron dos jóvenes por el consumo de estupefacientes.

La investigación se inició el 2 de enero pasado, a fin de establecer si en la fiesta electrónica “Sasha New Years Eve Party”, que se celebró en el complejo Punta Stage –ubicado en la rotonda Arroyo Seco de la Autopista Rosario-Buenos Aires-, había personas que vendían estupefacientes y si los dueños del establecimiento y/o los organizadores del evento, facilitaron el lugar para el comercio ilícito de sustancias.

En paralelo, la Fiscalía Regional N°2 de Rosario, investiga la muerte de Guiliana Maldovan, mientras que la UFI N°3 de San Nicolás desarrolla una pesquisa para establecer las causas del fallecimiento de Lucas Liveratore. Ambos jóvenes habían asistido a la fiesta y presuntamente consumido alguna sustancia que les ocasionó la muerte.

En la exhaustiva investigación desarrollada conjuntamente por los fiscales Gambacorta e Iglesias, se pudo establecer que el evento había sido organizado por “Live Art Producciones”, que alquiló el local Punta Stage a la firma Yameli S.R.L.. Por otra parte, con el devenir de la pesquisa se pudo determinar la identidad de dos personas responsables del complejo y que actuaban como encargados o gerentes del mismo.

Irregularidades en la fiesta

Los representantes del Ministerio Público recibieron la declaración de varios testigos que concurrieron a la fiesta. Todos fueron coincidentes al afirmar que el control de ingreso fue sumamente permeable, con revisiones parciales solo hasta cierto momento de la madrugada e, incluso, en un horario determinado ya no se solicitaron las entradas ni efectuaron revisaciones a los asistentes. Asimismo, todos señalaron la imposibilidad de comprar agua en las barras, una vez que se había acabado la que proveían dos dispensers ubicados en el predio, y que tampoco había agua en los baños.

Por otra parte, los testigos también indicaron que la ventilación era escasa, que la cantidad de asistentes sobrepasaba ampliamente la capacidad del lugar –estipulada en 1850 personas-, que sólo había un centro sanitario con dos enfermeros, escaso personal de seguridad y que padecieron situaciones de robos y hurtos en el interior de la fiesta.

Asimismo, algunos de los testigos sostuvieron que en la fiesta la gente consumía estupefacientes tales como pastillas, cocaína y Popper, y que las mismas, incluso, eran vendidas por distintas personas en el VIP del evento. Ello quedó acreditado, además, por el hallazgo en el predio de distintos comprimidos de drogas sintéticas y de cocaína en los baños químicos. También, la empresa de Emergencia AMAS informó haber trasladado al hospital municipal a otro joven con aparente intoxicación por éxtasis.

Testigos sostuvieron que en la fiesta la gente consumía estupefacientes tales como pastillas, cocaína y Popper, y que las mismas, incluso, eran vendidas por distintas personas en el VIP del evento.

Por otra parte, los fiscales también acreditaron que se vendieron más entradas que la capacidad permitida para el evento, ya que la firma Ticketek informó que imprimió 5004 tickets para la fiesta, cuando la capacidad máxima de ocupación del predio era de 1850 concurrentes. Además, se probó que habían asistido muchas más personas a la fiesta, especialmente porque no se controlaron las entradas en el ingreso.

Además de todo esto, señalaron que el “personal de seguridad privada que se encontraba en el lugar fue escaso, ello tal como fuera relatado por los distintos testigos que concurrieron esa noche al evento en cuestión, oportunidad en la que algunos relataron haber observado poco personal de seguridad y otros directamente expresaron no haber advertido que se encontraban presentes en el lugar (…) más aún, hasta el momento no se conoce detalladamente el personal de seguridad privada que habría prestado funciones en el evento, puntualmente si correspondían a alguna firma y si la misma se encontraba debidamente habilitada conforme la normativa municipal”.

Los fiscales acreditaron que se vendieron más entradas que la capacidad permitida para el evento, ya que la firma Ticketek informó que imprimió 5004 tickets para la fiesta, cuando la capacidad máxima de ocupación del predio era de 1850 concurrentes.

Lo mismo ocurrió con el personal policial adicional, que resultó insignificante frente a la magnitud del evento, demostrando el “deliberado desinterés que se tuvo al momento de adoptar los recaudos necesarios para prevenir todo tipo de incidente que se podían suscitar en el evento o en las inmediaciones del predio, incluyendo esto la comercialización y el uso de sustancias estupefacientes”.

Para los fiscales “La ausencia -o silencio- de todos los que debían velar por el normal desarrollo es, a criterio de este Ministerio Público, demostrativo de que la voluntad nunca estuvo dirigida a proteger a los concurrentes (…) sino a cubrir exclusiva y excluyentemente las exigencias particulares de una parte importante del mercado como vehículo para garantizar el éxito económico del evento: proveer un ambiente donde la venta de estupefacientes se desenvolviera sin inconvenientes.

Agregaron que “en el lugar había más personas que las permitidas, lo cual fue consentido e incluso promovido por los responsables de la organización del evento. Violándose claramente la capacidad de ingreso, la cual debía ser controlada por los inspectores municipales que se hicieron presentes en el lugar, máxime teniendo en cuenta lo que constaba en el expediente de habilitación del predio, esto es 1850 personas, y lo que apreciaron la noche de los hechos”.

Controles estatales

Los fiscales Gambacorta e Iglesias también hicieron hincapié en que el intendente de Arroyo Seco dispuso, a través del decreto 198/2016, la prohibición de realizar fiestas electrónicas en la localidad, como consecuencia de los hechos ocurridos en la fiesta Time Warp, en la ciudad de Buenos Aires. También remarcaron que el Intendente se hizo presente en Punta Stage, y no dispuso la suspensión de la fiesta que se estaba realizando, a pesar de que estaba prohibida por un decreto que llevaba su firma y de todas las irregularidades que se advirtieron.

En ese sentido, los representantes del Ministerio Público señalaron que el día del hecho el inspector de Espectáculos Públicos labró un acta en la cual consignó que en el lugar se encontraban aproximadamente 3000 personas, y que había como personal de seguridad 30 personas vestidas de civil, 4 oficiales de policía y 4 inspectores. La única irregularidad que registró fue la violación del horario de corte de música.

Por otra parte, y en base al requerimiento de Yameli S.R.L., la Comisaría 27ª de Arroyo Seco había asignado sólo dos policías de adicional, pero durante la madrugada no se efectuó ningún procedimiento prevencional por infracción a la Ley 23.737. Esto pese a que el segundo jefe de la comisaría recorría la jurisdicción en un patrullero para luego informar que finalizó su turno sin novedades respecto a la seguridad externa del predio. Para los fiscales, el accionar de este funcionario implica un incumplimiento a los deberes de funcionario público, pues no realizó prevención alguna en el lugar donde claramente se cometieron diversos ilícitos.

Concluyeron que “el incumplimiento propio de las autoridades municipales y policiales fue determinante para que este marco propicio de uso y consumo de estupefacientes generado por los organizadores del evento, pudiera desarrollarse con la completa tolerancia de aquellos funcionarios a los que la sociedad de Arroyo Seco le ha confiado la protección de la salud pública”.

Imputaciones

En base a las pruebas colectadas en la investigación, los fiscales Gambacorta e Iglesias imputaron a los dueños de la productora y a los dos responsables del predio “Punta Stage” por “haber creado el marco propicio que facilitó la comercialización y el uso de sustancias estupefacientes (especialmente de estimulantes de tipo anfetamínico y otras drogas sintéticas incluidas en el Decreto 772/15) realizado por distintas personas aún no identificadas en el evento denominado ‘Sasha New Years Eve Party’”.

Así, los responsables de Live Art Producciones organizaron el evento, mientras que el encargado y gerente general o representante legal del Complejo “Punta Stage” brindaron el espacio físico para la realización del mismo, sin adoptar las medidas y controles necesarios para evitar la entrada de más personas que las permitidas ni el ingreso de sustancias estupefacientes.

Por otro lado, los representantes del Ministerio Público Fiscal imputaron al intendente y al inspector municipal el haber incumplido sus deberes de funcionarios públicos al permitir la realización y prosecución de la fiesta electrónica, sin la autorización pertinente, excediendo la capacidad habilitada, sin la presencia de personal de seguridad y sin la presencia de efectivos policiales para prevenir y reprimir la comercialización de drogas. Asimismo, el segundo jefe de la Comisaría de la Policía de la Provincia de Santa Fe, incumplió sus deberes al evitar promover la persecución y represión de aquellas personas que se encontraban vendiendo sustancias en el Complejo Punta Stage.

En virtud de ello, los fiscales Gambacorta e Iglesias solicitaron -junto a otra serie de medidas- que se indague a los cuatro primeros en orden a los delitos de facilitación de lugar para la comercialización y el uso de sustancias estupefacientes agravado por haberse cometido en el interior de un sitio donde se realicen espectáculos o diversiones públicas, y lo requirieron, en relación a los funcionarios, por el incumplimiento de los deberes de funcionario público y adicionalmente al funcionario policial por dejar de promover la persecución penal.

Resolución judicial

A pesar de la extensa investigación realizada por los representantes del Ministerio Público Fiscal, el titular del Juzgado Federal N°3 de Rosario, Carlos Vera Barros, sólo dispuso la indagatoria de los responsables de la productora “Live Art”.

Respecto a los responsables del predio, el magistrado se limitó a señalar que “no surge de manera concreta la existencia de pruebas de cargo suficientes para vincular a los nombrados con los hechos descriptos por la fiscalía”.

Por otra parte, en relación a la imputación contra el intendente, el inspector municipal y el funcionario policial, el juez consideró que “dichas circunstancias aluden a hechos cuya investigación excede a la competencia de este fuero de excepción, en virtud de no afectar ningún interés ni el patrimonio del Estado Nacional”. Por ello, declaró su incompetencia material parcial y ordenó la extracción de testimonios para girarlos al Ministerio Público de la Acusación de la ciudad de Rosario.

A la fecha, los representantes del Ministerio Público Fiscal se encuentran trabajando en el recurso de apelación contra la decisión del juez.