12 de diciembre de 2024
12 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Investigación conjunta de los fiscales Adriana Saccone, Eduardo Villalba y Javier Arzubi Calvo con colaboración de la PROCUNAR y el Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe
Rosario: confirmaron el procesamiento de tres integrantes de una organización que comercializaba y transportaba estupefacientes
Así lo resolvió la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, al rechazar parcialmente los recursos de las defensas de los tres imputados de integrar una estructura que operaba en las provincias de Salta, Córdoba y Santa Fe, donde distribuían drogas que ingresaban al país en vuelos provenientes de Paraguay y Bolivia.

La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario rechazó los recursos de apelación de las defensas de tres hombres, acusados de integrar una organización narcocriminal que operaba en las provincias de Salta, Córdoba y Santa Fe, y confirmó sus procesamientos con prisión preventiva dispuestos por el Juzgado Federal N°3 de esa ciudad en abril pasado. Además, redujo el monto de los embargos ordenados sobre los bienes de dos de ellos, hasta cubrir la suma de 700 mil pesos. En la instancia intervino el fiscal general Fernando Arrigo.

La resolución, firmada por los camaristas José Guillermo Toledo y Fernando Lorenzo Barbará, se dio en el marco de la investigación conjunta desarrollada por los titulares de la Unidad Fiscal Federal de Salta, la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) y la Fiscalía Federal N°3 de Rosario, en conjunto con sus colegas del Ministerio Público de la Acusación de la provincia de Santa Fe, Matías Edery y Luis Schiappa Pietra.

El caso

La investigación, en la que fueron detenidos FGP, GAR y CMR, es un desprendimiento de otras pesquisas desarrolladas en las provincias de Santa Fe y Salta, donde el juez Julio Bavio procesó a FGP, junto a IQ, por su participación, el 24 de septiembre de 2020, en una operación de transporte de 389 kilos de cocaína, y por la cual aún hay una persona prófuga, sobre quien pesa un pedido de captura internacional.

La hipótesis del equipo fiscal se centra en el accionar de una organización criminal de alcance transnacional, vinculada también al denominado “Clan Loza”, cuyo líder fue condenado junto a otras personas, en 2019, por el tráfico de más de una tonelada de cocaína. La banda introducía, mediante vuelos provenientes desde Bolivia y Paraguay, grandes cantidades de droga que tenían como destino las provincias de Salta, Córdoba y Santa Fe, desde donde eran trasladadas por vía terrestre, para ser distribuidas entre otras organizaciones que operaban en territorio santafesino.

La hipótesis del equipo fiscal se centra en el accionar de una organización criminal de alcance transnacional, vinculada también al denominado “Clan Loza”.

Así, tras diversas tareas de investigación y análisis de la prueba recogida en distintos expedientes previos, el equipo de fiscales federales y provinciales solicitó la detención de estas personas por haber provisto droga a distintos grupos criminales de la ciudad de Rosario. En virtud de ello, el titular del Juzgado Federal N°3 de Rosario, Carlos Vera Barros, ordenó catorce procedimientos simultáneos en las provincias de Santa Fe y Córdoba, que culminaron con la detención de FGP, GAR y CMR, en cuyo domicilio se secuestraron de 9,5 kilos de marihuana, acondicionados en 19 envoltorios envasados al vacío, listos para su comercialización. Además, se estableció que los imputados estaban vinculados a otras dos investigaciones por venta de drogas a cargo de grupos que se proveían de los imputados.

Tras indagar a los tres detenidos, el juez dispuso los procesamientos con prisión preventiva de FGP y GAR, como coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la participación de tres o más personas, y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 3 millones de pesos cada uno. Igual temperamento adoptó respecto de CMR, a quien procesó por el mismo delito, pero sin el agravante, y le embargó sus bienes por 315 mil pesos.

Oportunamente, las defensas recurrieron la resolución, por considerar que no estaba probada la participación de sus asistidos, al tiempo que también cuestionaron los embargos dispuestos respecto de dos de ellos. A su turno, el fiscal general Arrigo solicitó que se confirmaran los procesamientos dictados.

En tanto, el juez federal salteño Julio Bavio dispuso el procesamiento de FGP e IQ por su participación el 24 de septiembre de 2020 en una operación de tráfico de 389 kilos de cocaína. Los consideró coautores del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de personas intervinientes y les trabó embargos. Otras personas que participaron de estas maniobras fueron recientemente condenadas a penas de hasta 12 años de prisión.

Mediante vuelos provenientes desde Bolivia y Paraguay, la organización introducía grandes cantidades de droga que tenían como destino las provincias de Salta, Córdoba y Santa Fe.

La resolución de la Sala A

Al resolver la cuestión, los jueces José Guillermo Toledo y Fernando Lorenzo Barbará rechazaron los recursos de las defensas y confirmaron parcialmente la resolución del juez Vera Barros. Así, confirmaron los procesamientos con prisión preventiva oportunamente dictados, pero redujeron a 700 mil pesos el monto de los embargos dispuestos sobre los bienes de FGP y GAR.

Los camaristas destacaron que se pudo establecer que “en la jurisdicción de Rosario [FGP] habría sido un actor fundamental en la distribución de sustancias estupefacientes a diferentes organizaciones criminales que operaban en esta ciudad durante los años 2020 y 2021”. Las pruebas los llevaron a concluir que esta persona habría estado a cargo de la distribución de sustancias estupefacientes a algunas organizaciones criminales que operan en la ciudad de Rosario, como los grupos conocidos como “Tripi” y “Saravia”.

En tal sentido, los camaristas desestimaron la presentación de la defensa de CMR, al considerar que quedó demostrado que “tenía plena disponibilidad sobre el material estupefaciente secuestrado en su domicilio”. Agregaron que “la ultraintención de comercialización requerida por el tipo penal bajo análisis se encuentra prima facie acreditada atento la cantidad de droga secuestrada en su domicilio (9.560 gramos de marihuana) distribuido en 19 envoltorios envasados al vacío, es decir, de la forma típica de poseerla previo a su fraccionamiento en pequeñas cantidades para su posterior venta al menudeo; todo lo cual lleva a colegir que su destino no era otro que su comercialización por parte del encartado”.

Igual temperamento adoptaron respecto a FGP y GAR. En relación al primero, entendieron que, de las diferentes investigaciones acumuladas, surge que “habría estado a cargo de la distribución de sustancias estupefacientes a algunas organizaciones criminales que operan en la ciudad de Rosario”, las cuales habría efectuado a través de GAR y una de las víctimas de los homicidios de la localidad de Ibarlucea. “Esta actividad de distribución se vio corroborada a través del secuestro de sustancias estupefacientes en poder de distintas organizaciones que operaban en Rosario”, destacaron los camaristas.

En tal sentido, entendieron que “se ha configurado, prima facie, respecto a ambos encartados la hipótesis delictual que les fuera atribuida al momento de tomarles declaración indagatoria; por lo que corresponde confirmar el auto apelado en cuanto dispuso el procesamiento”.