Se presentó en la sesión plenaria realizada en París

Con la participación del MPF, la OCDE concluyó la evaluación de la Fase 4 sobre la Argentina en materia de soborno transnacional y publicó su informe

El informe destacó avances significativos en la investigación y sanción del soborno transnacional, con la primera condena en 2025 y nuevas causas en trámite, y formuló recomendaciones para fortalecer la detección, reducir los tiempos de los procesos y avanzar en la implementación del sistema acusatorio y en la protección de denunciantes.

El Grupo de Trabajo sobre Soborno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) reconoció que la Argentina ha logrado avances significativos en el fortalecimiento de su marco contra el soborno transnacional y en el desarrollo de sus capacidades para aplicar la “Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales” y otros instrumentos legales relacionados.

El organismo así lo señaló en el informe de la Fase 4 sobre la República Argentina presentado en el marco de su última sesión plenaria celebrada entre el 17 y 20 de marzo pasados en la sede del organismo, en la ciudad de París, y que contó con la participación de representantes del Ministerio Público Fiscal.

El Grupo de Trabajo de la OCDE sobre el Soborno evalúa y formula recomendaciones sobre la aplicación por parte de los 46 Estados parte del Convenio para Combatir el Soborno de Funcionarios Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales y la Recomendación del Consejo de 2021 para la Lucha contra el Soborno de Funcionarios Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales.

Esta instancia forma parte del mecanismo de revisión y seguimiento entre pares que, en el caso de la Argentina, se inició en 2001. La Fase 4 analiza los desafíos particulares y los logros positivos del país evaluado. Asimismo, explora cuestiones como la detección, la aplicación de la ley, la responsabilidad corporativa y la cooperación internacional, así como aspectos pendientes de informes anteriores. La evaluación de la Argentina estuvo a cargo de un equipo integrado por representantes de la República Eslovaca y de México, asistidos por especialistas de la Secretaría Técnica de la OCDE.

Los principales compromisos derivados de esta convención consisten en la necesidad de tipificar, investigar y sancionar el soborno transnacional (previsto en la Argentina en el artículo 258 bis del Código Penal de la Nación), que implica ofrecer, prometer o dar dinero u otro beneficio indebido a un funcionario público de otro país para obtener o mantener un negocio o una ventaja comercial. Es decir, cuando una empresa o persona busca influir de manera ilegal en decisiones oficiales en el extranjero —por ejemplo, para ganar una licitación o evitar controles— mediante pagos o favores que distorsionan la competencia y la transparencia. Para ello, la Convención OCDE también exige responsabilizar a las personas jurídicas involucradas (Ley 27.401), garantizar la investigación y sanción efectiva de estos hechos aun cuando ocurran en el exterior, contar con controles contables y de auditoría que eviten la ocultación de pagos indebidos, promover la cooperación internacional entre autoridades y establecer mecanismos que faciliten la detección de estos delitos.

Al señalar los avances de la Argentina en la aplicación de la Convención, el informe de la Fase 4 destaca la primera condena en un caso de soborno transnacional contra una persona física en 2025, obtenida mediante juicio abreviado —con intervención de la Fiscalía Federal N°10 y la PROCELAC—, así como la detección de 17 nuevos casos desde la evaluación anterior (2017).

También se subraya que el país cuenta actualmente con múltiples investigaciones en curso, incluyendo un caso próximo a ingresar en etapa de juicio oral. El informe valora además los primeros casos de aplicación de la ley de responsabilidad de las personas jurídicas (Ley 27.401), la firma de acuerdos de colaboración, la mejora en los mecanismos de detección e inicio de investigaciones, así como un marco legal contra el lavado de activos más robusto, la disponibilidad de técnicas especiales de investigación y el uso más efectivo de las distintas vías de cooperación internacional, con una participación creciente en redes regionales e internacionales.

El fiscal general Diego Velasco (PROCELAC), Sol Purita (Ministerio de Justicia), Agustina Díaz Cordero (Consejo de la Magistratura) y Juan Tomás Rodriguez Ponte (DaJuDeCo). Foto: MPF

El Grupo de Trabajo formuló además una serie de recomendaciones. Entre ellas, se destacan la necesidad de reducir los tiempos de tramitación de los casos de soborno transnacional, avanzar en la implementación completa del nuevo Código Procesal Penal Federal (CPPF) y disminuir el número de vacantes judiciales y de jueces subrogantes. Asimismo, recomendó con carácter prioritario la adopción de un marco integral de protección de denunciantes (whistleblowers), tanto en el sector público como en el privado, fortalecer los mecanismos de detección por parte de funcionarios públicos y autoridades tributarias, y desarrollar guías prácticas y capacitaciones específicas sobre lavado de activos vinculado al soborno transnacional y sobre mecanismos de autodenuncia empresarial en el marco de la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas. El informe también subraya la importancia de profundizar la detección de estos delitos mediante una mayor articulación con sistemas tributarios, contables y de auditoría.

El proceso de evaluación se inició hace más de un año e incluyó diversas etapas, como la respuesta a cuestionarios escritos, una visita in situ con amplia participación de representantes de los sectores público y privado, la redacción y discusión del informe y, finalmente, su debate y aprobación durante la reunión plenaria del Grupo de Trabajo. Estas instancias permitieron un análisis integral del marco normativo e institucional del país, así como de su desempeño práctico en la investigación y sanción del soborno transnacional, en un contexto de intercambio técnico con expertos internacionales y bajo criterios de transparencia y revisión entre pares.

La evaluación requirió la coordinación de diversos organismos públicos nacionales y contó con una activa participación del Ministerio Público Fiscal, que brindó aportes técnicos de relevancia y reiteró su compromiso institucional con la persecución eficaz del soborno transnacional. Se aportó información sustantiva sobre avances normativos, estrategias de investigación, coordinación interinstitucional y resultados concretos en materia de casos. Asimismo, su intervención permitió poner de relieve el fortalecimiento de capacidades especializadas a través del trabajo de áreas como la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (DAFI), la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB) y la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional (DIGCRI), consolidando el rol del organismo como actor clave en la implementación efectiva de las obligaciones asumidas por la República Argentina en la materia.

En ese marco, el MPF estuvo representado por el fiscal titular, la coordinadora y el equipo del área de Delitos contra la Administración Pública de la PROCELAC, la Secretaría de Coordinación Institucional, fiscales federales de distintas jurisdicciones e instancias, el titular de la PIA y titulares de diversas áreas de la Procuración General de la Nación.

La Argentina deberá informar por escrito al Grupo de Trabajo en marzo de 2028 sobre los avances en la implementación de las recomendaciones, las acciones de persecución penal en materia de soborno transnacional y los progresos en las cuestiones identificadas para el seguimiento. El plazo otorgado para la presentación de este informe refleja una evaluación positiva del desempeño general del país en esta instancia.

El informe completo OECD (2026), OECD Anti-Bribery Convention Phase 4 Report on Argentina: Implementing the Convention and Related Legal Instruments, Implementing the OECD Anti-Bribery Convention, OECD Publishing, Paris, se puede descargar en el siguiente link: https://doi.org/10.1787/38ac9206-en.