19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Resolución de la PGN Nº 34/2020
Coronavirus: encomiendan a fiscales que extremen los recaudos para garantizar los derechos de las víctimas en los procesos penales
Lo estableció el procurador general interino Eduardo Casal, tanto en la tramitación del proceso como en su etapa de ejecución, frente a las dificultades en la realización de ciertas diligencias judiciales que puede traer aparejadas el contexto por la pandemia.

Mediante la Resolución PGN 34/2020, el procurador general de la Nación interino Eduardo Casal encomendó a las y los fiscales con competencia penal para que, en los casos que les corresponda actuar, mediante el empleo de todos los medios técnicos disponibles extremen los recaudos para garantizar los derechos de las víctimas y su debida intervención, tanto durante la tramitación del proceso como en su etapa de ejecución, especialmente en aquellos supuestos que puedan verse entorpecidos por las condiciones extraordinarias de trabajo originadas a partir de la pandemia del virus COVID-19.

La resolución recuerda la normativa pertinente en la materia, como la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (Nº 27.148) que determina, entre otras cosas, que el organismo debe dirigir sus acciones con miras en los intereses de la víctima, debiendo brindarle amplia asistencia y respeto; informarle acerca del resultado de las investigaciones y notificarla da la resolución que pone fin al caso, aún cuando no se hubiera constituido como parte querellante (artículo 9, inciso f); la Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos (Ley 27.372), que establece el reconocimiento del efectivo ejercicio de los derechos de las víctimas del delito; y los artículos 80 y 81 vigentes en todas las jurisdicciones federales del país del nuevo Código Procesal Penal Federal, que le otorgó a la víctima un rol más protagónico en los procesos.

En esa línea, Casal también reseñó que mediante la Resolución PGN 122/2018 se amplió el ámbito de actuación del Programa Especial de Atención Integral a Víctimas en el Proceso Penal de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección de las Víctimas (DOVIC). El área tiene entre sus funciones está la de garantizar a las víctimas de cualquier delito los derechos de acompañamiento, orientación, protección e información general, desde el primer contacto con la institución y durante todo el proceso penal, ya sea desde un abordaje interdisciplinario o con la derivación necesaria que garantice su asistencia técnica.