26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Presentación de la procuradora fiscal ante la CSJN Laura Monti
Dictaminaron la competencia de la justicia provincial para entender en un amparo contra la reforma constitucional en La Rioja
La representante del MPF sostuvo que la acción de amparo promovida por dos partidos de la oposición –tendiente a que se declare la inconstitucionalidad de una ley y dos decretos por los que se convoca a una consulta popular sobre la reelección del gobernador- se vincula al cuestionamiento de normas locales. Consideró que el proceso resulta “ajeno” al máximo tribunal y que debe regirse por el derecho público local.

La procuradora fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Laura Monti, consideró que la controversia en torno a la convocatoria a una consulta popular en La Rioja con el fin de modificar la Constitución provincial y habilitar un nuevo mandato al actual titular del Ejecutivo no reviste “manifiesto contenido federal” y, en consecuencia, opinó que el proceso resulta ajeno a la competencia del máximo tribunal.

El dictamen de la representante del Ministerio Público Fiscal tuvo lugar en el marco de una acción de amparo promovida por la Unión Cívica Radical –Distrito La Rioja y el PRO La Rioja para que se declare la inconstitucionalidad de una ley sancionada en diciembre de 2018 y de dos decretos por los que se convoca a una consulta popular sobre la reelección del gobernador de la provincia.

Al hacer esta presentación, consideraron que el artículo 120 de la constitución provincial establece un límite a la reelección indefinida para los cargos de gobernador y vice gobernador y permite dos períodos consecutivos en esos puestos. Manifestaron que el actual gobernador Sergio Casas (cuyo mandato termina en 2019) está imposibilitado de ser candidato ya que fue vicegobernador entre 2011 y 2015.

También recordaron que la consulta popular para la modificación constitucional está prevista para el 27 de enero de 2019, por lo que el amparo es la única vía para obtener “la reparación perseguida frente a los exiguos tiempos”.

Consideraron, además, que se trata de un caso de “gravedad institucional” ya que demostraría que un gobernador “pretende perpetuarse en el poder desconociendo los mandatos de la Constitución local y lesionando los principios republicanos de la Constitución de la Nación”. Explicaron que corresponde entonces la intervención federal ya que la situación “excede los límites del lugar en que se lo comete y compromete a la Nación toda”.

El dictamen

Al respecto, la procuradora fiscal indicó que, en lo esencial, el planteo de los actores consiste en cuestionar una ley provincial  -10.161- y los decretos dictados en su consecuencia. “Frente a tales circunstancias, considero que el pleito, en el que se cuestiona la validez de normas locales por considerarlas contrarias a la Constitución provincial, en relación con una cuestión electoral como es la relacionada con el llamado a consulta popular para ratificar o no la modificación constitucional reseñada, se rige por el derecho público local, lo cual impide la tramitación de la causa ante los estrados de la Corte en su instancia originaria”.

En esa línea y tras citar abundante jurisprudencia en la materia, Monti señaló que la cuestión a resolver se relaciona con el procedimiento jurídico político de organización del mencionado Estado provincial, es decir, “con un conjunto de actos que deben nacer, desarrollarse, y tener cumplimiento dentro del ámbito estrictamente local”. De este modo, concluyó que el pleito debe tramitar ante la justicia provincial, ya que “el respeto del sistema federal y de las autonomías provinciales exige que sean los magistrados locales los que intervengan en las causas en que se ventilen asuntos de esa naturaleza, sin perjuicio de que las cuestiones de índole federal que también puedan comprender esos pleitos sean susceptibles de adecuada tutela por la vía del recurso extraordinario regulado por el art.14 de la ley 48”.