01 de noviembre de 2024
01 de noviembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La recopilación y el análisis fue realizado por el Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
El MPF elaboró un boletín de jurisprudencia sobre la incorporación por lectura al juicio de declaraciones testimoniales recibidas en la etapa de instrucción
El dossier presenta y sintetiza las posiciones expresadas por las tres salas del máximo tribunal penal nacional en trece fallos recientes.

El Área de Asistencia del Ministerio Público Fiscal de la Nación ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (CNCCC) pone a disposición un nuevo boletín con la recopilación y análisis de jurisprudencia de ese tribunal. Esta edición está enfocada en la postura de quienes integran las tres salas que conforman ese órgano jurisdiccional en torno a la incorporación por lectura al debate de declaraciones recibidas durante la instrucción de las causas.

El documento sintetiza y ordena -por salas y cronológicamente- los fallos más importantes de la CNCCC en torno al artículo 391 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN) y a la luz del fallo “Benítez” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). En ese precedente, la Corte Suprema había aclarado que el procedimiento de incorporación por lectura -cuando sea prueba dirimente- puede resultar admisible, pero siempre se “debe garantizar […] que al utilizar tales declaraciones como prueba se respete el derecho de defensa del acusado”, lo que “exige que el imputado haya tenido ‘una oportunidad adecuada y apropiada para desafiar y cuestionar a un testigo’”.

Entre otros aspectos, los compiladores Leonardo Filippini, Andrea Bonardo y Julia Cerdeiro identificaron que la CNCCC ha seguido esa línea en varios precedentes, ya que afirma la constitucionalidad del procedimiento y la posible admisibilidad de esa prueba en juicio pero bajo condiciones estrictas para su empleo como material de cargo decisivo. “La doctrina de la CNCCC establece que pueden incorporarse por lectura declaraciones de cargo dirimentes si, y solo si, la defensa -material y técnica- ha podido controlar de modo eficaz su producción”, reseñaron en la introducción del trabajo.