26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El trabajo fue realizado por el Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
El MPF elaboró un boletín de jurisprudencia sobre la posibilidad de que los jueces impongan una pena más alta que la solicitada por el fiscal
El documento presenta las posiciones expresadas por las tres salas de la Cámara Nacional de Casación en función de la postura adoptada por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo "Amodio", de 2007. El MPF identificó que seis de nueve integrantes de ese órgano consideran que los tribunales no pueden ir más allá de la pretensión de los acusadores.

El Área de Asistencia del Ministerio Público Fiscal de la Nación ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (CNCCC) pone a disposición un boletín con la recopilación y análisis de jurisprudencia de ese tribunal. Esta edición está enfocada en la postura de los integrantes de las tres salas que conforman el máximo tribunal penal nacional sobre el fallo "Amodio" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la potestad de los jueces de imponer una pena más alta que la solicitada por el fiscal.

En la conocida disidencia del fallo “Amodio, Héctor Luis” de la CSJN (Fallos 330:2658), los jueces
Ricardo Lorenzetti y Raúl Zaffaroni sostuvieron que “el derecho de defensa impone que la facultad de juzgar conferida por el Estado a los tribunales de justicia debe ejercerse de acuerdo con el alcance que fija la acusación, y dado que la pretensión punitiva constituye una parte esencial de ella, […] cualquier intento por superar aquella pretensión incurre en un ejercicio jurisdiccional extra o ultra petita.”

Este principio es tomado por el Código Procesal Penal Federal en su artículo 307 donde establece:
“Los jueces sólo podrán resolver lo que haya sido materia de debate. No podrán imponer una pena
más grave que la solicitada por los acusadores y deberán absolver en el caso en que ambos así lo
requieran.”

El documento recopila la posición de cada uno de los magistrados sobre esta cuestión y hace una breve mención sobre los fallos dictados. Los compiladores Leonardo Filippini y Virginia De Filippi analizaron los diversos casos donde intervino la CNCCC ante la presentación de recursos de las defensas contra sentencias donde los magistrados habían impuesto penas más altas que las solicitadas por los fiscales al momento del alegato.

De los nueve jueces del tribunal de alzada en cuestión, sólo tres sostienen que los magistrados pueden imponer una pena más alta que la solicitada por los fiscales en el juicio. Los restantes seis integrantes de Casación consideran que los tribunales no pueden ir más allá de la pretensión de los acusadores.