29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La procuradora puso a disposición el detalle integral de sus bienes
Gils Carbó respondió a la OA sobre el acceso a las declaraciones juradas de los fiscales
La titular del MPF explicó que existen obstáculos legales y operativos que impiden remitir las declaraciones juradas de magistrados y magistradas a la OA para su publicación en un sitio web abierto. Sin embargo, aclaró que la Procuración General cuenta con un mecanismo propio que pone a disposición esa información para cualquier interesado.

La procuradora general de la Nación envió ayer un oficio a la titular de la Oficina Anticorrupción en el que detalló impedimentos legales y operativos que impiden a la Procuración General de la Nación entregar a la OA las declaraciones juradas de los magistrados y magistradas del MPF para su publicación de manera abierta en un sitio web, tal como lo había solicitado ese organismo. No obstante, Gils Carbó explicó el funcionamiento del régimen del MPF que garantiza el acceso público a esa información por parte de cualquier interesado y puso a disposición su propia declaración jurada patrimonial integral.

El escrito recuerda que "las magistradas y los magistrados del MPF, según el principio de igualdad de trato que establece el artículo 61 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (ley N°27148), deben ser sometidos a regímenes equivalentes al de juezas y jueces del Poder Judicial de la Nación en cuestiones de índole remuneratoria, patrimonial, previsional y tributaria, así como en cuanto a jerarquía, protocolo y trato". En ese sentido, la procuradora indicó que "el hecho de que el reglamento establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada 9/2014 -recientemente rafiticada- no contemple la remisión a la Oficina Anticorrupción de las declaraciones juradas patrimoniales de los sujetos obligados para su publicación en su sitio web, es una circunstancia que, a la luz del principio señalado, veda a esta Procuración General la posibilidad de dispensar a los/as fiscales del Ministerio Público un trato distinto en este sentido".

Por otra parte, la titular del MPF sostuvo que la Oficina Anticorrupción debería cumplir con los "estándares de seguridad similares a los garantizados" por la Procuración para el manejo de esta información, aunque aclaró que esta dificultad "bien podría zanjarse mediante acciones interinstitucionales que homogenicen nuestros sistemas de protección y publicidad de datos".

El régimen del Ministerio Público

"Desde los inicios de esta gestión, esta Procuración General consideró al régimen de las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios públicos integrantes del MPF como uno de los objetivos constitutivos del Plan de Transparencia Institucional aprobado por la resolución PGN N°914/13 (16/5/2013)". Así, la procuradora general de la Nación comenzó el repaso por las políticas implementadas para garantizar el acceso público a la información sobre declaraciones juradas.

El oficio enviado a la Oficina Anticorrupción recuerda también que luego de la sanción de la ley 26857 se dictó un nuevo Reglamento sobre la materia, lo que convirtió al MPF  en el primer organismo del sistema de administración de justicia en adecuar su régimen a los parámetros de esa norma. Además, la nota señala que el 29 de abril de 2014, cuando aún no se hallaba reglamentado el artículo 1 de la ley 26857, se dictó la resolución PGN N°792/2014, por medio de la cual se actualizó el procedimiento para incorporar un nuevo sistema de elaboración y carga de las declaraciones juradas patrimoniales más moderno.

El sistema vigente hoy en el Ministerio Público Fiscal permite a toda persona interesada en conocer la información pública sobre el patrimonio de los sujetos obligados (magistrados y funcionarios) acceder a esa información completando una solicitud a través del sitio web institucional. En la primera oportunidad, es necesario acreditar la identidad ante la Secretaría Disciplinaria, Técnica y de Recursos Humanos de la PGN, o ante el habilitado de la jurisdicción más cercana. Una vez cumplido este requisito, la documentación es remitida por vía electrónica, con copia al titular de los datos.

Tal como reseña la nota enviada a la OA, este mecanismo permitió responder decenas de consultas de declaraciones juradas de fiscales y, en mútiples ocasiones, de la procuradora general y satisfacer de este modo los "diferentes requerimientos de distintas organizaciones de la sociedad civil o particulares, lo que demostró el cumplimiento de las exigencias de publicidad y transparencia".