16 de abril de 2024
16 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Mediante Resolución PGN N°37/20
La Procuración General extendió la eximición de concurrir a los lugares de trabajo hasta el 24 de mayo
Así se dispuso tras la prolongación del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecida por el Poder Ejecutivo Nacional a través del decreto PEN N°459/2020.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, dispuso mediante Resolución PGN N°37/2020, extender la medida dispuesta en resoluciones anteriores y eximir a quienes integran el Ministerio Público Fiscal de la Nación de concurrir a sus lugares de trabajo, a excepción de quienes sean convocados, dentro del marco de estricta necesidad, por las/los magistradas/os de este Ministerio Público Fiscal que deban cumplir actos para garantizar el servicio de justicia imprescindible. La decisión adoptada es en línea con lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°459/2020, y será hasta el 24 de mayo inclusive.

Asimismo, Casal encomendó a las/los fiscales generales que ejercen funciones de superintendencia, coordinar con las/los fiscales de su jurisdicción las acciones necesarias para establecer y controlar la modalidad de trabajo que cada fiscalía podrá adoptar, a propuesta de sus titulares y “teniendo especial atención en la situación sanitaria del lugar, las reales posibilidades de cada persona que la integra en función de la dotación que la compone y las pautas de trabajo establecidas, en la medida de lo posible, teniendo en consideración la decisiones que adopten los titulares de las dependencias del Poder Judicial ante las que representan a este órgano”. Dichas medidas deberán ser comunicadas a la Procuración General de la Nación.

También se recomendó que, para los supuestos en los que resulte imprescindible la presencia en las fiscalías, las/los integrantes del Ministerio Público Fiscal adopten las medidas sanitarias de prevención necesarias –señaladas por el Ministerio de Salud de la Nación y el Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación- respecto de las dependencias y el personal a su cargo, a efectos de preservar la salud de las/los trabajadores que allí trabajan y de las partes en los procesos que, por distintas circunstancias, hicieran indispensable su concurrencia.