27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Dictamen de la procuradora general
Reelección en Salta: no corresponde la competencia originaria de la Corte Suprema
Gils Carbó dictaminó en el marco de una acción declarativa de certeza en la que el apoderado del partido Frente Grande cuestionaba la reelección por tres mandatos consecutivos del gobernador. La titular del MPF entendió que no se encuentra habilitada la competencia originaria de la Corte Suprema.

La procuradora general dictaminó que no corresponde la intervención originaria de la Corte Suprema de Justicia en una acción declarativa de certeza acerca de la reelección por tres períodos como gobernador de la provincia de Salta.

Pedro Sisterna, apoderado del Partido Frente Grande de la Provincia de Salta, presentó ante la Corte Suprema de Justicia una acción de certeza sobre los alcances de la norma constitucional provincial respecto de la cantidad de períodos consecutivos por los que una persona puede ser elegida gobernador o gobernadora de esa provincia. En ese sentido, sostuvo que la candidatura a un tercer mandato del actual gobernador vulnera la voluntad del constituyente de limitar la reelección del gobernador a no más de dos períodos consecutivos.

Al analizar la cuestión, Gils Carbó se remitió a fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los que se destaca que las cuestiones de organización local estipuladas en las constituciones provinciales en ejercicio de la autonomía reservada por la Constitución Nacional deben desarrollarse y tener cumplimiento en el ámbito local.

Por ello, para la titular del Ministerio Público Fiscal no se encuentra habilitada la competencia originaria de la Corte Suprema. En ese sentido, destacó que “si bien el accionante denuncia una violación al régimen republicano de gobierno, ello luce carente de sustento” en tanto el artículo 140 de la Constitución salteña aclara expresamente que el gobernador y vicegobernador “duran en sus períodos cuatro años y no pueden ser elegidos más de dos veces consecutivas […] lo que significa tres períodos seguidos”.

Por ello, la procuradora general sostuvo que corresponde a la justicia de la Provincia de Salta entender en el caso, respetando así el sistema federal y la autonomía de las provincias.