03 de mayo de 2024
03 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el debate intervino el cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, Marcelo Colombo
Condenaron a un hombre a tres años de prisión condicional por explotación económica de la prostitución de cuatro mujeres en departamentos del centro porteño
El Tribunal Oral Federal N°1 le impuso además el pago de una suma de 220 mil pesos en concepto de reparación del daño causado, un monto que deberá ser actualizado para su distribución entre las víctimas. Los prostíbulos funcionaron en departamentos ubicados en la calle Tucumán al 800 y al 900 entre 2013 y 2014. El 1° de agosto se conocerán los fundamentos

El Tribunal Oral Federal N°1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, integrado de manera unipersonal por el juez Adrián Grünberg, condenó ayer a tres años de prisión de ejecución condicional a un hombre tras encontrarlo culpable, en calidad de partícipe secundario, del delito de explotación económica de la prostitución ajena en perjuicio de cuatro mujeres.

El juez le fijó además al condenado un monto de 220 mil pesos en concepto de reparación del daño causado, que deberá ser actualizado y destinado al Fondo de Asistencia Directa a las Víctimas de Trata, que luego deberá distribuirlo a cada una de las víctimas del caso. El 1° de agosto se conocerán los fundamentos.

El debate había comenzado el pasado 13 de marzo pasado. En representación del Ministerio Público Fiscal intervino el fiscal cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Marcelo Colombo.

El imputado llegó a juicio acusado de regentear entre 2013 y 2014 dos prostíbulos ubicados sobre la calle Tucumán al 800 y al 900 en los que se explotaba sexualmente al menos a cuatro mujeres en situación de vulnerabilidad. Los dos locales quedaron expuestos tras el asesinato de una de ellas ocurrido el 9 octubre de 2014.

En su alegato pronunciado el 12 de mayo, el fiscal Colombo detalló que uno de los lugares estuvo abierto durante un año y el otro, por seis meses. Además, señaló que se pudo evidenciar que ambos espacios contaban con protección policial.

Repasó que, durante el debate, una de las víctimas declaró que la noche en que ocurrió el asesinato de su compañera -hecho que derivó en el descubrimiento de los departamentos destinados a la prostitución ajena- había dentro de ese local una menor de edad que era prostituida y que había sido trasladada al otro inmueble con el objetivo de ser escondida, a pesar de que estaba herida y que no se le brindó la atención médica necesaria.

Para el fiscal, quedó acreditado que el imputado y su pareja (que habría estado encargada de la organización diaria de uno de los departamentos) se quedaban con el 50 por ciento del dinero que las mujeres cobraban a cambio del servicio sexual. Explicó que las víctimas además eran obligadas a pagar 1000 pesos semanales en concepto de “alquiler” del espacio.

Por su parte, la defensa del imputado solicitó su absolución y, en forma subsidiaria, la prescripción de la acción penal. Argumentó que, sin el agravante del abuso de situación de vulnerabilidad, la figura básica del delito de la explotación económica de la prostitución ajena estaba prescripta.

El fiscal replicó esos argumentos y sostuvo que, más allá de tener por acreditado el abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas y no encontrarse alterado el principio de congruencia en el caso por haberse sostenido esa agravante desde el comienzo de su imputación, el acusado transitó el proceso junto con otro imputado cuya acusación estaba agravada, además, por revestir calidad de funcionario público, lo que había suspendido la prescripción para ambos, conforme lo establecido en el artículo 67 segundo párrafo del Código Penal.