23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata
Piden enjuiciar a un pastor y su pareja por trata de personas y reducción a la servidumbre de 37 víctimas
Los imputados desplegaron maniobras de captación y acogimiento de personas atravesadas por diversas situaciones de vulnerabilidad, bajo la pantalla de un supuesto ministerio religioso y mensajes de fe. Además, el pastor está acusado tres casos de abuso sexual con acceso carnal, y uno en grado de tentativa. El Ministerio Público Fiscal solicitó mantener la incautación de los inmuebles, automóviles y dinero, para garantizar la asistencia y reparación a las víctimas.

El titular de la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata, Nicolás Czizik, requirió la elevación a juicio oral y público de la investigación seguida contra Isaías Nelson Hurtado y su pareja Patricia Padilla Coronado, quienes están acusados por el delito de trata de personas con la finalidad de reducir a la servidumbre y explotar laboralmente a 37 personas. Además, el pastor está acusado por tres casos de abuso sexual con acceso carnal, y uno en grado de tentativa, agravados por su carácter de ministro de culto.

Los imputados congregaban en un supuesto ministerio religioso y desapoderaban de sus bienes a las víctimas, quienes veían restringida tanto su libertad ambulatoria como su autodeterminación, dado que debían solicitar permiso hasta para comprar un medicamento o eran obligadas a quemar los libros que poseían.

De acuerdo a requerimiento del Ministerio Público Fiscal, al menos desde el año 2007 y hasta los allanamientos realizados en julio de 2016, Hurtado y Padilla captaron a las personas –quienes se encontraban en situación de vulnerabilidad- con el objetivo de ganar sus voluntades, explotarlas y acumular recursos económicos. Asimismo, planteó la necesidad de avanzar en la instancia de juicio oral en el decomiso de los inmuebles, vehículos y dinero incautados, con la intención de garantizar la restitución de derechos de las víctimas.

Captación

Hurtado y Padilla captaban a sus víctimas a través del Ministerio Apostólico Zion, que comenzó a funcionar en la vivienda que alquilaba el matrimonio en la calle Bernardo de Irigoyen al 4600, para luego ampliarse, ante el crecimiento del número de fieles, a lo que denominaron “El Templo”: una carpa de grandes dimensiones que los imputados montaron en el terreno contiguo a su casa, sobre la calle O’Higgins al 300, ambos en la ciudad de Mar del Plata.

Las víctimas –que enfrentaban situaciones emocionales o familiares adversas o conflictivas, consumos problemáticos de alcohol, situaciones económicas apremiantes, enfermedades o pérdida de seres queridos- llegaban hasta los imputados, convocados por los mensajes de fe que estos profesaban a través de distintos medios, entre ellos la Radio Zion 101.7 –que podía escucharse a través de internet- cuya programación “invitaba y entusiasmaba” al público a participar de las reuniones de la “Iglesia”. Asimismo, también organizaban “congresos” y contaban con una página web, en la que publicaban los teléfonos de contacto, horarios de los encuentros y videos de las reuniones que se subían a YouTube. El sitio contaba también con una solapa identificada como “Siembra” en la cual se observaban cuatro cuentas bancarias de Argentina, Chile, Venezuela y Estados Unidos, donde los “fieles” aportaban “ofrendas”. Esto permitía captar personas de otras localidades y países, lo que acentuaba el estado de vulnerabilidad de las víctimas, tal como lo ha expuesto la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Captadas por los discursos de religiosidad y un supuesto “relato benefactor”, la promesa de un “mejor futuro” y “tranquilidad espiritual”, las víctimas eran incorporadas a las actividades diarias del lugar donde eran explotadas. En este sentido, las profesionales del Programa Nacional de Rescate, que entrevistaron a las personas encontradas en los allanamientos efectuados en julio de 2016, repararon en que la participación de personas que podría haber resultado “voluntaria” -según sus propios dichos-, también podría ser el resultado de la “legitimación e institucionalización de normas a través de la implementación de técnicas de coerción metódica y sistemáticamente utilizadas por parte de los responsables”. El objeto, señalaron, era “inducir y perpetuar una serie de acciones y prácticas restrictivas, que afectarían en forma sustancial diversas área de la vida”. En tal sentido, los especialistas señalaron que estas técnicas coercitivas -bajo argumentaciones religiosas o con sustento bíblico- no suelen ser detectadas por quienes se encuentran siendo inducidos a tal situación, “quienes no discernirían que son expuestos a tales procesos que van condicionando y trastocando su voluntad, en la medida en que son escasas las áreas de su vida que no se encuentran reguladas y regladas”.

Entrega de sueldos, tareas varias, créditos y deudas impagables.

El sistema de explotación montado redundaba en la obtención de ganancias para los imputados a costa del sometimiento de las víctimas. De hecho, de acuerdo a los informes de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ni Hurtado ni Padilla registraban actividad económica, por lo que no poseían ingresos legítimos para realizar sus actividades diarias, adquirir los bienes que poseían, ni realizar los suntuosos viajes al exterior que efectuaban.

Por otra parte, la fiscalía tuvo por probado que, entre las diferentes maniobras de explotación, los acusados lograban que las víctimas les entregaran sus sueldos –los que camuflaban como “diezmos” u “ofrendas”, primero en un porcentaje y luego en su totalidad; los obligaban a limpiar, realizar quehaceres domésticos y arreglos en la vivienda de Hurtado y en el “Templo”, tareas para la radio y el sitio web; y a trabajar, desde el año 2016, en la panadería “Della Familia”, la cual fue presentada como una cooperativa aunque, en realidad, sólo generaba ingresos económicos para Hurtado, quien se beneficiaba a costa del trabajo diario y constante de las víctimas.

También, los imputados convencían a sus víctimas para que sacaran créditos en entidades financieras, los cuales se quedaban los imputados y les generaban costosas deudas a los solicitantes; al tiempo que también obtenían dinero a través del uso de las tarjetas de débito y/o crédito de los “fieles” –de las cuales tenían adicionales a su nombre o de allegados-. En algunos casos la sumisión psíquica fue tal, que algunas de los damnificados les entregaron sus viviendas.

Profundización de la vulnerabilidad, control y aislamiento

Las víctimas también eran sometidas a una serie de mecanismos dirigidos a profundizar su situación de vulnerabilidad: se las forzaba a dormir pocas horas -con el argumento de que debían ir al Templo a orar en las madrugadas-, a hacer ayunos o comer solo una o dos veces al día, al tiempo que eran amenazadas y manipuladas mediante presuntas citas bíblicas.

Asimismo, el fiscal señaló que con el fin de “controlar con mayor facilidad su libertad de autodeterminación y sus movimientos diarios, aislarlos de sus familias”, los imputados convencían a sus víctimas –las que eran oriundas de Mar del Plata y las que vivían en las localidades cercanas- para que se mudaran en cercanías del “Templo”, bajo el pretexto de “tomar lugares estratégicos para cuidar la casa apostólica”. Incluso, Hurtado llegó a alojar hasta cinco víctimas en su vivienda y en otras construcciones precarias, ubicadas detrás de la carpa, que estaban en pésimas condiciones de habitabilidad.

A criterio de la fiscalía, los imputados apostaban a desvincular a las víctimas de sus familiares, para así presentar a la “Iglesia” como su “nueva familia”, de modo que generaban un vínculo sentimental que les permitía profundizar la sumisión y explotación. De hecho, el acercamiento a la religión significó para las víctimas “comenzar un nueva vida” y la mayoría coincidió en que a Hurtado lo sentían su padre.

De todas formas, aunque la captación se daba con mensajes engañosos y augurios de un mejor futuro, una vez que las víctimas formaban parte del “Ministerio”, los imputados ejercían violencia física y amenazas. “Te maltrataban de la peor forma. Te llenaban de insultos y si podían también te golpeaban. Yo lo aceptaba pesando que estaba bien”, relató una de las víctimas en el marco de la causa. Las amenazas continuaron incluso luego de la detención de Hurtado, quien fue procesado por amenazar a las víctimas de forma telefónica desde su lugar de detención.

Estas circunstancias generaban un marcado grado de sumisión en las víctimas, que pedían permiso “bajo la cobertura de Dios”. Incluso, las acciones dominantes se justificaban no solo con citas bíblicas, sino también con un marcado simbolismo que posicionaba a Hurtado como “un ser superior”.

De esta manera, de acuerdo al requerimiento fiscal, se lesionó el bien jurídico protegido por la normativa que penaliza la trata de personas: “la libertad de las víctimas se halla en juego y afectada no sólo cuando se acreditan restricciones a su libertad ambulatoria, sino también cuando la capacidad para elegir qué actividad desarrollar y cómo desarrollarla se encuentra menoscabada”.

Abusos en nombre de Dios

La fiscalía tuvo por probado que Hurtado se valió de la situación de vulnerabilidad que padecían algunas de las mujeres y sacó provecho de la sujeción emocional, psíquica y espiritual que había logrado sobre ellas, para abusar sexualmente de, al menos, tres mujeres: una de ellas tenía 17 años y había sido abusada sexualmente en su infancia –circunstancia conocida por el imputado- y otra quedo embaraza producto de la violación y se acreditó la paternidad del imputado. Además, también habría intentado abusar de una cuarta mujer, pero su accionar se vio interrumpido.

Para el fiscal Czizik, Hurtado lograba su cometido partiendo de la dominación psíquica que imponía sobre las víctimas utilizando su condición de “Apóstol” y haciéndoles ver que “Dios le hablaba” y ordenaba esas “relaciones” sexuales. De hecho, les dijo que sus espermas estaban ungidos y por eso su descendencia era bendita; y con la intención de continuar con los abusos y evitar que las mujeres revelen lo sucedido, Hurtado recurría a amenazas respecto de sus hijos o familiares.

Acusación y reparación a las víctimas

En base a las pruebas colectadas durante la investigación, la fiscalía imputó a Hurtado y Padilla el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por el uso de engaño, fraude, violencia, amenaza y otros medios de intimidación y coerción, abuso de autoridad y de una situación de vulnerabilidad y concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de personas sobre las que se tuvo autoridad, por la cantidad de víctimas (37 en total), por ser ministro o autoridad de culto, por la consumación de la explotación y por haber sido las víctimas menores de edad en nueve casos.

Además, en el caso de Hurtado, concursará en forma real con el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado en perjuicio de tres mujeres, el que a su vez concurre realmente con abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa en perjuicio de una de las víctimas; todos ellos agravados por su carácter de ministro de culto.

Asimismo, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se mantengan las medidas cautelares impuestas sobre el espacio donde funcionaba el “Templo”, el dinero secuestrado en los allanamientos y embargado en las cuentas que los imputados tenían en el país y en el exterior, cinco automóviles y una moto, ello con el objeto de asegurar eventuales decomisos, que permitan la indemnización a las víctimas, en íntima consonancia con los compromisos internacionales asumidos por nuestro país.

En tal sentido, el fiscal Czizik sostuvo que los bienes “deberán ser destinados, en primer lugar, a la reparación económica de las víctimas, conforme indica el artículo 30 del Código Penal y fundamentalmente, porque, como ya lo ha establecido la Cámara Federal de Casación Penal “no es posible concebir un derecho penal moderno sin contemplar los derechos de las víctimas”. En tal sentido indicó que “no debe olvidarse que el accionar de los imputados generó daños irreparables no solo a nivel económico y psicológico de las personas, sino que rompió lazos en más de una veintena de familias, algunos de los cuales continúan hoy latentes”.